ORDEN ECD/3509/2003, de 15 de diciembre, por la que se establecen los currículos (opción confesional católica) correspondientes a la Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y de las enseñanzas de Religión Católica en la Educación Infantil.

Fecha de Entrada en Vigor18 de Diciembre de 2003
MarginalBOE-A-2003-23108
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

ORDEN ECD/3509/2003, de 15 de diciembre, por la que se establecen los currículos (opción confesional católica) correspondientes a la Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y de las enseñanzas de Religión Católica en la Educación Infantil.

Los Reales Decretos 830/2003, de 27 de junio (B.O.E. de 2 de julio), por el que se establecen las enseñanzas comunes de la Educación Primaria, 831/2003, de 27 de junio (B.O.E. de 3 de julio), por el que se establece la ordenación general y las enseñanzas comunes de la Educación Secundaria Obligatoria, y 832/2003, de 27 de junio (B.O.E. de 4 de julio), por el que se establece la ordenación general y las enseñanzas comunes del Bachillerato, prevén, en su respectiva disposición adicional primera que el área o asignatura de Sociedad,

Cultura y Religión, incluida en los currículos establecidos en dichas normas básicas, comprenderá, junto a la opción de carácter no confesional, otra de carácter confesional, acorde con la confesión por la que opten los padres o, en su caso, los alumnos, entre aquellas respecto de cuya enseñanza el Estado tenga suscritos acuerdos.

Por otra parte, la disposición adicional primera del Real Decreto 829/2003, de 27 de junio (B.O.E. de 1 de julio), por el que se establecen las enseñanzas comunes de la Educación Infantil, ha determinado que el currículo de la Educación Infantil incluirá enseñanzas de religión para los alumnos cuyos padres lo soliciten.

En las citadas disposiciones se establece que la determinación de los currículos de las opciones confesionales será competencia de las correspondientes autoridades religiosas.

En su virtud, y de conformidad con el Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, a propuesta de la Conferencia Episcopal Española, dispongo:

Primero.--Los currículos de Sociedad, Cultura y Religión (Opción Confesional Católica), para la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato son los que se incluyen, respectivamente, en los Anexos I, II y III de la presente Orden.

Segundo.--El currículo de Religión Católica para la Educación Infantil es el que se establece en el anexo IV de esta Orden.

Tercero.--Corresponde a las Administraciones Educativas adoptar las medidas precisas, en el ámbito de sus competencias, para que los currículos de Sociedad, Cultura y Religión (Opción Confesional Católica) para la Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y el de Religión Católica para la Educación Infantil, se impartan en los términos en que se establecen por la presente Orden.

Cuarto.--La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Madrid, 15 de diciembre de 2003.

DEL CASTILLO VERA

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación y Universidades.

ANEXO I

EDUCACIÓN PRIMARIA

Sociedad, Cultura y Religión. Opción Confesional Católica

Introducción

La Ley Orgánica de Calidad de la Educación, 10/2002 de 23 de diciembre, establece el derecho del alumno a recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de la personalidad. A su vez, la ley confiere a la enseñanza de las religiones el tratamiento académico que les corresponde por su importancia para una educación plena, y lo hace conforme a lo previsto en la Constitución española (art. 27.2 y 3), y en los Acuerdos suscritos al respecto por el Estado español.

La ley así corrobora la relevancia del fenómeno religioso y de sus manifestaciones en la cultura de los pueblos, teniendo en cuenta que los padres tienen derecho a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones (art.

27.3 de la Constitución española). Todo ello se concreta en la creación del área de Sociedad, Cultura y Religión con dos opciones de desarrollo: una confesional y otra no confesional. En este marco, la enseñanza de la religión y moral católica se presenta como opción confesional católica que hace posible, junto a otras opciones, la formación plena del alumno.

La enseñanza religiosa contribuye a la calidad de la educación que preconiza la LOCE desde la propuesta y desarrollo de unos conocimientos, valores y actitudes que conforman su propio currículo. La opción confesional católica lo hace desarrollando especialmente la capacidad trascendente del alumno, facilitándole una propuesta de sentido último para su vida e iluminando el fundamento de aquellos valores comunes que hacen posible una convivencia libre, pacífica y solidaria.

No podría existir una formación integral y, por tanto, una educación de calidad, si no se desarrollasen todas las capacidades inherentes al ser humano, entre las cuales se encuentra constitutivamente la capacidad transcedente. Esta capacidad básica del individuo, adquiere su auténtico cumplimiento en la búsqueda del sentido último de la vida. Enraizada en lo más profundo del ser, el alumno va descubriéndola --teniendo en cuenta los niveles de aprendizaje propios de cada edad-- en los símbolos y signos de su entorno, en el progreso y humanización del propio ser humano, en el lenguaje narrativo de la Biblia, en los modelos cristianos de identificación y, particularmente, en la persona de Jesucristo y su presencia en la comunidad cristiana.

La formación religiosa y moral católica cuenta con una larga tradición en el sistema educativo español y, respondiendo a razones profundas de la institución escolar y a derechos humanos reconocidos por la Constitución española, está garantizada actualmente por el Acuerdo suscrito entre el Estado español y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, firmado el 3 de enero de 1979, en el cual se establecen los principios que hacen posible las garantías constitucionales.

Atendiendo a las competencias establecidas en el citado Acuerdo internacional y reconocidas en la Disposición Adicional Segunda de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de Diciembre, de Calidad de la Educación, corresponde a la Conferencia Episcopal Española fijar el currículo de la opción confesional católica.

El currículo de la opción confesional católica es una síntesis básica y global del mensaje cristiano, adecuada a la edad del alumno, a las exigencias epistemológicas de la materia, a las expresiones culturales del entorno y a las demandas didácticas del sistema educativo. Junto con las otras opciones del área de Sociedad, Cultura y Religión, se enmarca en un contexto histórico y social, incluye parte del gran acervo cultural y artístico que emana de la fe católica y de otras confesiones, y posibilita el análisis comparado de los contenidos y líneas básicas de las grandes religiones vigentes.

El área de Sociedad, Cultura y Religión contempla el fenómeno religioso en sus distintas dimensiones. La opción confesional católica aporta su propia perspectiva de las mismas:

La dimensión cultural e histórica está presente en la enseñanza religiosa, dado que el patrimonio cultural, histórico y antropológico-axiológico que gran parte de las sociedades reciben del pasado está vertebrado por contenidos religiosos. En este sentido, la Religión católica ha dado sus frutos en el arte, en los sistemas de significación moral, en la creación popular y en la acción social. Por ello, el currículo de la opción confesional católica enseña la incidencia que el cristianismo --en sus contenidos doctrinales y sus formas históricas-- ha tenido y tiene en la cultura española y europea.

La dimensión humanizadora de la opción confesional católica constituye una aportación eficaz en la maduración de la personalidad integral del alumno, enraizando los mismos objetivos del sistema educativo en un núcleo referencial de ideas, valores y creencias que permiten al alumno dar respuesta a sus interrogantes más radicales, haciendo a su vez posible la formación de hombres y mujeres conscientes, críticos, libres y creadores. La formación religiosa católica aporta de esta manera una cosmovisión que hace posible la apertura hacia el fundamento y el sentido último de la vida y, por tanto, al sentido de la ciencia, de la cultura y de la identidad misma de la persona humana. Se trata de afrontar las grandes preguntas que el alumno se plantea y ayudarle a encontrar las respuestas que podrá asumir como opción libre y personal. Es finalidad de la escuela que los alumnos logren su desarrollo personal; lo que no es posible sin una conveniente fundamentación y orientación hacia un significado último y global de la existencia.

La dimensión ético-moral explicita las exigencias morales que conlleva el mensaje cristiano. En la opción confesional católica se ofrece una determinada manera de ver la vida, en cuya base se encuentra un concepto de hombre, un núcleo referencial de ideas y creencias, y la propuesta de una escala de principios y valores.

La enseñanza religiosa católica expone, fundamenta y jerarquiza los valores y virtudes capaces de educar la dimensión moral y social de la personalidad del alumno, en orden a hacer posible la maduración en la responsabilidad, el ejercicio de la solidaridad y de la caridad.

Todo ello, como expresión coherente del conocimiento de Dios revelado en Jesucristo.

La opción confesional católica se presenta en el ámbito escolar, en su estructura epistemológica o disciplinar, con el carácter científico con el que, en la cultura universitaria, se abordan las ciencias de la religión y la teología. Sus contenidos son saberes con una fundamentación y una metodología científica propia, implantados con rigor y tradición en los Estados de nuestro entorno cultural. Su estatuto epistemológico original entra en el ámbito educativo en confrontación y diálogo con aquellos otros tipos de saberes y racionalidad que...

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