Ley 202/1963, de 28 de diciembre, por la que se conceden varios créditos extraordinarios por un importe total de 8.355.000 pesetas al Ministerio de la Gobernación para satisfacer gastos de personal y material del Fondo Nacional de Asistencia Social, causados durante los ejercicios de 1961, 1962 y 1963.

MarginalBOE-A-1963-22678
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
B.
O.
del
E.-Num.
313
31
dicicmbre
1963
1823i
Artıculo
tercerO.-Ei
ımporte
a
que
asc!ende
el
creclito
ex-
traordinario
que
Se
concede
por
el
articUlo
primero,
se
cubrlriı.
en
la
forma
deterıninada
por
el
cuarenta.
y
uno
de
la
vlgente
Ley
de
Admln!stracl6ıı
y
Con,~.,ıııdad
de
la.
Haclenda
PUbllca.
Dada
en
el
Palacıo
de
El
Pardo
a
veintlocho
de
diciembre
de
mil
novee!entos
sesenta
y
tres.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
200'1963,
de
28
de
diciernbre,
por
la
qu~
~e
c(mcede
Iln
credito
extraordinario de
50.000.000
de
pesetas,
al
lrliııister!o
de
Haı:ienda.
como
subvencioll
al
SeTticio
de
C07,ıercto
Exterior
de
la
Industria Textil
Algodone·
ra
I
SECEA)
a
consecuenca
del
acııerdo
del
Conseio
de
Ministros
de
20
de
iu[io
de
1962.
La.
situaclon
actual
ael
comercio
del
a1godon
ha
iıııpuesto
la
preclsi6n
de
facllitar
medıos
econômlcos
al
Servicio
de
Comercio
Exterior
de
la
Industria
Algodonera
(SECEA)
a
fin
de
que
pueda
cumpll.r
eficientemente
ia
misiôn
que
tieııe
encomendada.
para
10
que
ha
de
dlsponel'
de
recursas
que
na
!ueran
preVisto.s
al
formular
105
vlgentes
Presupuestos
generales
del
Estado.
Eıı
su
vlrtud.
y
de
conformıC1aC1
con
la
propuesta
elaborada
por
Jas
Cortes
Espafiola~.
DISPONGO:
Articulo
prımero.-Se
concede
un
credito
extraordinarl0
de
cincuenta
millones
de
pesetas
a
la
secciôn
veintiUis
de
Obllga-
clones
de
105
Departamentos
mini5teriales,
«Mlnisterio
de
Ha-
cienda»;
capitUlo
cuatrocientos,
«Subvenclones,
aux1l1os
y
part1-
cipaciones
en
ingresosıı;
ıırticuio
cuatroclentos
dlez,
«A
favor
de
Organlsmos
autônomoı;
y
Entidades
y
Empresas
~(ıbllcas»:
servicıo
qUinientos
trelııta
y
una,
«~inisterio,
Subsecretarias
y
SerViclos
generales»;
concepto
buevo
qulnientos
trelnta y
ullo/cuatrocienlos
dJecisiete.
«Al
SerVicio
de
Comerc!o
Exterior
de
la
Industria
Textı1
A1godonera
(SECEAı,
como
consecuencia
del
acuerdo
del
Consejo
de
~inistros
de
veinte
de
julio
de
mil
novecientos
sesenta
y
dos».
Articulo
segundo.-EI
importe
a
que
asciende
el
mencionado
credilo
extraordinarlo
se
cubririı
en
la
forma
determ!nada
por
el
artıculo
cua.renta
y
uno
de
la.
v!gente
Ley
de
Adminlstrac16n
y
Con
ta
bili
dad
de
la
Hacienda
Pılbı!ca.
Dada
en
Palacio
de
EI
Pardo
a
veintiocho
de
diciembre
de
mil
novecientos
sesenta
y
tres.
FR.oI.NCISCQ
FRANCQ
LEY
201/1963.
de
28
de
diı:iembre,
por
la
que
se
concede
un
credito
eıtraordinario
de
4.000.000
de
ııesetas.
al
COII-
ıejo
Nacionaı,
Instituto
de
E,tuclios
Politico~
y
Secre·
taria
General
del
.'I!ovimir.nto,
para
satisjacer
los
yas-
tos
que
origine
la
reuni6n'
de
ex
combattentes
europeos
en
el
Valle
de
los
Caidos,
Por
acuerdo
del
Comıte
Internacional
de
la
Confederaci6n
Europea
de
Ex
Combatientes.
se
va
a
celebrar
en
el
mes
de
octubre
de!
preBente
ana
una
reuni6n
extraordinaria
que
tendrli
!ugar
en
el
Valle
de
los
Caidos.
r~uni6n
que,
por
el
gran
interes
que
suscita,
!f
ha
estlmado
conveniente
subvencionar
para
que
puedan
atemlerse
as!
en
parte
105
gasıos
que
se
ocas!onen.
En
su
virtud,
y
de
conformidad
con
la.
projluesta
elaborada
por
las
Cortes
Espaıiolas,
DISPONGO:
Articulc
pr1mero.-Se
concede
un
credlto
extraordinario
de
ruatro
millones
de
peseta.,
aplicado
al
Presupuesto
en
vigor
de
ia
Secc16ıı
cuatro
de
Obligaciones
senerales
del
Estado,
CCOU5e-
jn
Naclonal.
Instltuto
de
Estudlos
Politlco~
y
Secretaria
General
del
Movlmiento»:
cııpitulo
cuatrocıentos,
«Subvencıones.
a.uınJlos
l"
part1cipac!ones
en
lngresos»:
artictUo
cuatrocientos
dlez,
«A
ta
'ıor
de
Ofgaıı!smos
aulônomos
y
Entidad~~
y
Em!l!~se~
p!.\-
ollcas»:
servlc!o
cero
treinta y
dos,
«5ecretaria
General
del
,Iov!miento»:
concepto
cero
treiula y
do.s/.cuatrocientos
once,
subconcepto
adlcional.
con
dest1no
a
satısfacer
los
gastos
cıue
origlne
la
reun!on
de
ex
combatientes
europeos
en
el
Valle
de
los
Caidos,
credlto
por
un&.
sola
vez.
Artıcuıo
segundo.-EI
ıınporte
a
que
asc!ende
el
mencıonado
cred,co
extraordıııarıo
se
cubr!ra
en
la
torma
delermlnada
por
el
articulo
cuarenta
y
uııo
~e
la
vigente
Ley
de
Admlnistraci6n
y
Contabll!dad
de
ia
Hacıenda
püblica.
Dada
en
Paıacıo
de
El
Pardo
a
veintıocho
de
dic!embre
de
mil
novecıentos
sesenla
y
tres.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
202
1963,
de
2X
de
dıcıernöre,
por
la
que
iie
concederı
rar~o"
creditos
exırao7dınarios
por
un
im)Jorte
total
de
S.355.000
pe.etas,
al
MinHerio
de
la
Gobrrnacioıı,
para
satistacer
gastos
de
p~rsonal
y
materia.l
del
F071do
Nacioııaı
de
Asistencia
Sociai.
callsado.l
dııraııte
10.'
ejer.
c!os
de
1961.
1962
Y
1953.
Creado
por
Ley
numcro
cuarenta
)"
cinco.
de
veintiuno
de
jUlio
de
mi!
novecientos
seser.ta,
el
Fondo
Naciona!
de
Asi.stencia
Social.
con
la
finalidad
de
favorecer
ci
mejoram!emo
y
las
con·
diciones
de
vida
de
la
poblaciôn
espaİiola
por
media
de
dotacio-
nes
a Instituciane.
beneticas
y
asi.stenciales,
ha
si
do
necesario
desarrollar
una
labor
de
ambito
nacional
con
mectfo.s
personales
y
materiales,
cuyo
s05tenimiento
eXige
una
rapida
habilitaciön
de
recursos
extraordiııarios,
ya
que
por
mandata
de
la
propia
Ley
no
se
puede
detraer
suma
alguna
de!
Fonda
para
esta
clase
de
atenciones.
En
su
virtud,
y
de
confarmidad
con
la
propuesta
elaborada
por
las
Cortes
Espaiiolas.
DISPONGO;
Articulo
pr!mero.-Se
conceC1en
108
siguientes
credit05
ex-
traordinarios,
por
un
importe
total
de
ocho
milJones
trescient:ıs
cı:ıcuenta
y
cinco
mil
pesetas,
a;ı1icados
al
Presupuesto
en
vigor
de
la
Secci6n
dieci.sei.s
de
Obligacio:ıes
de
las
Departamentos
mi.
ni.steriales.
de
la
Gabemaciôn»;
servicio
trescientos
una,
«:lfinLlteıio.
Subsecretaria
y
Servicios
generales»,
con
de.·
tino
a
sati.sfacer
atenciones
del
Fondo
Na:ional
de
Asi.stel'.cia
Social
de
los
afı05
mil
ooveciento3
sesenı3.
y
uno.
mil
novecientos
sesenta
y
dos
y
mil
novecientos
sesema
y
tre.s,
)"
con
arreg!o
al
siguiente
detalle:
Al
capitulo
cien,
«PersonalD:
articulo
cieoto
vemte,
«QtrlS
remuneraeionesı>:
concepto
nuevo
trescientos
uno,'
ciento
veintiseıS,
sei.s
millones
sei,;cientas
treinta v
nueve
mil
pesetaı;,
de
lııs
que
C10scientas
quince
mil
quinienta.~:se
apllcar:i.Iı
al
pago
de
obllgaciones
de
lo.s
afıos
mil
novecient05
se.se.nta
y
una
y
mil
novecient05
sesenta
l'
d05,
y
seLI
millones
cuatrocientas
veiııtitres
mil
quinientas
pesetas,
para
otrlS
de
mil
oovecıentos
sesent;>,
y
tres.
Al
capitulo
doscientos,
«Material,
alquilcres
)'
en-
tretenimiento
de
localesıı;
articulo
doscientos
dlez,
«~iateri:ı.!
de
oficinas.
00
inveotariableıı:
concepto
nuevo
trescientos
uno.'
doscientos
doce,
un
mill6n
noventa
y
dos
mil
peset:ıs,
ee
cuyo
importe
corresponden
trescieutas
sesenta
mil
pesetas
para
aten-
ciones
de
mil
noveeieuto.s
sesenta
y
d05,
Y
setecientas
treiııta
y
daB
mil
para
mil
novecientos
sesenta
y
ıre
•.
Y
al
mismo
capitulo
d0.5cienıos:
artıculo
do.scient05
veinte,
«~aterial
de
oficill3S.
in-
ventariableıı:
concepto
nuevo
trescienı05
uno
IdOlicientos
veinti.
dôs,
sei.scientas
veinticuatro
mil
peseta.i.
por
UDa
sola
vez,
de
las
que
ochenta
y
cuatro
mil
corr,'5ponden
a
atenciones
de
mil
no·
vecientos
se;;enta
y
d05
l'
quinie~tas
cuarenta
mil
pesetas
amil
novecientos
sesenta
y
tres
Articulo
segundo.-EI
importe
LI.
,1ue
alicienden
105
mencioııa
dos
credıtos
extraordinarios
se
cubrira
eO
la
forma
deıermlnada
por
el
articUlo
cuarenta
y
una
de
la
vigenle
Ley
de
Ad.'!liıllstrıı
eian
y
8ontabilidad.
de
la
Hacienda
Pıiblica.
Dada
eıı
el
Palacio
de
El
Pardo
a
\"fi:ıt:ocho
de
dıciembre
de
mil
novecientos
sesenta
y
tres.
FRANCISCO
FR.4.NCO
LEY
203!
1963.
de
28
de
diciernbre,
por
la
que
se
conce~
un
c:redito
extraordinario
de
32.286.650
pesetas,
a
«Gastos
de
las
Contribuı:iones
11
de
dı!'fTsos
Mi/lhtcrios~,
co':
destino
a
satis/acer
el
irnporte
de
III
suscripei6n
de
58.7.:;
t)(:<.>
serie
A,
que
corre~n
al
Estado
en
la
ılltima
ampliaciOn
de
capital
d~
«Tabacalera,
S.
A.».
En
virtud
de
Orden
del
,,1ini,;terlo
de
Hacienda
de
ırei:ıta
de
mayo
de
mil
novecientos
sesenta
y
tres.
se
autoriZ6
a
«Tabaca-
lera,
S.
A.ıı.
para
amp!i:ır
su
Capilal
social,
me
la
em1siiıı:ı

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