Real Decreto 1691/1980, de 30 de Junio, por el que se crea el Museo nacional de la Ciencia y la Tecnologia.

MarginalBOE-A-1980-18978
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyReal Decreto

Por orden de veintisiete de noviembre de mil novecientos setenta y nueve se constituyo un Patronato con la mision de orientar y dirigir los estudios y gestiones encaminados a la creacion del Museo Nacional de la ciencia y la tecnologia. Fruto de estas gestiones ha sido el contrato entre la Administracion del Estado y renfe, firmado el pasado veintinueve de abril, para la instalacion del museo en los terrenos, naves e instalaciones de la antigua estacion de delicias, de Madrid.

Resulta, pues, oportuno proceder a la configuracion legal del Museo Nacional de la ciencia y la tecnologia, estableciendo como Organo Rector del mismo al propio Patronato cuya actividad ha posibilitado la creacion de aquel.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Cultura y previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia treinta de junio de mil novecientos ochenta, dispongo:

Articulo primero Se crea el Museo Nacional de la ciencia y la tecnologia, dependiente del Ministerio de Cultura.
Articulo segundo De conformidad con lo dispuesto en el articulo segundo, apartado a), del Real Decreto dos mil novecientos cincuenta y ocho/mil novecientos setenta y ocho, de tres de noviembre, por el que se regula el Patronato nacional de museos, el Museo Nacional de la ciencia y la tecnologia quedara integrado en dicho Organismo Autonomo.
Articulo tercero uno

El Museo Nacional de la ciencia y la tecnologia estara regido por el Patronato creado por orden de veintisiete de noviembre de mil novecientos setenta y nueve.

Dos. Como Organo de trabajo de caracter general, y para las funciones inmediatas de gestion, funcionara bajo La Direccion del Patronato La Comision Ejecutiva a que hace referencia el apartado cuarto de la citada disposicion.

Disposicion final

Por El Ministerio de Cultura se dictaran las disposiciones necesarias para la ejecucion del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a treinta de junio de mil novecientos ochenta.- Juan Carlos R.- El Ministro de Cultura, Ricardo de la cierva y hoces.

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