Resolución de 22 de mayo de 1992, de La Secretaria de estado de Educacion, por la que se dan instrucciones en materia de prestación de servicios esenciales en centros docentes públicos no universitarios.

MarginalBOE-A-1992-11985
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 417/1988, de 29 de abril (‹boletín Oficial del estado› del 5 de mayo), desarrollado luego por la orden de 25 de mayo de 1988 (‹boletín Oficial del estado› del 26), estableció normas para garantizar la prestación de servicios esenciales en centros docentes públicos no universitarios dependientes del Ministerio de educación y Ciencia. La aplicación de las normas citadas exige algunas concreciones que permitan cumplir su contenido.

En su virtud, está secretaría de estado, oídas las organizaciones sindicales convocantes de la huelga del próximo 28 de mayo, ha resuelto dictar las siguientes instrucciones:

Primera. La prestación de servicios mínimos esenciales en los centros docentes públicos no universitarios dependientes del Ministerio de educación y Ciencia, en el supuesto de situaciones de huelga que afecten a su normal Funcionamiento, se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 417/1988, de 29 de abril (‹boletín Oficial del estado› de 5 de mayo), y en la orden de 25 de mayo de 1988 (‹boletín Oficial del estado› del 26) dictada en desarrolló de aquél.

Segunda. Los centros docentes permanecerán abiertos durante la situación de huelga. A tales efectos, y con objeto de hacer efectivo el cumplimiento de lo dispuesto en las normas citadas, se adoptarán, entre otras, las medidas siguientes:

1. El Director...

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