Ley 107/1962, de 24 de diciembre, por la que se concede un suplemento de crédito de 4.701.430 pesetas al Ministerio del Aire para satisfacer asistencias hospitalarias del presente ejercicio causadas por personal dependiente de aquel Ejército.

MarginalBOE-A-1962-24412
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
-
..
18302
27 diciembre 1992
B.
O.
de!
E.-Num. 310
LEY
10511962,
de
24
de
dic!embre,
por
la
que
se
conce~
un
suplemento
de
credito
de
75.000.000
de
pesetas
a! Mf.
nisterio de
la
GObernaci6n,
con
destino
a!
pa.,o
de
CUD-
tas por
transporte
aı!reo
de la
crn-res)Jondencia.
El
incremento
que
ea
105
Ultimos
a:iio.s
ha.
experimentado
e!
servic10
aereo
de
correspondencia.ha
orlg1nado
que
la
c!ata-
c16n
coıııılgnada
en
e1
Presupuesto
en
vlgor
de!
M!nlstcrio
de
la
Gobemael6n para
e1
pago
de
euentas por
trıı.n.sporteıı
de
la
misma
presente
antes
de
terminar
el
ejereicla una
insuf!c!en-
elə.
que
es
necesario
atender
con
la
mıi.xiına
rapldez para
liqul-
dar
1as
obligaclones
asl
producidas
y cumpllr
al
mismo
tıempo
105
contratos y
Convenlos
tnternaclonales
concertados
para la
realiza.c16n
del
scrv!eio.
En
su
vırtud,
y
de
conformidad
con
la
propuesta elaborada
por
las
Cortes
Espaiiolııs,
DISPONQO:
ArtiCUlo
primero.-8e
eoncede
un suplemento
de
cred1to
de
setenta y
elneo
millones
de
pesetas
al
figurado·en
el
Presupuesto
en
vigor
de
la
secc!6n
dleclsels
de
Obli:;ac1ones
de
105
Depar-
tamentos
minlSteriales,
«Ministerio
de
la
Gobemaci6n»;
capltu.
10
tresclentos,
«Gastos
de
Ioı;
ServlclO5ıı;
articulo
trescient05
velnte,
«Adquisiciones
y
serviciôs
espec!ales.-8ubslstencias,
ho.s-
pitalidades,
traıısportes,
vesmario,
acuartelamiento y
ganadoıı;
servlc10
trescientos
diez.
«Jefatura Principal
de
Carreos
y
C:ı.ja.
Postıü
de
Ahorros»;
concepto
tresclentos
dlez-tresc!entos
vein-
titres, «Para
el
transporte
de
correo
aereo
a
eargo
de
Empresas
nacionales 0
extranjeriıi>,
tanto
en
eI
servlc10
fntcrior
como
en
el
internacional.
etc.ıı.
Articulo
segundo.-El
lmporte
a
que
asclende
el
menclonado
suplemento
de
credita
se
cubrir:i.
en
la
forma.
determinada por
el articulo
cuareııta
y UllO
de
la
vigente
Ley
de
AdmlnıStracl6n
y
Contabilidad
dp
la
Hacienda
publica.
Dada
en
el
Palaclo
de
EI
Pardo
a veinticuatro
de
dlc1embre
de
mil
novecientos
sesenta
y
dos.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
106/1962,
de
24
de
diciembre,
1)or
la
que
se
conctae
un
supleınento
de
creltita
de
1.008.700
1lesetas
Minis-
terlo de Trabaio
para.
dotar la
pÜl.nt!lla
deZ
Cuerpo
de
Inspectores
Tecnicos
Gmerales
Trabajo,
modfticada
por Ley de
21
de
iu/io
de
1952.
Modlficada
por
Ley
de
vclntluno
de
Jullo
de
mil
novecientos
se.senta
y
dos
la
planti11a
del
Cuerpo
de
ınspectores
Tecn1c05
Gcncralcs
de
Trab:ıjo,
es
preciso
para.
dar electiv!dad a cuanto
en
ella
se
d!spone
cbtener
105
recursos
necesarios,
a
cuyo
fin
el
Ministerio
de
Trabajo
ha
solicitado
la
eoncesi6n
de
un
credito
suplementarlo,
que
ha
merecido
favorables
in!ormes
de
la In-
tervenci6n General y
del
ccnsejo
de
Estado.
En
su virtud,
~
de
con!ormidad
con
la
propue.sta
elaboracla
por las
COIlcS
Espaiıolas.
DISPONGO:
Articulo
priınero.-8e
concede
un
suplemento
de
credlto
de
un
mi1l6n
ocho
mil
setecientas
pesetas
al !lgurado
en
el
Pre-
supuesto
en
vi;;or
de
la
secc!ô:ı
dieclnueve
de
Obllgaciones
de
105
Departamentos
ministeriales.
«(MiniSterio
de
TrabaJo»;
ca-
pitulo
c!ento,
«Personal»;
articulo
ciento
diez,
«Sueld05»:
servi·
cio
treseientos sesenta y
UDO,
«M1nl.sterio,
Subsecretaria y
Ser-
vicios
generalcs»;
conccpto
trcscient05
sesenca
y
uno-clento
quln·
ee.
«cuerpo
Nacional
de
ınspecc16n
de
Trabajo.-Inspectores
Tccnicos
de
Trııba.jmı,
para
completar
105
haberes
de
doscient05
dleciocho
ınspeetores
Tecnicos
en
cumpllmleııto
de
10
d!spuesto
en
la.
Ley
de
veintiuno
de
julio
de
mil
ncvecientos
sesenta
y
d05.
Articulo
ser,'UDdo.-EI
ıınporte
a
que
asclende
el
menclonado
suplemento
de
eredito
se
cubrlra
en
la
forma
determlnacta
por
el
articulo cuarenta y
uno
de
la
vigente
Le~·
de
Admlnlstracf6n
y
Contabilidad
de
La
Hacienda
pÜblica.
Dada
en
el
Palaclo
de
El
Pardo
a velntlcuatro
de
dlc1embre
de
mil
novecientQs
iesent:ı
'l
d05.
PRANCISCO FRANCO
LEY
107/1962,
ae
24
de
4ıcıembTe,
ıı01
la que
se
concede
un
w.plemento
de
credlto
de
4.701.430
pesetıls
al Mlnfs·
teno
del
Aire
para
satlsfacer
asistencias
/ı.ospitalanas
del
presente
ejerclclo causadas por
personaZ
dependien:te
de
aquel
E1erclto.
En
105
pasados
aft05
de
mil
novecient05
clncuentıL
y
ocho
a
mil
novecieııtos
~esenta
Y
uno
el
credito
que
rıgur6
en
105
Pre·
supuestos
del
Minfsterio
del
Alre
paro sat!s!acer las
a.slstenc1as
hospltalarias
ha
venido
resuItando insuIlclente,
clrcunstancıa
que
se
prcve
ha
de
producirs~
tambien durante el
aıia
en
curso,
por
10
que
para evltar
Que
camo
en
105
anteriores
queden
cuen-
tas
pendientes
de
pago,
que
han
de
atenderse medlante la
con-
cesi6n
de
creditos
extraordinar!05,
de
conformidad
con
la
pro-
puesta elaborada
por
las
Cortes
Espaftolas.
DISPONQO:
Art1CUlo
Drlmero
.
.....se
concede
un
suplemento
de
credito ae
cuatro
m1110nes
setecientas
un
mil
euııtrocientas
tre1nta pesetas
al
wnırado
en
eL
Presupuesto
en
vigor
de
la
szccl6n·
veıntld6.s
de
Obli
5
ac!oncs
de
105
Departament05
minlster!ales,
«MinIster1o
del
A1re»;
caplculo
tresclentos,
«Gast05
de
105
l5ervlclos»;
artfı:u·
·10
tresclentos
veinte,
«Adquislclones
y
servlcio
espec!aıes.-8ub-
5lstenclas,
h05pltalidades
traııııporte:s,
vestuario,
acuartelam1en-
ta
y
ganado»;
servicio
cuatrocient05
ve!nticlnco,
«Dlreec!6n
Ge-
neral
de
Servlclos»;
eoncepto
DUmero
cuatroclentos
ve1ntlclnco-
trescfentos
veintid6s,
«Hosp!tales»;
subconcepto
UDa,
«Para aten·
der a las
aslstenclas
hospltalarfas
sin
cargo,
servlclo
de
e.stan-
cias
en
bafios,
manlcomios.
sanatar!os
antituberculos05
y
se-
pelios».
Artlculo
segundo.-El
ımporte
a
Que
asclende
el
menc1onado
sl!plemento
de
credlto
se
cubr!ra
en
la
forma
determlnada en
el
artlcu!o cuarenta y
uno
de
la
vi~ente
Ley
de
AdmllllstraCıOn
y
Contab!lidad
de
la
Hacienda
Pılbllca.
Dada
en
el
Palacio
de
El
Pardo
ii
ve!ntlcuatro
de
dlc1embre
de
mil
noveclentos
:sesenta
y
d05.
FRANCISCO FRANCO
LEY
10.,.·.1962,
de
24
de
diciembre,
por la
que
se
concede
un
.suplemento
de
credito
ae
17.000.000
de
pesetas
.aZ
Ministerio
de
Asulltos Exteriores para
sattstacer
cıuran.
te
el
presente
ana
diferencias de
cambio
'Por
pagos
en
el
e:ı:tra.n;ero.
Expuesta
por
p.l
M!nlsterio
de
Asuntos
Extenores la Insu!i-
cıencla
que
preve
ha
de
producirse
en
el
cr~dito
que
en
su
Pre-
supuesto
del
ejercicio
en
curso
est3.
destlnado a
satlııfacer
la
prima correspondiente al
a.bono
en
peseta.o;
de
105
concepto.s
de
gastos
pagaderos
en
e1
extranJero,
de
conforınidad.
con
la
propuesta
eİaborada
por
las
Cortes
Espaıi.olas.
DISPONGO:
Artlculo
pr!mero.-Se
concedc
un
suplemento
de
cred1to
de
d1ecis!ete
mWones
de
pesetas al
t1gura.do
en
el
Presupuesta
en
vigor
de
la
secciOn
doce
de
Oblfgaciones
de
105
Departamentos
minlsteriales,
«M!nlsterlo
de
AsuDtos
Exteriore~»;
ca.pltulo
tr~
clentos,
«Gastos
de
105
Servicios»;
articulo
tre:sclent05
cincuenta.
«Otros
gastos
ord!narios»;
servicio
clento
clncuenta y
uno,
\IMi.
n!sterio,
Subsecretaria y
servici05
generalesıı;
concepto
clento
c!ncuenta y
uno-~rescient05
clncuenta y
c!nco,
«Para 5atls!acer
la
prlma
correspondiente
al
abono
en
pesetas
pape1
de
105
con·
cept05
de
gll.'5t05
pagader05
en
el
extranjero, para
105
que
se
hal1e
preestablec!da
la
liqu!daci6n
en
pesetas
oro».
Articulo
segunda.-El
Importe
ii
que
asciende
el
menc1onado
suplemento
de
crecı.ıto
se
cubrlrıi.
en
la
forma
determlnada
por
el
arUculo
cuarenta y
uno
de
la
vlgente
Ley
de
Adınlnlstraci6n
y contabilidad
de
la
Haclenda
pübl!ca,
Dada
en
el
Pa1aclo
de
EI
Pardo
0.
ve!nt!cuatro
de
dleiembre
de
mil
novec!entos
sesenta y
d05.
FRANCISCO
PRANCO
LEY
10911962,
de
24
de
dfciembre,
por
la'
que
se
conceden
varlos suplementos
de
credlto, lmportante
en
total
pe-
setas
26.050.000,
aZ
Mlnisterlo
de
Informar:itm. y Turls-
mo
para
sufragar durante
eZ
ana
actuuZ
las
mayores
ac-
tivldades
de la
D~recclön
General
de Injormuclön. .
El
desarrollo
de
Jas
funciones
encomendadas
a la
Dlrec-
c16n
Qeneral
de
Inforn:ac1ön
en
orden a sus actlvldadea de

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