Ley 176/1962, de 24 de diciembre, por la que se concede un crédito extraordinario de 96.000 pesetas a la Presidencia el Gobierno para satisfacer gastos del año actual de la Junta de Aguas de Ceuta y Melilla

MarginalBOE-A-1962-24483
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
8.
O.
del
E."'-N6ın.
a13
jL
diciembre.1962
18443
i.
Bisposiciones
'gen~rales
JEFATURA
DEL
ESTAD·O
LEY
1761
196~,
.~e
24
Cle
4tcıemore,
por
la
que
s~
can-'
I?Cde
un
crediro
extraarainario
de
96.000
pe~eta.ı
la
Pre$idencıa
del
Gollierrıo
:xıra
satis/ac/!!'
gClsıas
del
ana
cıccucıl
de
la
Junta
de
Al/ıuıs
de
~euta
ii
M~lilla.
Crcada
en
et
Pa.ado
:mo
mir
novp.cıentos
sesema y una
ıa'
Junta de'
Aguas
de
Ceuta y
Melilb.
y
00
habiendo
sido
Incluida
la
dotacionpara
su
desenvolviıniento
en.
el
pre.sur.uesto
de
la
Presidencia
del
Gobiel'llo
para.
el
eJerclclo
en
curso.
se
hacı:,
precİ.'5o
subsanar esta
omisi6n
habilitando al efecto
el
corres-
pandien~
crectito
~xtrıı.ordUı~l'lo.
'
ED.
su
virtııd,
y
de
coıı.!ormidad
~ou
la
propuesta.
elaborad.a
por
1""
Corte5
.L-paıiol:ııı,-
DISPONGO:
. Artlculo
prımero.-se
concede
un
credito extraordlnarlo
de
pesetııs
:ıoventa
y
sei5
mil
aplicado
al
presupuesto en vlgor
de
la
secc:6n
once
de
ObUgaciones
de
10&
Departameııtoa
mlnlste-
rlal~s.
«Presidencia
del
Goblemo: capltulo
trescleııtos.
«Uas-
~
,tos
de
105
ServiciO!Jl;'
articulo
Irescieııtos
clncue:ıta,
«Otros
...
gastos
örd[narlo~»;
s~rvlcio
clento
diecİ.'51e'te,
«Plazas
y i'rovln-
elas
Esı:aoolas
en Afrlca»;
concepto
clento
dieC!Siete
mil
tres-
ciei:ıtD5
cincuenta y
dos.
«Goblerno
Generaı
de
los
Terr!tarios
.
Espaiıol€6
de
Soberaoia en
el
Norte
de
lIfrlca»; subconcepto
adlclonal.
con
destlno
1:1
seıtisfac'er
!os
gastos
de
funcionam!ento
duraote
el
afio
BctUal
de
In
JUnta
de
Aguas
de
Ceut!ı
y
Melilla..
. .
Artıculo
segundo.-El
ımporte
a
que
asclende
eI
menciollRdo
credJt~.
extraordlnario
~e
cubrll'a
en
le.
'forma determinada
jLIJI'
-el
artıculo
cuarenta,
y.
uno
de
la
vi~ente
Ley
de
Adıııi:ıu.tra-
ci6n
)'
-ÇontBbllldad de la 'Haclenda Ptibllca.
-'.
D:ıda
en
el
Palac!o
de?
·El
P:ınl:ı
a
veiIltiCUQtro
de
didembre
· 4e
mil
nov~cientQs
~uenta
y
doB.
.
PRANCısqO
FRANCO
LEY
177/1962.
de
24
de
diciemore.
!lor
la
que
~e
con-
ccden
ilas
credito$
cxtraordinartos
al
.'lfiııistmo
de
Obras
Pılblicas.
importantes
2.949.026.98
pesetas,
~ra
atenciones
de
sum:n~tros
de
enerııia
electrica
LI
aı;rua,
Bervicios
de
telefona
LI
de
'cDnserı;aciön
de
/aB
depen-
d.encias
en
qııe
se
halla
instaıqdo
e1
Deparuımento.
,
, "
La
rectente
tnstıılacl0n
del
MinlsterlQ
de
Obraıı
Pilbl1eas
en'
.~
'ııuevo
edlficl0
SUptMO'
en
el
ano
mil novecientos
sesenta.
'1
UDa
la
nec~sideıct
de'
real!zar unos
gas~O!
en
cUBnt!a
superlor· a
105
· eonsignadM
en
la
Ley
econonılca
para
d.lst1nto
mater!:ıl
no
ın·
ventarta.ble y
~ervieios.
asl
como'
para
obrııs
de
conservacı6n
· y adaj)tacI6n;
'que
fueron
comec'u~nclll.
oblJgada
de
ıe.
ma.yor
"~uper:ficie
de
105
locııles
ocupados
POl'
aquel Departamento,
muy
superlo!
LI
la
qııe
haısta
entonces
-.eniaıı
!oıı
utll111ados
ell
el
antlgulJ
.
e.:UficilJ.
.
Bu
,u
vlt'tud ..
'1
de
conformldıı.c1
con
la.
propiıe,~
elaı:ıora4ıı.
por
lus
Oortee
Esp&fıolıı.s,
OI6PONGO:
Artleulo primero.-Se
reconoc,en
como
oblIgac!ones
leı:a1es
de!
Estado ias contraidas por
~L
Ministerio
de
Obras
pub1ic!l.s
en el
ıııisıı.do
ejercicio
econ6mlco
de
1961.
por. un importe
de
dos
milJones'
novec!entas cuarenta
'i
nueve
mil
',~illUsels
pesetas
con
noventa
'y
ocho
centimos,
excedJelldo
La:;
resper.tlvas consl;-
,ııacianC,;
!,~~s'üjıuestas
y
relativ8ô
LI..
at~nclones
de
sumIDıstros
de ,fner,,!t\ electrfca y
agu:ı,
serviclos
te1erOllicos
y gastos
de
conservaci6n
de!
edlficlo en
eL
que
5e
ı,:ıııan
(nstala.dis las
de-
pendencias
del
Ministerlo. .
Articulo
seıundo.-5e"
conceden
dos
cl'
-e,,;traordlnar1.os,
per un'
1nıporte
total de
cl.os.
mll10nes
noveclentas cuarenta. y
nueve
'mil veintiseis
peseCas
con
noventa y
ocho
centlmos, apll-
cados
al,presupuesto 'en
vi!;or
de
la
Seccl6n dlecislete
\Le
Obll;::a-
cione.s
de
105
Depərtəmentos
ministeriale.>.
«M1:ıLster1o
de
Obra~
Piıb1icasn;
.ervkio
tre~cientos
veintluno.
«Mlnlsterio.
SUb.secıre·
taria y Servicios generales», y con arreglo
al
slguJe:ııe
detalle;
Al
capitulo dosclentos. "Material.
ıı.lquUeres
'J
entretenilnlenı
de
loca1es»;
articulo
Qoscleutos
dlez.
«MD.teriə..l
de'
oflcinıı.s.
ne
lnventarlable»; concepto trescientos
velntiiıD
mil doscientos
ca·
torce, subconcepto
:ıdtcıonal,
dos
millones
seisCicntas
veJnıe
ml.
selsclenta.s veintJuna pesetas con
ocheıita
y tres centlmos,
con'
destlno a
s:ı.tisfacer
wministros
de
cnergia electl'ica Y
aı;:ua
y
serv!cios
de teldonos
del
pasado
CjerclC!O
econ6mlco
de
ml!
noveclentos. sesenta S uno; y
(\1
capıtulo
tr?sClento3,
«Gasto,
de
105'
Servıcios»;
artlculo lrcscicntas treinta.
uObr:ı.s
de
con·
servQci6n
y
reparıLci6n);
concepto trescientos
velntliıD
mil
tres-
c!sntos treinta y
uno.
subconccpto
nuevo,
trescienta.s veintiocho
mil
cu:ıtracientas
cinco pcsctas
coıı
quince centimos,
con
des-
ti."'1O
a
Sl1tıstaccr
atenclones
de
conservaclöu del
edlflc!o
del
Ml·
nJsterio.
CƏUSad03
eu
el
pasadD
eJerelcio
ccon6ınieo
de
mil nov".
cicntos
$csentıı.
Y
uno.
Artlculo tercero.-El
ımporte
a
que·
ascleııden
105 menclona-
dos
creditos
exıraordinarios
se
cubrim en
La
!or!!!l\
ı5.et~r~i::.adı.
por
el
articulo cuarenta y
uno
de
la.
vigente Ley
de
Adminis·
trac16n
y ContabllldMl
de
la
Haeienda.
Piıblieıı..
Dada.
en
el
Pal3Clo
di!
EI
P:ı.rı1o
a velntlt:uatrc
de
dlclembre
de
mil
novec!entos 5esenta y dos .
FRANCISCO
F&ANCO
LEY
17811952.
de
24
de
diciembre,
ae
concesiOn
al
pre.
supuesto
eJI
ı'içor
de
la~ecci6n
24
de Obligaciones
de
los
Departamentos
ministfriales, d1inislerio de In/or.
macir5n
ıı
Turi,mO»,
de
do~
ı:rıiditos
exlraordinarioı
por
ımporle
total
de.
221.299.007
pe,eta"
co!!
destincı
'atı..
tacer
atımciones
-de
la
DiTeccir5ıı
General
de
Raılıoıfl.
tusicJn
y
Teleı'i3i&n
de
I~S
aıios
1960,
1961
Y
1962.
LtI
a.cucıank
ncc~icıad
de
wSI'OIler
de
una
1'ea
prinlarıa.
c1e
televlsi6n 'que cubrlcse 4etcrmlnaQos
cbJetıvos
en
plazos
fjjOıS
coincıc.cnteıı
con
efemlirıc.e5
IUl.cıonaleB
0
actcı;
pOl1ticos
de
gran'
traacendencıe..
asi
como
per
ı",
preci.S16n.
tambien 1ndecllnable,
:le
dotar de
scrvlcJoo
de
rad.iodifuııion
aquell:ıa
regiones
espıı.fio
las
que
carecl:ı.n
de
uh
prcgrə.ma
ı:ıaclonal
adecu:ldo.
ha
lIevıı.c1cı
a
le.
lJireccion.
General
de
Radlcı11!Wl16n
y
Telcvıai6n
il.
real!zlU'
UIll:.
serle
de
gastOll
en
1~
aftO.ıI
mil noveclentos ·lIwnta. mil
no\'ecJentos sesenta y
uno
y mil
nO\'ec1entos
snenta
y
do.s
para
105
que
han resultado
ı!l.'!uflctente.~-
lcis
creditoıı
coıısignados
en
[05
respe'ctivos
fjercicio.5
economic05.
Se
hace per
ello
i:ıdlsp~m:ı.bıe
proceder 3
reconocel'
tas
citadas
ob!igaciones
y.
:11p~Pio
tlerrıpo,
otorgar
Ics
recursOll
. eu cuantia
b~tfl.nte
que sirva
no
solo
para liquidar
la,,;
suına;;
que
han
quedado
pendie:ıtes
de
pago,
51no
tambien para hacer
frente
en
el actua! ejercicio
ıj.
oCras
obligac:ones
conexas
ee
ıa.s
'antel'iores
que
h:ıbnin,
de
producirse.
Eu
su
virıud,
'1
de
coD!ormidad
con
la
propuestə.
elaborada
pur
las
Corte.s
EspQ.fiolas.
,DISPONGO:
Articulo pr!mero,-,se
r~conocen
como
obllgoc.loues
legales
de1
Estado las coutraldas por el Ministerio
de
ID!ormac:6n y
Turisma
dur:ı.nte
105
atlos
mil novecientos
:ıesenta.
mıl
novec!en·
tas
se;;ent!i.
y
uno
y
mil
novecientos
se~ent:ı.
y
por nn
lm.
porte
de
clento ochenta y
se!s
millone~
QUınlento~
veinte mil
cuatrocleııtas
dieclsels pesetas,
excedlenclo
las
re~pectivıı.s
eon-
sıgna~ones
presupuestas y
rclat!va.'!
,a
atenclone~
de
la Direcci6n
General
Cle
R!dIOcl!fuşı6n
'J
Telev~ıon.
~
-
Art!culo
segundo.-8e eonceae, para
l!CjUJC!ar
obııga~lone5
an·
ter1ores,
un
crecılto
extraordlnarıo
per el
e.ludidc
importe
ciento
ochenıa
y
5eıs
mıllones
quinientas veinte
mil
cuatrocltn.

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