Real Decreto 3297/1978, de 22 de diciembre, por el que se rectifica el artículo segundo del Real Decreto 376/1978, de 10 de febrero, acordando la enajenación directa de la parcela número 9 del polígono 10, sita en el término municipal de Mequinenza (Zaragoza).

MarginalBOE-A-1979-2934
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
o.
ael
E.-Núm.
27
31 enero 1979
2527
DISPONGO,
JUAN
CARLOS
El
Ministro
de
Hacienda.
FRANCISCO
FERN~DEZ
ORPOf;¡EZ
2933
REAL
DECRETO
S296/1978.
de
22:
de
diciembre,
por
el
que
se
acuerda
la
enajenación
directa
de
una
finca
rústica
••
ita
en
termino
municipal
de
Villa-
marchante,
Barranco
de
Oma
.rValenckL),
en
favor
de
su
ocupante.
Doña
Josefa,
dalia
Asunción.
doña
Amparo
Betorel
Mira;)es
y
los
herederos
de
doña
Inocencia
Betaret
MiraBes
han
inte-
resado
la
adquisición
directa
de
una
finca
rústica
sita
en
el
término
municipal
de
Villa.marchante
(Valencia).
Barranco
de
oms.
propiedad
cel
Estado,
de
la
que
el
solicitante
es
OCUF·n-
te
de-.
buena
fe.
Dicha
rUlCa
ha
sido
tasada
en
la
cantidad
d~
noventa
y
nueve
mil
ciento
veinte
pesetas
por
los
Servi-
CIOS
Técnicos·
del
Ministprio
de
Hacíenda.
La ci'1'cunstancia
expuesta
JUstifica
hacer
uso
de
la
autoriza-
ci6n
concedida
por
el
articulo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
sesenta
ycuatrQ. ,
En
su
virtud.
a
Propuesta.
del
Ministro
de
Hacienda
y
pre-
Via
deliberación
del
Cocsejo
de
Ministros,
en
su
reur.ién
del
dta
veintidós
de
diciembre
de
Illil·
novecientos
setenta
y
ocho,
DISPONGO,
Articulo
primero.-De
oonformidad
con
lo
dispuesto
en
el
Mticulo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
E.5tado
de
quince
de
abril
de.mil
novecientos
sesenta
y
cuatro
se
acuer~
da
la
ena]enacióL
directa
a
favor
de
dada
Josefa.
doña
Asun-
ción,
doña
Amparo
Betoret
MiraBes
ylos
herederos
de
doña
Inocencia
Betoret
MiralJes.
con
domicilio
en
Manises
(Valen·
da).
de
la
f'mca
propiedad
del
Estado
que
a
continuación
se
dascrlbe,
_
Rustica
en
término
municipal
de
V11lamarchante
(Valencia)
BalTanco
de
Oms,cor.
una
superficie
de
0,8260
hectareas,
y
los
linderos
siguientes:
Norte.
Municipio;
Sur
yEste.
senda:
Oeste,
Asensio
V1dal Cer-vera.· .
1n&crita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
.
Uria
al
tomo
cuarenta
y
siete,
folio
ciento
setenta
y
uno,
finca
seis
mil dos-
cientos
cincuenta
yseis.
inscripción
primera,
.ArticUlo
segundo.-El
precio
total
de
dicha
enajenación
es
el
de
noventa
ynueVe
mil
ciento
veinte
pesetas.
las
cuales
deberán
ser
ingresadas
en
ttl
Tesoro
por
el
adquiren
te
er.
el
plazo
de
quince
dias
a
partir
de
la
notificación
de
la
adjudica-
ci6n
por
'la
Delegación
de
Hacienda
de
Valencia.
siendo.
tam·
bién,
de
cuenta
del
L'"lterasado
todos
loa
gastos
originados
en
la
tramitacJ6n
del
expediMte
y
}os
que
se
caU6eL
en
cumplí-
miento
del
presente
Real
Decreto.
Articulo
tercero.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda,
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado
se
lleva·
rán
a
cabo
-los
trámites
oonducentes
a
la
efectividad
de cuan-to
se
dispone
en
el
-presente
Real
Decreto
.
,
Dado,n
Madrid
a
veintidós
de
diciembre
de
mil
novecier~
tos
setenta
yocho,
JUAN
CARWS
32
uperficle a
segregar
de
otro
de
mayor
cabida,
sito
en
el
.no
término
municipal.
al
paraje
denom1llado
de
La_
Vir-
1,
que
linda:
al
Norte,
con
paseo
de
-la
'Ermita;
al
Sur.
ratera
de
Almadén; ,al
Oes~_
antiguo
cementerio yfinca
la
que
se
segregará,
y
al
Este,
carretera
local
de
Corra.l
:;aracueL .
Figura
inscrita
la
finca
_
matriz
en
el
Registro
de
]a
P1:o-
:iad al folio
ciento
nueve, tomo mil
ciento
treinta
yseis,
:8
"'ft'liftnero
tres
mil cuatrocientos
cuarenta
y
cuatro,
lnscrip,"
'.
primera.
El
inmueble
donado
Se
destinará
a
la
constJrucción
de
una
a
cuartel
para
la
Guardia
CiviL
Articulo
segundo.-El
inmueble
mencionado
deberA
lnoor-
'arse
al
Inventarlo
General
de
Bienes
del
Estado,
una
vez
crito
a
su
nombre
er.
el
Registro
de
la
Propfedad,
para
ulterior
afectación
por
el
Ministerio
de
Hacienda
al
del
erior
para
los.
servicios
de.
casa
cuartel
para
la
Guardia
-il
dependientes
de
_
este
último
Departamento.
La
finalidad
la
donación
habrá
de
cumplirse
de
conformidad
co~
lo,
dls-
38to
en
la
vi~nte
legislación
de
Régimen
Local. '
MUculo
tercero.-Por
el
Mir.isterio
de
Hadenda,a
través
de
,Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado-.
se
lleVarán
cabo
los
trámites
nect'sarios
para
la
efectividad
de
cuanto
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
,.
.Dado
en
Madrid
a
veintidós
d~
diciembre
de
mil
novecientos
rnta
y
ocho.
...
El
Ministro
de
Hacit.'nda.
~NCISCO
FERNANDEZ ORDONEZ
REAL DECRETO
329511978,
de 22
de
diciembre,
por
el
que
se·
acuerda
la
enajenación
directa
de
una
finca
urbana.
sita en
término
munictpal
de
El
Viso
del
Alcor
(Sevilla),
calle
Queipo
de
Llano.
núme~
ro
213, en
favor
de su
ocupante.
i
Don
Josll
Jiménez
Huertas
ha~
interesado
la
adquisición
di-
¡
ta
de
una
fir.ca
urbana
sita
eh
término
municipal
de
El
, o
del
Alcor
(sevilla),
calle
Queipo
de
-
Llano
número
doB-
mtos
trece
propiedad
del
&Stado.
de
la
que
el
solicitante
es
upante
de
buena
fe
Dicha
finca
ha
sido
tasada
en
la
can-
Jad
de
sesenta
y
cinco
mil
seiscientas
pesetas
por
los
Servi-
)5
Técnicos
del
Ministerio
de
Hacienda.
La
circunstancia
expuesta
justifica
hacer
USo
00
la
autoriza.-
5n
cor~cedida
por
el
artículo
sesenta
y
tres
de
la
Ley.
del
Pa~
.
monio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mil
novectentos
se-
nta
y
cuatro.
En
.su
virtud,
a
propu.esta
del
Ministro
de
Hacienda
y
pre-
\.
deliberación
del
Consejo
de
Ministros.
en
su
reunión
del
veintidós
de
diciembre
de
mil
novecientos
setenta
y
ocho,
Artículo
primero.-De
cor~formidad
con
lo.
dispuesto
en
el
iculo
sesenta
ytres
de
la
Ley
del
PatrimoniO
del
Estado
qumce
de
abril
de
mil
novecientos
sesenta
y
ouatro
se
erda
la
enajenación
directa
a
favor
ae
don
José
Jiménez
ertas.
oon
domicilio
en
El
Viso
del
Alcor
'(Sevilla),
calle
eipo
de
LLano.
número
doscientos
trece.
de
la
finca,
pro-
ad
del
,Estado.
que
a
continuaeiÓL
se
describe:
Urbana
en
término
municipal
de
El
Viso
del
Alcor
(Sevi-
)
calle
Queipo
de
Llano
número
doscientostreee.
con
una
perficie
de
ciento
treinta
y-
seis
metros
cuadradOs
y
los
lin-
os
siguientes:
Derecha!,
número
doscientos
quince
de
la
calle
ueipo
de
Llano;
Izquieraa.
Lúmero
doscientos
once'
de
la
mis~
~
calle:
Fondo
calle
Peral.
.
Inscrita
en
el'
Registro.
de
la
Propiedad'
de
Alcalá.
de
Cua-
. a
al
tomo
cuatrocientos
ck1euenta-A.
libro
sesenta
y
ou.a--
.folio
ciento
'Sesenta.
finca
dos
mn
doscientos-
setenta.
ydos,
tscripci6n
primera.
Artículo
segundo.-El
precio
total
de
dicha
enajenación
es
de
seser~ta
y
cinco
mn
seiscienta6
pesetas.
las
ouales
de-
~rán
ser
ingresadas
en
el
Tesoro
~
el
adquirente
en
el
pIa-
)
de
quince
dfas
a
partir
de
la
notificación
de
la
adjudicaci6n
::>r
la'
Delegación
de
Hacienda
de
Sevilla,
.
siendo
también.
de
J.enta
del
interesado
todos
los
gaatas
originados
en
la
tram1~
lCión
del
expediente
ylos
que
se
causen
en
cumplimiento
del
resente
Real
Decroeto.
Artículo
tercerg.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda,
a
través
de
~
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado
se
llevarán
a
!-bo los
trámites
conducent~
a
la
efectividad
de
cuanto
se
ispone
en.
el
preSente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a
veintidós
de
diciembre
de
mil
novecientos
et8nta
y
ocho.
-
JUAN
CARLÓS
2934-
REAL
DECRETO
329711978.
de
22
de
diciembre.
por
el
que
se
rectifica
el
articulo
segundo
del
Real
De-
creto
316/1978,
de
10
de
febrero.
acordando
la
ena-
jenación
directa
de
la parcel.a
número
9
del
polí-
gono
10,
.ita
en
el
término
municipal
de
Mequi-
nenza
(Zaragoza).
Por
Real
Decreto
número
trescientos
sretenta y
seis(mil
novectentos
setenta
y
ocho.'
de
diez
de
febrero,
se
acordó
la
enajenación
directa
de
la
parcela
número
nueve
del
polígono
nlímero
diez,
sita
en
el
término
municipal
de
Mequinenza
(Za-
ragoza),
habiéndose
padecido
error
de
transcripción
en
el
ar·
Uculo
segundo
del
mismo.
al.
consignar
oomo
precio
la
cantidad
de
dento
Doventa
y
siete
mil
setecientas
cincuenta
pesetas
.
En
su
virtud.
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
pre-
vta
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
veintid.ós
de
didemb~
de
mil
novecientos
setenta
y
ocho,
DISPONGO,
_
ArtIculo
dDlco.-S.
rectlftca
el
articulo
óegundo
del
Real
Decreto
número
trescientos
aeteota
y
seis/mil
novecientos
se~
tenía
y
ocho,
de
diez
de
febr~,
que
quedará
redactado
asi:
El
precio
total
c:le
dicha'
enajenación
es
el
de
trescientas
cincuenta
y
cuatro
mil
cjento,
ochenta
y
siete
pesetas,
las
cuales
deberé.n
ser
ingresadas
en
el
Tesoro
por
el
adquirente
en
el
plazo
de
quince
días,
a
partir
de
la
notificación
de
la
ad·
ludicación
por
la
Delegación.
de
Hacienda
de
Zaragoza,
siendo
también
d~
cuenta
del
interesado
todos
los
gastos
origina-
dos
en
la
tramitación
del
expediente
y
los
que
se
causen
en
OUiDlJ,>limiento
del
presente.
ReeJ.
Dacreto.
Dado
en
Madrid
a
veintidós
de
diciembre
de
mil
novecientos
eetenta
JO
ocho.
JUAN
CARLOS
El
Minfstro
de
Hacienda,
RANCISCO FERNANDEZ ORDO:l'lEZ
El
MinIstro
de
Hacienda,
FRANCISCO FERNANDEZ OROO:l'lEZ

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