Ley 185/1964, de 16 de diciembre, por la que se concede un suplemento de crédito de 600.000 pesetas al Ministerio de Hacienda con destino a la adquisición de uniforme de invierno, camisas y zapatos para el personal subalterno del Ministerio y sus dependencias.

MarginalBOE-A-1964-21482
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
B.
O.
de)
E.-Nıim.
303
18
diciembre
1964
16967
resu1'Car~
ın~uri
por
el
rıtmü
de
~cnzumc
que
lle~2.
en
!o!"l
mese.;
trall:iCurridos
del
ana
ED
su
virtud, y
de
conformidad
con
la propuesta
elabOlıı.da
por
las
Cortes
Esp:l.iıolas.
DlSPONGO:
ArticuJo
prıınera.~Se
concede
un
8uplemento
de
credlto
de
cnatro millones
dı;
pesetas
al
flgurado
en
el
Presupuesto
en
vigor
de
la
Secci6n
dieciseis
dı'
Oblıgacıones
de
lo.s
Departa-
mentos ministeriales.
«Ministerlo
de
la Gobernacl0n»; capitulo
ttescientos.
:C'"'Üstcs
de
los
Se!1!icios-));
artieuln
t.rp.~r.ifmtos
diez.
«Adqulslciones
ordinariaS»;
servicio
trescientos
slcte.
«D1recci6n
General
de
la
Guardla
Civil»;
cancepto
tresclento::;
siete!tres-
cientos
qnlnce.
«Para..
la
adqulslc16n
de
vehiculas
de
todas
clases
para reposici6n
de
las
bajas
por
lnuti1idad.
gasolina.
lu»rlcantes.
cublertas y camaras.
etc.ıı
.tı.rticulo
segundo
-EI
lmporte a
que
asciende
el
meııcionado
suplemento
de
credito
se
cubr1r&.
en
La
forma
determinada
por
el
articulc cuarenta y
uno
de
la
vigente
Ley
de
Admüıistraci6n
y
Coııtabi1idad
de
la
Hacienda
Pub1ica
Dada en el
PalaC10
de
El
Pardo il.
dieciseis
de diciembre
de
miL
novecientos
.;e.sentıı.
y cuatro. .
FRANCISCO
FR.ANCO
LEY
18411964.
de
16
de
d.iciembre,
por
la
que
se
concede
un
,ii'1Jl~ınento
de
credito
de
1.000.000
dR
peseta,
al
Mi-
nister!o
de
Racieııda
para
satisfacer
los
gastos
que
on
ginc
scnicio
de
notificaciones
de!
Departamento
du
rante
1964.
El
servicio
de
nOl1fıcaciones
que
vlene
estableciendo
el
Mi-
nisterio
de
Hacienda
en
Delegacioııe.s
y
Subdeıeg:ıclones
t1en~
cada dia mayor
alcance,
en
razôn
a su eficacia. y
el10
supane
el
que
para este
al10
pueda resultar deficitaria en r€laci6n
con
el
credito Q
ue
tıene
a.ıignado.
.
En
su
virtud. y
de
conformidad
con
la propuesta
eJallor:ı.dn
por
las
Cortes
Espafiolas,
DISPONGO:
. Articulo primerO.-Se
concede
un
suplemento
de
creruto
de
un
mil1an
de
pesetas
al
presupuesto en ngor
de
la
secci6n
veintiseis
de
Obligaciones
o.e
Jos
Dppartamentos Ministeriales,
«.1\Iiıılsterio
de
Hacienda»;
capituJo
trescientos,
«Gastos
de
los
Serviclos»;
art!culo
tresciento~
cincuenta, «Otros gastos ordina-
rios»)
;
servicio
quiıılentos
tre!nta y
uno,
«MiniSterl0,
Subsecre-
t:ırias
y
Servicios
generales»:
concl'pto
quinlentos trelnta y
uno!trescientos c!ncuenta y cuatro, «Para 105 gastos
que
ori-
gine
el
serviclo
de
notificac1ones
en
capltale~
que
se
considere
necesar!o,
prev!o
acuerdo
minlsterial».
ArticuJo
segundo.-El importe
il
que
asc!ende
el
menclonada
supleıııento
de
credito
se
cubrirti.
en la forma determinada
por
el
articulo cuarenta y una
de
la
vigente
Ley
de
Administraci6n
y
Contabi1idad
de
la
Hacienda
Piıblica.
ee
ıa
seccıan
veintiı;eis
de
Obligacio!!es
de
108
Departamento:;
Minlsteriales,
<
de
Hacienda»;
c a pU u 1 0
dosclentOl,
«Ma~erial,
alqui1eres
Y entretenimiento
de
!ocales»:
articUlo
do:ı
\:lentcs
d!cz,
~~~c.tc!"i:::.1
de
oficinas,
Uı:J
tnv€'::tariabl~»'
~p.tıı'icia
qulnlenıos
ıreırıta
y
uno,
l
Subsecrttaria y Scniclos
generales»).
concepto
quin:entos treinta y
uno/dosciento~
trece,
«Para
!ıJ.
c()uftcciôn
de
uniformes
de
pOlteros
y
ch6fereSıl.
ArticuJo
segundo.~EI
importe
a
que
asciende
mencior:ad.c
suplemenıo
de
credito
se
cubrira
en
la
forma
determinada
pOL
el
articulo cuarenta y
uno
de
la
vigente
Ley
de
Adminlstraci6n
y Contabilid2d dp
la
Hadenda
Piıblica.
Dada
en
el
Pala~ıo
de
El
PardCo
a
diecLseıs
de
diciembre
de
mil
noveciemo.>
~esenta
y cuatro.
FRANCISCQ
FRANCO
LEY
186/1961,
ac
16
de
dıcıemare,
por
ıa
que
se
car.cedeıı
dos
.,uplementos
ac
credito, importante
en
iun.to
ııe~e,
tas
4.156.456.
a
la
Presidencia
de!
Ganierno.
con
destino
al
abun
0
de
la
nıc)arU
de
la.s
retribuoiones mi!ilares otor.
gaaa,·
al
persoııaı
de
las
PruvinC'ias
de
lfn.i
LI
Saharu
durante
actual
e1ercicio
de
ı954.
La aplicuci6n
al
personal
militar
~
asimi1ado
de
las
Provin-
eİss
de
!Ini y Sahara
de
La
L!y
ntııuero
una,
de
veintinueve
de
abri1
de
mil
novecientos
sesema y cuatro,
que
estabieee una
nu!!"
va
ordenaeiôn
econ6micu
para
los
derengos
de!
personaj
de
las
Fuerzas
Armadas,
hace
imprescindible
que.
a
la
mayar
breve-
dad,
~e
coııcedan
recursos
que
aereeicnten
los
que
ya
eI
Estado
-aporta para
cUbrir·
los
presupuestos
de
las
citadııs
Prııvinclas,
s~n
preı;iene
el
articulo septima
de
la
eitada
Ley
En,su
\-1rtud,
v de conformidad
con
La
propııesta
elaborad:ı.
por
las
Cortes
Espafioləs.
DISPONGO:
Articulo
primero.-Se
conceden
dos
supıememos
de
eredito,
importantes.
en
junto. euatro
millanes
ciento cincuenta y seis
mil
cuatrocicntas
ciİıcucnta
y seis pesetas al Presupuesto en
vi~or
rl~
la
_ccI6n
once
de
Oblı:;(acioneö
de
105
Departamento:;
Ministeriales. «Presidencia
del
GOb!erno»;
eap!tuıo
Cu&trocien-
tos,
«Subvenciones.
auxi1ios,
participaciones en
lngr~
Y
ıi
nanciaciones. -Para
gastos
corrientes»):
articulo cuatrocientos
cuarent::,
«.A
favor
del
Estado).
serı.icio
ciento
doce,
General
de
Plazas y Provincias
Airicanas»).
de
las
que
un
mı
nön
setecientas
siete
mil
novecipntas
se;:enta
Y
seis
se
aplicaran
al
concepto
ciento doceicuatroeientos cuarenta y
uno.
«Subven-
ei6n
para cubrir
el
deficit
de
la Provincia
de
Ifııl))
, y
dos
millo-
nes
cuatrocientas cuarenta. y
ocho
mil
cuatrocientas
achentıı.
al
concepto
ciento doce/cuatrocientas cuarenta y
dos,
«Su1Jven-
ei6n
para
eubr~
el
dCfjcit
de
i::ı
Provir.cia
de
Sahara».
Ar:ieulo
seg-.ındo.-El
importe a
que
ascienden
los
mcncio-
nados suplementos
de
credito
se
cubrirti.
en la forma detenni-
nada
por
ei
articulo cuarenta y
una
de
la vigente
Ley
de
Ad.-
ministraci6n y
ContabiJidad
de
la
H:ıcienda
PUblica.
Dada
t'll
d
p",laı.:iu
ue
Et
Parctü a di{'CISC::;
de
dici€'mbrc de
Dada en el
Palacio
de
E1
Pardo a
die~is
de
diciembre
de
mil
!ıoveclentos
sesenta
';1
cuatro.
miL
navecientQ6
.>esenta
~
cuııtro.
FRANCISCO FRANCO
LEY
18511064,
de
16
cıe
cııctemore,
por la
que
se
concecte
un
suplemento
de
cred.ito
de
600.000
pesetas
al
Miiıiste·
rio
de
Hacienda,
COn
de~tjno
a
la
actqııislci6n
de
unitar.
mes
de
invierno,
camisas
y
:ıapatos
para
el
ııersanal
subalterno
del
lr1inisteric y
stıs
d.epenctenCias.
.
En
el
presupuesto
del
Mlnisterio
de
Hacienda
Dara
el
afio
ınil
noveeientos
ilesenta
y
cuıı.tro
eıdste
una
dat11.ci6n
con
des·
t1no
a satisfacer
Jos
gastos
que
ocasione
la
11.dqulsici6n
de
unj-
formes
y
demas
prendas
de
vestir
ııeı
per.sona1
subalterno,
cuya
cuantia
no
es
bastante para atender
en
su
tata.lldad a
Ias
obl!-
gaclon~s
de
esta
ciase
prC5entadas
y
que
se
presenten en
_el
resta de!
eıercicl0.
li:n
su
virtud, y
ae
eonformJ<:i>
Iİİ
propuestıı
elaburııda
poı
las Cortes
Espaıi.olas,
DISPONGO;
hrtfculo prlmero.-Se
coııcede
un
suplemeıı.tc
de credito
de
seiSclentas
!)LLL
pesetas al
!liUrlıdQ
en
presupuesto en
vlgor
FRANCISCO
FRANCO
LEY
287;1064,
de
16
de
diciembre,
por
La
que
se
ronceik
:ın
suplemento
de
cr~dito
de
1.500.000.000
de
peaetGs
iZ
Ministerio
de
la
Vivıenıta,
como
mayor
.ubı;ellC"kin
ııl
Instituto Nacional
de
la
Vıvienda
para
fina1lCiaıni61!ııı
de
sus
actividades
dura1lte
eZ
actua! ejercieio
econornico,
Las
!llversiones
cüradaô en
tas
Presupuestos
~;cncrales
@i
Estado para
que
por
el
Instituto N acional
de
la
Vivieııdıı.
ııe
continuara
121
Plan
qı;e
mismo
tiene a
su
car:;o,
na
respoııde
~Jl
su
cuaııtia
al
aceıcrado
rltmo
11.
que
el
ınismQ
debe
llegar en
las
constrııcciones,
dado
el
caracter tan acuciante
qJ;1!
el
pro-
bleına
tiene.
.
En
su
virtud, y
cje
cpnformidad
con
la
propuestıı.
elııbO:aci,
POl" las
Cortes
ı;;sp~iıolus,
.DISPONGO:
Articulo
prımera.-Se
concede
un
suplımıento
de
~;tı
de
~
mil
quinienı
05
millQnes
de
pesetas.
f;guracjo en
el
Presppııe.$
to en
vıgor
de
i~
seccion
veinL1cilıcu
dt-
Oblig(iciüücs da
LQ~
P.:-
partameııtus
!ı.ıiıiistedales,
de
lıı
Vlvl~l).d:u:
cııpj-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR