Ley 25/1966, de 31 de mayo, de concesión de un crédito extraordinario de 154.000 pesetas a la Presidencia del Gobierno para atender a los gastos derivados de los nuevos enlaces técnicos de la Red Especial.

MarginalBOE-A-1966-9008
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
B.
O.
dd
E,-Num,
131
2 JUJUO 1966 6891
LEY
2311966,
de
,0
de
mayo,
de
concesion
rll'?
Iln credilo extraordinario
de
56.000.000
de
peseıa.~
al
Minislerio
de
Obras publica.s para
srıtisfacer
el
jomal
7ninınıo
establecida par Decreto
nıiınero
55.
de
17
de
enera
de
1963,
y corl relacion
dicho ejer'
ı:icio,
persoıırıl
obrero
de
ırı
Direcaion General
de
Obras
l-lidniıılicas,
con
anu/adan del
miS1no
importe
eu olra
consignCl{)ion
de.1
DerJtlrtamento.
La
aplicacı6n
aJ
personal jornaJero
d~
la
Direcci6n
Generaı
de
Obras
Hidı'iıulJcas
del
Decret;ı
numero
cıncuenta.
y cinco
de
dieclslete
de
enero de mil novecientos s€senta. y tres, que fij6
e:
salarl0 minlmo para
108
trabajadores
m~yores
de
dieciocho
aiios,
ha
supuesto un mayor
gas",o
que no
ha
podido
ıitenderse
con
108
creditos que en aquel afio
disııuso
en
su Presupuesto
el
Ministerio
de
Obra8 publicas.
En su vlrtUd, y
de
conformidad con la propuesta elabOrada
por
las Cort€s Espafiolas.
OISPONGO:
Arttculo
primero.-Se
concede un credito
cxtraordınarlo
de
cincuenta y seis millones de pesetns, aplicado al Presupuesto cn
vigor de
la
Secc16n
diecisiete
de
Ob1igac:ones
de
lo~
Departa-
mentos
mlnJsterıales,
IIMinisterio
de
Obras
Publicasıı;
capitulo
cient;ı,
«Personalı);
articulo
cieııto
cuarenta.
ılJornalesıı:
serVic\o
trescientos velntlseis,
ıI.Direcc16n
General
de
Obras
Hidr:iu1icas)ı;
concepto nuevo tre8clcntos
velntıSt'!is-clento
cual'enta y dos, con
destlno a liqUidar un anticipo
de
Tesoreria concedido por
Consejo
de
Ministros
eıı
veintidos
je
novlembrc
de
mil nove-
cientos sesenta y t:es para
el
abono
del
jornal
mi=o
estable-
cido por Decreto numero cincucnta y c:nco de diecisiete
de
enero
del
mlsmo afio al personal obrero
de
la
Direccion General
de
Obras Hidr:iulicas, y con relaci6n a devengos
de
dicho ejcrcicio.
Articulo segundo.-Se anula la
mlsmo.
cantidad
de
cincuenta
y seis mUiones
de
pesetns en
remanente anulado en treinta
y uno de dlclembrc de mil noveclentos sesenta y tres, 0 en las
Incorporaciones
qııe
posteriornıente
hayan
podido
reallz:ı.rse,
de!
credita
de
La
nıiSlna
Secci6n dleclslet€, «Ministcrio de Obras
Püblicas»;
cııpitulo
setecientos, «Inverslones
prodııctoras
de
In-
gresosı);
articulo sctecientos diez, «Constl'ucciones e instaJacJo-
nes y nmpliaci6n y reforma
de
lus existent€s»; servlcio trescien-
t1lS
veintiseis, «Direcciôn General
de
Obras
Hidrıiul1cas»;
con-
cepto
trescieıılos
veintlsels-setecientas once, «Para
la
ejecuci6n
de
obraz e Instalaciones en pantanos, saltos
de
pie
de
presa..
Iinetıs
de
transport€, etcetera».
Dada
en
el
Palacio
de
El
Pardo a treinta y
mıo
de mayo
de
mil novecientos scscnta y seis,
FRANCISCO FRANCO
LEY
24/1966,
de
31
de
mayo,
de
c01lcesion
de
un crt!dito cxtraordina.rio de
46,868,000
pesetas
a.
ia.
PrcS'ldencia
del Gobierno, con
destiııo
a sujragar
los
gastos
que
origitıe
la formaci6n del
Censo
e/ectoral
general
de
reS'tdentes
mayores
de
edad
V vecinos
cabezas
dr familia.
Dispuesta por Decreto
nılmero
dos
m.u
doscicntos
treinta
y
siete de velntld6s
de
Julio
de
mil novecientos sesenta y cinco
la
confecc16n por el
ın:ıtituto
Naclon51 de Estadistica del censo
electoral general de resldentes mayores
df'
eda.d
Y veclnos cabe-
ıas
de familla, con referencla al
trelnta
y uno de diciembre
de1
afia
ılltiıno,
es
preclso habllltar recurS08
para
atender a
la.s
obllgaclones
qUC
asi se
proctuzc:ı.n,
ya que.
POl'
!l0
tener dlchos
ı,:astos
cB.I'acter
permanente,
c:ı.recen
de
dotaci6n en el Presu-
pucsto
de
la
Presldeııcia
del Gobierno,
En
su virtud, y
de
conformidad con
la
propuesta ela.borada
por las Col'tes
Espafıolas,
DISPONGO:
ArticUlo
primero.-Se
concede
ıın
credit;ı
extraordlnarl0
de
cuarenta y seis millones ochocientas sesenta Y ocho
mU
pesetas,
aplicado al Presupuesto en
vi!$or
de la 8ecci6n once de Ob1iga.
ciones
de
108
DeP:ı.rtnment;ıs
mlnisteriales, «Presidencla del
Go-
bierno»; capitulo trescientos, «Oastos
de
10;;
Servic!osı);
artlculo
trescientos cincuenta, I(Otros gastos ordinarlos»; servicio ciento
diez,
«Dlrecclon General del Instltuto
Nacicına1
de
Estadistic[»;
concepto nuevo ciento diez-trescientos cincuenta Y cuatro, des-
tlnado a satisfacer todos
105
gastos que origine la formacl6n del
censo electoral de resJdentes mayores de edad y vecinos cabe-
ZIIS
de
famila,
de
conformldad con
10
establecldo por
e1
Decreto
ııılmero
dos
mıl
dosciento~
,reinta y sietc,
de
ycintıd6s
de
juliO
de mil
noveciento~
se~enta
y clnco,
segıi.n
distrlbuci6n que previo
informe del MinJsterio de Hacienda ha
de
aprobarse por
la.
Presldencia
dd
Gobierno.
Articulo
segundo.-El
lmporte a
qUe
asciendc el mencionado
credito
elCtl'aordin~io
se
cubrlr!ı
cn la forma
deterıninada
por
el
articulo cuarenta y uno
de
la
ı'igeııte
Ley
de
Admiııistracl6n
v Contabllidad
de
la lIar.:rnda
Piıblica,
. Dada
eıı
el
Pnlacıo
de
i!:l
Pardo a
trelnt"
y
ııno
de
mayo de
mil novecientos sesenta y seis.
PRANCISCO FRANCO
LEY
2511966,
de
31
de
1nayo,
de
conceS't6ıı
de
un
cri!dito extraordinario
de
154,000
pesetcıs
a
la
Presicleııcia
del
Gobierııo
para
ate1lder
a
10$
gru;tos
derivados
de
los
nUevos
enlaces
ti!cnicos de la
Red
Especial.
La
Red
Eı;pecial
con centraJ
auto~:itica
de Su Excelencla.
el
Jef~
de!
Estado,
qUe
da
serviciü a
lOS
dist:ntos
:-'1iııisterios,
tlene
aıin
peııdielltes
de
enJace cinco Dcpartamentos, sin que
se
dis-
ponga en el Presupuesto
de
la PreRidencia
del
Gobierno
de
cre-
dlto adecuado para la referida instalaci6n
En
su
virtud, y de
corıformidad
con
la
'propııesta
el:ı.borada
POl' las Cortes Espafiolas,
DISPONGO:
Articulo
primero,-Se
concede
un
crmto
extraordinario de
ciento cincucnta y cuatro mil pesetas, aplicado
aJ
Presupuesto
en
vıgor
de
la
Secci6n
oııce
de
Obligaclones
de
108
Departnmcn-
tos ministeriales, «Presidencia del GobicrnQ»; capitulo trescien-
tas, I(Gastos de
10s
Servlclosıı;
artlculo trescientos diez, «Adqui-
siciones
ordin:ı.riasıı;
ser\':cio ciento uno «Presidencia y Servicios
generalesıı;
concepto ciento
uno-trescient;ıs
once,
lCPara
a.wnder
a.
los
gastos
derivado~
de
los nuevos cn1aces t€lefônicos en
la
Red
Especialıı.
Articulo segundo,--El importe a que asciende el
nıencionado
credito
cxtraordınario
se
cubril'u en la forma determinada. per
el
articulo cuarenta. y
UllO
de la vigent€
Ley
de
Admınıstracl6n
y Contabi1idad
de
la Hnclenda
püblicrı..
Duda en
el
Palacio de El Pardo
P.
treinta y tlno
de
mayo :le
mil noveclentos sesenta y seis,
FRA.~CISCO
FR!I.NCO
LEY
26/1966,
de
31
de mayo,
de
conceSiôn
de
tres
crı!ditos
extraordinarios,
en
cuantla
total de
474.678
pesetas,
al Ministerio
de
Edııcaci6n
Nacional
1jara
payo
de
diversas atenciones
de
personal y ma·
terial
causada.s
duronte
los
aiios
1962,
1963
V
1954,
En
105
:ıfios
mil
novecıentos
sesenta y
d05
a mil noveclentos
sescnta y cuatro Ilan quedado pendientes
de
satls!acer, por
In-
s1lficiencia de sus dotaciones presupuestas,
dlversıı.s
atcnciones
de
personaj
POl'
dietas, aslstencias.
gratificaciane.~
Y otras del
MinJscerl0
de
Educaciôn Nacional.
En
su
virtud, Y de conformidad con
la
propuesta elabc.rada
por las Cortes
E5pa.ılolas,
DISPONGO:
Articulo
primero.-Se
convəl!dan
coma obligaciones !egales del
Est.ado las contraldas por
Ministerio
de
Educaci6n Naciona1
durant€
105
aiios mil novecientos sesenta y
dos,
mil novecientos
sesenta y tres y mil
novecieı:tos
sesenta. y cuatro,
rel:ıtlvas
LI.
quinqueııios,
d~etas,
aSlstenclas, astgnaci6n
de
ı;ı:~idcncia
y ma-
terial
de
oficlna no lnventariable, excediendo las respectJvas
consıgnacioııes
presupuestarias por un importe total de cuatro·
cientas setenta. y cuatro mil seiscientas 8etenta y ocho pcseta.s.
Articulo
segundo.-se
conceden para su
a.bono
tres creditos
extraordlnarlos
en
cuantia. total de cuatrocientas setenta y cua·
tro mil seiscicntas setenta y acho pesetas, apllcados al Presu-
puesto
en
vigor
de
la
Secci6n
dieCıocho
de Obl1gaclones de
108
Departameııtos
ministeria1es,
(cMlnJsterio
de Educaci6n Nacio-
nalıı;
servicio tresclentos cuarenta '! uno. (rMlnlsterio, Subsecre-
tarla
y Scrvicios Gener o
!e~",
de las qlle sesenta y tres mil dos-
cicntas diecinueve se ap1icaran al capitulo clento, (Personal»;
ar·
ticul0 ciento veinte, I(Otras remuneraclones»; conccpto trescien.
tos cuarenta y uno-clento
vCirıtiseis,
«(8erviclos
variosıı;
subcon·

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