ORDEN DE 26 DE JULIO DE 1994 sobre la Creacion y Uso de Ficheros de Datos de Caracter personal del Ministerio de Comercio y Turismo.

MarginalBOE-A-1994-17554
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyOrden

El artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992 sobre Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados de la Administración Pública sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el o diario oficial correspondiente, recogiendo a continuación cuáles son los datos que respecto de cada fichero deben enumerar estas normas. La disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 5/1992, citada, establece que, dentro del año siguiente a su entrada en vigor, las Administraciones Públicas responsables de ficheros de este carácter ya existentes, deberán adoptar una disposición reguladora de los mismos cuando carezcan de regulación o adaptar la que existiera.

Por otra parte, el Real Decreto-ley 20/1993, de 22 de diciembre, prorrogó por seis meses el plazo de un año a que se ha hecho referencia.

Por tanto, y de conformidad con la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal y el Real Decreto 221/1987, de 20 de febrero, y en uso de las atribuciones conferidas, dispongo:

Primero.-Los ficheros automatizados con datos de carácter personal del Ministerio de Comercio y Turismo y entidades dependientes del mismo, existentes a la entrada en vigor de la Ley Orgánica, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal, que se regulan por esta disposición, de conformidad con lo previsto en los artículos 7.5 y 18.1 de la citada Ley Orgánica, son los que a continuación se relacionan:

Número 1. Nóminas del Ministerio de Comercio y Turismo.

Número 2. Nóminas del personal destinado en las oficinas comerciales en el exterior del Ministerio de Comercio y Turismo.

Número 3. Nóminas del personal de la Secretaría General de Turismo del Ministerio de Comercio y Turismo.

Número 4. Nóminas del Instituto de Comercio Exterior (ICEX).

Número 5. Gestión de personal del Ministerio de Comercio y Turismo.

Número 6. Gestión de personal de la Secretaría General de Turismo del Ministerio de Comercio y Turismo.

Número 7. Gestión de personal del Instituto de Comercio Exterior (ICEX).

Número 8. Control de visitantes del Ministerio de Comercio y Turismo.

Número 9. Registro de Directores de establecimientos turísticos.

Número 10. Registro de becas de turismo.

Número 11. Alumnos de la Escuela Oficial de Turismo.

Número 12...

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