REAL DECRETO 574/2000, de 5 de mayo, por el que se crean determinados órganos directivos en los Ministerios de Hacienda, de Educación, Cultura y Deporte, de Economía, y de Ciencia y Tecnología.
Marginal | BOE-A-2000-8378 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Administraciones Publicas |
Rango de Ley | Real Decreto |
El Real Decreto 557/2000, de 27 de abril, de reestructuración de Departamentos ministeriales, con el fin de impulsar la acción del Gobierno, facilitar el desarrollo de su programa político y dotar de la mayor eficacia a la Administración General del Estado, ha reformado la estructura ministerial, creando los Ministerios de Hacienda, de Educación, Cultura y Deporte, de Economía, y de Ciencia y Tecnología.
Con el objeto de que se pueda proceder con carácter inmediato al nombramiento de los titulares de determinados órganos directivos de los Ministerios de nueva creación, a la espera de la disposición que haya de regular su estructura orgánica básica, se ha considerado oportuno proceder a la creación de dichos órganos directivos, de conformidad con lo previsto en el apartado 1 del artículo 10 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
En su virtud, a iniciativa de los Ministros de Hacienda, de Educación, Cultura y Deporte, de Economía, y de Ciencia y Tecnología, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de mayo de 2000,
DISPONGO:
Se crean las siguientes Subsecretarías, dependientes del titular del correspondiente Ministerio:
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Subsecretaría de Hacienda.
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Subsecretaría de Educación, Cultura y Deporte.
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Subsecretaría de Economía.
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Subsecretaría de Ciencia y Tecnología.
Dependiendo de la respectiva Subsecretaría, existirá una Secretaría General Técnica en los Ministerios de Hacienda, de Educación, Cultura y Deporte, de Economía, y de Ciencia y Tecnología.
Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:
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La Subsecretaría de Economía y Hacienda.
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La Subsecretaría de Educación y Cultura.
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La Subsecretaría de Industria y Energía.
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Las Secretarías Generales Técnicas de los Ministerios de Economía y Hacienda, de Educación y Cultura y de Industria y Energía.
El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'. Dado en Madrid a 5 de mayo de 2000.
Juan Carlos R.
El Ministro de Administraciones Públicas,
Jesús Posada Moreno