Real Decreto 489/1985, de 2 de abril, por el que se crea el Gabinete tecnico del Tribunal supremo.

MarginalBOE-A-1985-5909
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto

El Tribunal Supremo, Organo jurisdiccional superior en todos los Ordenes, salvo lo dispuesto en materia de garantias constitucionales, ejerce sus funciones jurisdiccionales mediante las distintas salas de Justicia, en tanto que las gubernativas son desarrolladas por la Sala de Gobierno del propio alto Tribunal. De otra parte, las atribuciones que los articulos 584 y 585 de la Ley Organica provisional del Poder Judicial de 15 de septiembre de 1870 residencian en la presidencia del Tribunal Supremo, revisten en la actualidad una especial complejidad que aumentara notablemente a medida que se avence en la informatizacion de la Justicia y se potencien adecuadamente los servicios de documentacion e informacion.

Tales circunstancias demandan una constante asistencia tecnica que ponga a disposicion tanto de la presidencia como de las salas del Tribunal cuantos materiales legislativos, jurisprudenciales y aportaciones doctrinales, nacionales e internacionales, exige el adecuado desempeo de la alta mision que tiene asignada el Tribunal en todos los Ordenes.

Las razones expuestas justifican sobradamente la creacion de un Gabinete tecnicoen el Tribunal Supremo que, si por razones obvias de coordinacion, debe adscribirse a la presidencia, ha de prestar su apoyo y asistencia a todo el Tribunal.

En su virtud, a iniciativa del Consejo General del Poder Judicial, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia 2 de abril de 1985, dispongo:

Articulo 1 Se crea el Gabinete Tecnico del Tribunal Supremo, adscrito a la presidencia.
Art. 2 Corresponden al Gabinete Tecnico las siguientes funciones:
  1. organizacion y ordenacion del archivo general del Tribunal Supremo.

  2. asistir al Presidente del Tribunal Supremo en su funcion de coordinacion entre las diferentes salas.

  3. la produccion de las bases de datos sobre la jurisprudencia del Tribunal Supremo, de conformidad con las especificaciones tecnicas aprobadas por la legislacion vigente.

  4. la realizacion de los estudios e informes que se le encomienden por la presidencia del Tribunal Supremo o, con la aprobacion de esta, por alguna de sussalas.

  5. la asistencia a la presidencia en sus funciones de representacion y relacion con otras instituciones nacionales y extranjeras.

  6. proyectar y perfeccionar los programas de informatizacion de la gestion procesal en el Tribunal Supremo.

  7. las de informacion y cualesquiera otras funciones que le encomienden la presidencia del Tribunal Supremo, o con aprobacion de esta, cualquiera de sus salas.

Art. 3 La plantilla del Gabinete Tecnico estara integrada por un Magistrado deltribunal supremo, que ostentara su jefatura, un Magistrado, un Secretario de la administracioan de Justicia de la primera categoria, dos oficiales, cuatro auxiliares y un agente de la Administracion de Justicia.
Art. 4 La provision de las plazas del Gabinete Tecnico del Tribunal Supremo se hara con arreglo a las siguientes normas:

Primera.-el Magistrado del Tribunal Supremo, el Magistrado y El Secretario serannombrados y removidos a propuesta del Presidente del Tribunal Supremo y en los casos de cese quedaran adscritos, respectivamente, a una sala del alto Tribunal o a la audiencia territorial de Madrid hasta la obtencion de nuevo destino en propiedad.

Segunda.-las demas plazas se cubriran por concurso, de conformidad con la normativa vigente.

Disposicion transitoria

El personal adscrito en la actualidad a La Secretaria Tecnica de la presidencia del Tribunal Supremo quedara integrado en el Gabinete Tecnico que se crea en este Real Decreto hasta que sean cubiertas en propiedad las plazas de la plantilla que se establece en el mismo.

Dado en Palma de Mallorca a 2 de abril de 1985.-Juan Carlos R.-el Ministro de Justicia, fenando ledesma bartret.

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