Orden PRE/2622/2007, de 7 de septiembre, por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación.

Fecha de Entrada en Vigor14 de Septiembre de 2007
MarginalBOE-A-2007-16261
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

El artículo 63 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, establece que las pruebas de los procesos selectivos también servirán para acreditar las aptitudes psicofísicas necesarias para cursar los respectivos planes de estudios. Asimismo, el artículo 101 de la citada norma, incluye en el expediente de aptitud psicofísica del militar los resultados de los reconocimientos médicos y de las pruebas psicológicas y físicas.

El artículo 5.6 del Real Decreto 1735/2000, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas, determina que las pruebas para acreditar las aptitudes psicofísicas necesarias para cursar los respectivos planes de estudios, se ajustarán a cuadros de condiciones y exclusiones de aplicación general a los centros de enseñanza militar en todos los procesos selectivos.

Los cuadros médicos que establecen los parámetros biológicos, así como las enfermedades y causas generales que son motivo de exclusión para acceder a la enseñanza militar de formación para incorporarse a las Fuerzas Armadas, se encuentran distribuidos en un amplio abanico de disposiciones, resultando, en ocasiones, idénticos para distintos procesos formativos. Esta dispersión dificulta obtener una visión de conjunto, entorpece el trabajo de los tribunales médicos y complica notablemente la gestión, especialmente cuando es preciso efectuar alguna modificación de carácter general.

Por consiguiente, por razones de simplificación normativa, eficacia y funcionalidad, se ha reunido en una única disposición todo lo referente a los cuadros médicos de exclusión para acceder a los centros de formación para incorporarse a las Fuerzas Armadas, en la que se ha eliminado la disartria o tartamudez manifiesta como causa de exclusión general, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de octubre de 2005, no obstante se mantiene para determinados puestos, como es el caso del personal con responsabilidad en vuelo.

En su virtud, y de acuerdo con las facultades conferidas en la Disposición final primera del Real Decreto 1735/2000, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción de las Fuerzas Armadas, a propuesta del Ministro de Defensa y del Ministro del Interior, dispongo:

[precepto]Primero.

Se aprueba el Cuadro Médico de Exclusiones del anexo para la determinación y evaluación de las condiciones psicofísicas -reconocimientos médicos- exigibles en los procesos selectivos de acceso a la enseñanza militar de formación para adquirir la condición de militar de carrera, militar de complemento o militar profesional de tropa y marinería, y para incorporarse a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.

[precepto]Segundo.

En los procesos selectivos de acceso a la enseñanza militar de formación por promoción interna y cambio de Cuerpo no será de aplicación la talla inferior de 160 cm, del punto 1 «Talla», del apartado A «Parámetros biológicos, enfermedades y causas generales», del cuadro médico de exclusiones del anexo.

[precepto]Tercero.

  1. A los aspirantes que opten a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil les será de aplicación el cuadro médico de exclusiones del anexo, con las singularidades que se establecen, en su caso, en los apartados correspondientes al Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra.

  2. A los aspirantes que opten a la especialidad de Mando y Control del Cuerpo General del Ejército del Aire, así como a la especialidad de Mantenimiento de Aeronaves del Cuerpo de Especialistas del Ejército de Tierra, se les aplicará, además, el cuadro médico de exclusiones establecido para este personal en la Orden Ministerial 74/1992, de 14 de octubre, por la que se aprueban las normas para la valoración psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas con responsabilidad de vuelo.

  3. A los aspirantes por promoción interna a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire les será de aplicación el cuadro médico de exclusiones del anexo, con las singularidades que se establecen, en su caso, en los apartados correspondientes al Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra.

Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera

El cuadro médico de exclusiones que se aprueba será de aplicación en los procedimientos de pérdida de la condición de alumno a causa de las condiciones psicofísicas.

Disposición adicional segunda

En los procesos selectivos de ingreso en los centros docentes militares de formación que capacitan para adquirir la condición de militar de complemento será de aplicación el cuadro médico de exclusiones del anexo con las singularidades que se establecen, en su caso, en los apartados correspondientes a los Cuerpos y Escalas a los que van a quedar adscritos.

Disposición adicional tercera

En los procesos de selección de acceso a la enseñanza militar de formación para adquirir la condición de reservista voluntario, el cuadro médico de exclusiones será el que se establezca en la correspondiente convocatoria, teniendo en cuenta que la disartria o tartamudez manifiesta no será causa de exclusión.

Disposiciones Derogatorias
Disposición derogatoria primera
  1. Queda derogado el apéndice C, «Cuadro médico de exclusiones», del anexo de las siguientes disposiciones:

    Orden 162/2001, de 27 de julio, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos de acceso a las enseñanzas de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales y a la Escala de Suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares.

    Orden 164/2001, de 27 de julio, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos de acceso a las enseñanzas de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo Jurídico Militar.

    Orden 166/2001, de 27 de julio, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos de acceso a las enseñanzas de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo Militar de Intervención.

    Orden 280/2001, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos de acceso a las enseñanzas de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales y Escala Técnica de Oficiales de los Cuerpos de Ingenieros de los Ejércitos.

    Orden DEF/423/2002, de 19 de febrero, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos de acceso a las enseñanzas de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales de los Cuerpos de Intendencia de los Ejércitos, cuando se exija titulación previa.

    Orden PRE/387/2002, de 20 de febrero, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos de acceso directo a las enseñanzas de formación para la incorporación a las Escalas Superiores de Oficiales y a las Escalas de Oficiales de las Fuerzas Armadas, cuando no se exija titulación previa, y a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil, modificada por la Orden PRE/2443/2005, de 20 de octubre.

    Orden DEF/3407/2003, de 27 de noviembre, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos de acceso a las enseñanzas de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales y a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad.

  2. Queda derogado el apéndice B, «Cuadro médico de exclusiones», del anexo de las siguientes disposiciones:

    Orden 163/2001, de 27 de julio, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos de acceso a las enseñanzas de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales de los Cuerpos Generales de los Ejércitos, de Infantería de Marina y de los Cuerpos de Especialistas de los Ejércitos.

    Orden DEF/603/2002, de 7 de marzo, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos de acceso por promoción interna a las enseñanzas de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales de los Cuerpos Generales de los Ejércitos, de Infantería de Marina y de los Cuerpos de Especialistas de los Ejércitos.

  3. Queda derogado el apéndice A, «Cuadro médico de exclusiones», del anexo de la siguiente disposición: Orden 73/2002, de 19 de abril, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos selectivos de acceso por promoción interna a las enseñanzas de formación para la incorporación a las Escalas Superiores de Oficiales de los Cuerpos Generales de los Ejércitos y de Infantería de Marina.

  4. Queda derogada la Orden DEF/638/2005, de 14 de marzo, por la que se establece nuevo parámetro biológico en las normas por las que han de regirse los procesos selectivos por promoción interna y cambio de Cuerpo para el acceso a las enseñanzas de formación para la incorporación a los diferentes Cuerpos Específicos de los Ejércitos y Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.

  5. Toda referencia a los apéndices derogados en los puntos anteriores, se entenderá que se refiere al anexo que aprueba esta Orden.

Disposición derogatoria segunda

Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo dispuesto en esta Orden.

Disposiciones Finales
Disposición final primera

Se autoriza al Subsecretario de Defensa, conjuntamente con el Secretario de Estado de Seguridad, en lo que respecta...

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