Ley 33/1977, de 27 de abril, sobre concesión al Presupuesto en vigor de la sección 18, 'Ministerio de Educación y Ciencia', de un suplemento de crédito de 1.051.600.000 Pesetas, para atender a la efectiva y total aplicación del complemento de 'dedicación plena' al profesorado de Educación General Basica y Directores Escolares a partir del 1 de septiembre del presente año.

MarginalBOE-A-1977-10732
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
9337
30
abril
1977
B.
O.
del
E.---
Núm.
103
:.:.-._---_--=.::....:..=....:..:..:..:.------------~
cuenta
del
Tesoro, los
siguientes
suplementes
de
crédito,
por
un
importe
total
de
trescientos
cincuenta
millones
da
pesetas,
al
Presupuesto
en
vigor
de
la
Sección
diecisiete,
..
Ministerio
de
Obras
Públicas,",
y
con
la
distribución
que
se
indica:
Concepto
Expllcación
del
gasto
--
~---
Importe
Articulo
segundo.-El
importe
a
que
asciende
el
mencio-
nado
suplemento
de
eredita
se
cubrirá.
en
ia
forma
determinada
por
el
articulo
sesenta
y
cuatro
de
la
vigonte
Ley
General
Presupuestaria.
Dada
en
MHdrid a
veintisiete
de
abril
de
mil
novecienlos
setenta
y
sIete.
JUAN
CARLOS
JUAN
CARLOS
El
Presidente
d3
bs
CCrt'!5
Es;¡!).,"I(;!¡
s.
TOnCL'ATO
FERNANDEZ-MIHANDA
yl-fE\'JA
Dada
en
Ma.drid a
veintisiete
de
abril
d,~
mil nov2ci0nlos
sl'Lenta y
siete.
Articulo
segundo.-El
importé
a
que
ascíenden
los
menciona-
dos
suplementos
de
crédito
se
cub:-irá
en
la
forma
determinada
por
el m·ticulo
sesenta
y
cuatro
de
la
vigente
Ley
General
Presupuestaria.
REY
DE
ESPAÑA
JUAN
CARLOS
L
INSTRUMENTO
de
Ratificación
de
España
del
Pac~
to
Internacional
de
Derechos
Civiles
y
Politicos,
hecho
en
Nueva
York
el
19
de
diciembre
de
1906.
10732
LEY
33/l977,
de
27
de
abril,
sobre
concesión
al
Pre-
supuesto
en
vigor
de
la
Sección
18
..
Ministerio
de
EducaCÍurt
y
Ciencia»,
de
un
suplemento
de
crédito
de
1.051.600.000
pesetas,
petra
atender
a
la
efectiVa
y
total
aplicación
del
complemento
de
"dedicación
plena"
al
Profesorado
de
Educación
General
Básica
y
Directores
escolares
a
partir
del
l
de
septiembre
del
presente
año.
Determinadas
circunstancias
que
afectan
al
Profes.orado de-
Educación
General
Bttsica
y a los
Diredores
escolares,
a
partir
del
uno
de:!
septiembre
del
presento
aúo,
han
aconsejado
Ilde~
1antar
la
dectiva
aplicación
de
diferent.;;-'l
disposiciones
en
cuanto
se
refiere
al
percibo
del
cornph:mento
de
dedicación
plena,
modWcando.
con
ello.
las
presc:ripciones
contenidas
en
la
disposición
transitoria
tercera-
del
Decreto
mil
novecientos
treinta
y
ocho/míl
no\'ocientos
setenta
ycinco,
de
veinticuatro
de
julio.
Estas
modiflGaciones
suponen.
por
lo
que
se
refiere
al
último
trimestre
del
ar,o
mil
novecientos
setenta. yseis,
un
incremento
da
gast-O
de
mil
cincuenta
y
un
millones
seiscientas
mil
pesetas.
cuya
cobertura
no
ha
sido
prevista
en
el
vigente
Presupuesto.
yp'1ra
cuya
satisfacción
se
requiero
le
concesión
del
opoltuno
suplemento
de
crédito.
Se
ha
tramitado
el
expediente
que
requiere
el
articulo
se~
5cnta
y
cuatro
de
la
vigente
Ley
General
Presupuestariu,
en
el
cual
han
informado
favorablemente
la
Dirección
General
de
PrC'.:>upuestos y
de
conformidad
el
Conc:;cjo
de
Esta.do.
En
su
virtud,
y
de
conformidad
con
la
Ley
aprobada
por
las
CorLes
Espaiiclas,
vengo
en
sanc1olll':-r:
10733
Por
cuanto
el
día
28
de
septiembre
de
1976.
el
Plenipotencia-
rio
de
Espai1a,
nombrado
en
buena
y
debida
forma
al
efecto,
firmó
en
Nueva
York
el
Pacto
Internacional
de
Derechos
Civiles
yPoliticos,
JUAN
CARLOS
El
Presidente
de
las
CCll'tes
Españolas,
TORCUATO
FERNANDEZ-MIRANDA
yHEVIA
Artículo
primcro.--Se
concede.
con
recursos
facilitados
por
el
Bam;o
de
España
en
concepto
de
anticipo
con
cargo
a
la
cuenta
del
Tesoro.
un
suplemento
de
crédito
de
mil
cincuenta
y
un
millones
.seisci~ntas
mil
pesetas
al
especificado
en
los
-vigentes
Presupuostos
Generales
del
Estado,
en
la
Sección
die-
ciocho,
.Ministerio
de
Educ.9~ción
yCiencia,..
servicio
cero
cuatro,
..
Dirección
General
de
Personal
..
,
capítulo
uno,
..
Ra~
munr:;racion8>s
de
personal,.,
articulo
doce,
'"'Otras
remunera~
ciones
...
concepto
ciento
veintisiete.
'"'Para
atender
el
costo
dal
régimen
de
complementos
de
sueldos
y.
otras
remuneraciones
de
los
funcionarios
de
carrera
y
de
empleo
interino
incluidoo
en
el
ámbito
de
apllcación
de
la
Ley
treinta
y
uno/mil
novecientos
setenta
y
cinco,
y
de
los
que
ocupan
plazas
no
escalafon-adas,
de
acuerdo
con
el
siguiente
detalle:
Dno.-Personal
docente.
Complemento
de
dedicación
es
~
pedal,..
Artículo
segundo.-El
importe
a
que
asóende
el
mencionado
suplemento
de
crédito
se
cubrirá
en
la.
forma.
determinaoa.
por
el
artículo
sesenta
y
cuatro
de
la
vigente
Ley
General
Presupuestaria.
Dada
en
Madrid
a
veintisiete
de
abril
de
mil
novecientos
setenta
y
siete.
El
Presidente
dc
las
Cortes
EspaflOlas
TORCUATO
FERNANlJEZ-MIRANDA
yHEVIA
10.900.000
21.200.000
166.800.000
12L1oo.ooo
350.000.000
LEY
32/1977,
dc
27
de
abril,
sobrp
concesión
al
Pre-
saprwsto
en
vigor
de
la
SEcción
::}
"Ga
de
di-
versos
Mínisteríos~,
de
un
supluL'J!lto
de
cnldíto
de
1.400_000.000
de
pesel-as.
para
abono
de
emoltt-
mentos
a
personal
laboral
durante
el
cjercícío
en
curso,
-
--
-----------~
~-~------~=
Total
Salarios
del
personal
laboral,
antigüedad
y
pagas
extraordinarias
,' .
Pluses
de
especialización
de
trabajos
pe-
nosos y
nocturnos
.
Salarios
del
personal
operario,
incluso
pagas
extraordinarias,
antigüedad
y
demás
percepciones
consignadas
en
el
Reglamento
del
Personal
Operario
de
este
Departamento,
aprobado
por
De-
creto
3577/72,
de
21
de
diciembre
...
0>.
Sa!arios
dd
pC'rsonal
operario,
aumento
por
años
de servicios,
pagas
extraor-
dinarias,
dietas,
horas
extraordina-
rias
y
demás
bonificaciones
del
Re-
glamento
General
de
Trabajo
..."
OLl61
01.162
OD.Hi4
OL163
10731
EH
los
diferentes
Presupuestos
Gencrales
del
Estado,
en
la
Se{;ción treü:rl-a y
una,
..
Gastos
de
diversos
Ministerios,.,
con,-'spto
cero
uno
punto
ciento
sesenta
y
uno,
se
vienen
figu-
rando
las
oportunas
consignaciones
para
satisfacer
las
insu-
ficiencias
que
puedan
presentarse
en
la
aplicación
de
disposicio-
nes
legales
que
afecten
a
personal
no
funcionario
con
dotación
comprendidas
en
créditos
de
los
artículos
dieciséis,
diecisiete
y
cuarenta
y
d-os
de
las
diferentes
Secciones
del
presupuesto.
La
correspondiento
al
ejercicio
de
mil
rravecientos
setenta
yseís,
por
diferentes
motivos,
ha
resuaado
notoriamente
insu-
ficient.e,
no
úendo
posible
satisfacer
la
totalidad
de
las
obli-
gadones
causadas
en
el
año
con
cargo
a
su
importe.
Para
obviar
esta
insuficiencia,
se
ha
instruido
un
expediente
de
suplemento
de
crédito,
al
amparo
de
10
dispu.esto
en
el
artículo
sesenta
y
cuatrD
de
la
vigente
Ley
General
Presu-
puestaria.
expediente
que
ha
obtenido
el
informe
favorable
de
la
Dirección
GeneIal
de
Presupuestos,
y
de
conformidad
del
Consejo
de
Estado.
En
su
virtud,
y
de
conformidad
con
la
Ley
aprobada
por
ras
Cortes
Espafiolas', vengo
en
sanciOnftr:
Articulo
primero.-Se
concede.
con
recursos
facilitados
por
el
Banco
de
Espafia
BU
concepto
de
anticipo
con
cargo
a
la
cuenta
del
Tesoro.
un
suplemento
de
crédito
de
mil
cuatrocien~
tos
millones
de
pesetas
al
figurado
en
el
Presupuesto
en
vigor
de
la
Sección
treinta
y
uno,
'"'Gastos
de
diversos
Ministerios
...
servicio
cero
uno,
'"'Dirección
General
del
Tesoro
y
Presupues~
tos.
Gastos
de
los
Departamentos
ministeriales
...
capítulo
uno,
.Remuneraciones
de
personal
..
,
artículo
dieciséis.
'"'Personal
la-
boraL.,
concepto
ciento
sesenta
y
uno,
.Para
satisfacer
los
de~
vüngos
y
diferencias
de
los
mismos
que
origine
la
aplicación
de
disposiciones
legales
que
afecten
ti
perscmal
no
funcionario
con
dotaciones
comprendidas
en
créditos
de
los
artículos
dieciséis.
diecisiete
y
c:uarenta
y
dos
de
las
distintas
secciones
de
este
Pro~upuesto
..
,

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