REAL DECRETO 574/2000, de 5 de mayo, por el que se crean determinados órganos directivos en los Ministerios de Hacienda, de Educación, Cultura y Deporte, de Economía, y de Ciencia y Tecnología.

MarginalBOE-A-2000-8378
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyReal Decreto

El Real Decreto 557/2000, de 27 de abril, de reestructuración de Departamentos ministeriales, con el fin de impulsar la acción del Gobierno, facilitar el desarrollo de su programa político y dotar de la mayor eficacia a la Administración General del Estado, ha reformado la estructura ministerial, creando los Ministerios de Hacienda, de Educación, Cultura y Deporte, de Economía, y de Ciencia y Tecnología.

Con el objeto de que se pueda proceder con carácter inmediato al nombramiento de los titulares de determinados órganos directivos de los Ministerios de nueva creación, a la espera de la disposición que haya de regular su estructura orgánica básica, se ha considerado oportuno proceder a la creación de dichos órganos directivos, de conformidad con lo previsto en el apartado 1 del artículo 10 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

En su virtud, a iniciativa de los Ministros de Hacienda, de Educación, Cultura y Deporte, de Economía, y de Ciencia y Tecnología, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de mayo de 2000,

DISPONGO:

Artículo 1 Creación de Subsecretarías.

Se crean las siguientes Subsecretarías, dependientes del titular del correspondiente Ministerio:

  1. Subsecretaría de Hacienda.

  2. Subsecretaría de Educación, Cultura y Deporte.

  3. Subsecretaría de Economía.

  4. Subsecretaría de Ciencia y Tecnología.

Artículo 2 Creación de Secretarías Generales Técnicas.

Dependiendo de la respectiva Subsecretaría, existirá una Secretaría General Técnica en los Ministerios de Hacienda, de Educación, Cultura y Deporte, de Economía, y de Ciencia y Tecnología.

Disposición adicional única Supresión de órganos.

Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:

  1. La Subsecretaría de Economía y Hacienda.

  2. La Subsecretaría de Educación y Cultura.

  3. La Subsecretaría de Industria y Energía.

  4. Las Secretarías Generales Técnicas de los Ministerios de Economía y Hacienda, de Educación y Cultura y de Industria y Energía.

Disposición final única Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'. Dado en Madrid a 5 de mayo de 2000.

Juan Carlos R.

El Ministro de Administraciones Públicas,

Jesús Posada Moreno

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR