Ley 155/1965, de 21 de diciembre, de concesión de un suplemento de crédito de 150.000.000 de pesetas al Ministerio de Trabajo para satisfacer atenciones derivadas del paro obrero.

MarginalBOE-A-1965-21366
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
17234
23 diciembre 1965
B.
o.
del
E.-Num.
306
coın
y
traslıı.dos»:
serviclo
treııclentos
Och
«Dırfccion
~A1
de Segurld&d»; concepto nuevo tresc1entos ocho-clen'..o
tre1nt&
y
elnco.
Artfculo tercero,-.El importe
a.
que aSClende el menclonado
cred1to
extrMl'dinə.rio
se
cubririı.
en
la.
forma
determinaaa. por
eI
art!cu1o
cuarenta
y
uno
de
la
vlgente
Ley
de
Admln1stracl0n
1
Contabilidad
de
la
Hacienda
Pıiblica.
Dad:ı.
eu
ei
Pal~cıo
de
El
Pardo
a
veintiuno
de
dJçi~\)re
de
mil
novecientoS sesenta
Y
cinco
FRANCI5CO
FRANCO
LEY
15311965.
de
21
de
diciembre,
de
concesion
de
un
suplmnento
de
credito
de
1.661.007
pesetaJ
cıl
Ministerio
de
lndustria,
con
destino
inCTe-
mentar
laa
remuneraciones
de
personal
no
tu.n-
cionario' del Departamento.
En
el
Mini.sterio de Industria presta servicio
un
perııonııl
DO
runcionario,
cUYIl
retribuciôn es
pre<:iso>
mejorar, teniendQ
en
cuenta
que
ı::ll
la
actividad
prıvada
108
produetmea que
rwl!zan
oometidQS
aıııilogo.s
han
aıcanzado
mayores
retribucione.:ı,
En
su
virtud. y de
conformidD.
con
La
propuesta
elaborııda
ııor
ltwı
Cortes Espaiiolas,
DISPONGO:
Anfculo
primero.-Se
concede
un
suplemento
~
credito
de
ıın
mill6n seiscientas scscnta
y
un mil
~iete
peseta.:ı
figUrıı
en
Presupuesto
en
vigor
de
La
Seccicin veinte
de
ObllgllClo-
nes
de
108
DeplırtamentoS
nıini.:ıteriaies,
«Ministerio
de
In
tria»; capitulo cicnto.
crPersona!ıl;
articulo ciento cua.renta, «Jor-
naIe.S»;
servicio trescientQs ochenta
y
uno, «Minlsterlo.
Suıı.se
cretıı.ria
y
Servicios generales»; concepto
nıimero
tr~cienw:ı
ochenta. y
uno-ı:iento
cuarenta
y
uno,
,Para
ııoono
de
LQS
Jor·
naies
y
pagas
extraordinarla.:ı
Que
correspondan con
ıırreglo
a
La
legi.s1l1ci6n
laboral
il
los
productores. etc.». con destino a
la
me-
jora
de
108
m~mos.
condicionada a
Que
108
perceptores
no
reci.
ban
remunel'ııciôn
alguna
adicioı:.al
por
ningı1n
otro
conceptQ
del
Preııupue.sto
del Estado ni de EntidMles estataies aut6nomas
Artiı:ulo
segtındo,-EI
importe a
Que
wıciende
menclQnndo
suplemento de credito se cubrira
en
la
forma determinada
por
el artlculo
cuarenta
l'
uno
de la vigente
Ley
de
Adnıinistracl6n
v
Contıı.hllldad
de
La
Haclenda
Piıblica,
Dada
en
el Pu,lacio
aı:
.b:1
P::ıl'do
a
\'eintiuno
de
dicıembre
de
mil
noveclent-oo
ı;e.~nta
y
cİlıco,
FRANCISCO FRANCO
LEY
15411965,
de
21
de
diciembre.
cle
concesion
de
1/
cn!dito r:rtraordinario
de
7.617.172
pese-
tas
al
!I1intsterıo
de
Ind'U,~tria,
con
dest!no
al
paya
de
las
obras
realizadas
hasta
fin
de
1963
en
la
zona
minera
dq
Linares
(Pozo
de
San
VicenteJ,
con
anu-
laC'i6n
de
la
misma cuantia
en
otro credito a/ecta
al
Departamento.
Lııs
obras
de
investlgaci6n
en
profundidad realizadas
en
la
zona mlnera de Linares
(POZO
de
San
Vicentei desde
dlclembr~
de mil novec!entos sesenta
y
dos a diciembre
de
mil
noveclento~
sesenta
y
tres
se
llevaron a cabo sin que
en
105
ejerelcios
eco-
n6micos citados se dispusiera de cl'ediw presupuesto,
En
su
v1rtud.
y
de conformidad con la propuesta
elıoborıı.da
pOr
laı,
Cortes Espanolas,
DISPONGO:
Artlculo
primcro,-St
coııva!idan
romo obligaciones
leg:ıles
de! Estado tas contraidas por
Mini5terio de
Industria
oon la
Empresa "Obras
Subteminea,~.
S.
A.»,
con motivo
de
las
reııli·
zadas por
la
misma de investigaci6n
en
profundidad de la
zoıia
minera
de Linares (Pozo de San Vicente) desde dlciembre
de
mil
noveclent.:ıs
liesenta y dos a
treinta
y uno
de
diciembre
de
mil noveclentos sesenta y tres. por
un
iınporte
de
slete millones
seisclentas dleclsiete mil ciemo
setenta
y dos pesetas.
Articulo
segundo,-Se
concede
para
su pago un credito ex-
traordinıı.rl0
por el aludido importe de siete milloncs seiscien-
t.ıı.s
diec181etemil
clent.o setenta y dos pesetas. aplicado al PrelU-
J)uesto
en
vigor
de
la Secci6n velntE' de Obllge.c!Qnes de
1011
Departamentos
ministeriaieş,
IIMlnJ5terıo
de
Indu5trla~;
CApltu·
10
seıscıentos,
«lnver81ones
en
capital real»;
artıculo
seisclentos
diez
«Coll!trucclones e
lrutıılaciones
Y
aınpllaci6n
y
reforma
de
las
~Xistenteı;.·
serviclo tresclentos
ochenta
y cuatro,
d)irecci6n
General de
Mlnas
y
Combusllbles»; eoncePto nuevo
tresciento.:ı
ochenta
y
cuatro-ııelsc!entos
trece.
ArtlcUıo
Lercero.--Se anUla
la
sunıa
de siete
nıillones
sels-
cientas diecisiete
mıl
ciento
setenta
y
das pesetas
en
la
m!snıa
Secciôn veinte.
capituıo
seiscienws, articUlo
seiııcientos
diez
y
servlcio tresclentos
ochent:ı
y cuatro, concep\o
tresclı:ntos
ocnen-
ta y
cuatro-selsctentos once,
«Pıı.ra
la
term!nac!6n
de
lQS
tra-
balos de
ınvestigaci6n
en
profundJdad
de
la
zona
tninera
do
Linares (Pozo de
San
Vlcente)>>.
Dac!a
en
el
Paiaclo
de
El
Pardo
a veint!uno
de
dlcieınbre
de
mil nQvecientos sesenta
Y
cineo
FRANCISCO
F'RANCO
LEY
15511965,
d.e
21
de
diciembre.
de
concesJOn
cle
un
suplemento
de
crcdito
de
150.000.000
C1e
pe.
:etas
al
Mtnisterio
de
Trabajo
pa.ra
satisfacer aten-
ctones
derivad4s
del
paro obrero.
La.
~ituacı6n
des1avorable
en
que
.se
encuentran
los
trabaja-
dOres
de! campo
en
determinad~
regiones,
ıl
consecuencia
de
..dvers!lS condlclones
eliınatoıôgica.~,
hace
ındispenııable
dedica.r
reeursos
en
cuııntia
de
Importancla
para
real1zar
trabajos
de
indudable oonveniencll1. que absorban
la
mMO
de
obra de.sem-
pleada,
En
su
virtud,
y
de
conformldad con
la
propuesta ela.bor'ada
por
le.s
Cortes
E.'ipafiolas,
DISPONGO;
Aı:ticulo
primero.-Se
conce
un
.suplemento
de
credito de
ciento clncuenta
mi1lonc.s
de
~ta.5.
al figurado
en
cI Presu-
puesto
en
vıgor
de
la
.secci6n diec!nueve
de
OblIgaciones
de
Io.~
Departarnentos ministerlales.
~Min1sterio
de
Trabajo»;
capitUıo
cuatrocientos, «Subvenciones. auxilios.
partıcipo.ciones
en
ingre-
SOS
y financiaciones.-'Para gastos corrientes»; articulo:
cııatro
clentos diez,
«A
faı-or
de Organismos aut6nomos y Entldades
y
Empresas
pıiblica.5»;
serviCl0 trescientos se.oenta
y
.s<>Js,
«Direc-
ciôn General de Emp!eo»; concepto trescientos
sesenta
y
seis-cua.-
trocientos once,
subvenc!ones
destin.:ıdas
a
combatir
el
paro obrero propuestas por
la
Direcci6n General. con apro-
baciôn del Minister',o
y
acuerdo
dd
Consejo
de
Ministros».
ArticUlo
segundo,-EI
impol'te a que
::ısciende
el mencionaQo
suplemento de
crMlto
se cübrir:i.
en
la
forma
determinada
por
el artfculo
cuarenta
y
uno
de
la vigente
tey
de
Adminiı;traclön
y
Contab!lidad de la
Hacienda
pubIica.
Dada
en
Palacio
de
El
Paroo
a
velnti'Ul1o
de
diciembre
de mil
novecıentos
sc.'ienta y cinco,
FRANCISCO FRANCO
LEY
15611965.
de
21
de
diclenıbre.
de
concesi6n
de
un
CTe.dito
extraordinario
de
~.294.797
pesetas
,Winisterio
de
Trabajo para satisjacer remunc-
raC'iones
personales
a
108
."vfagistratıos
de
Trabaio
durante
el
ana
1964,
En
cumpl1mlento
de
la Ley clento clncuenta
y
seis/mil nove-
c!ento.s
~esenta
y tres, de dos de diclembre.
en
la
que
~e
esta-
blece
Que
la
sunı:J.
de
todos
LOS
emolumentos de los Magi.stradoS
de
Trabaıo
sera IguaJ a
la
Que
tlene asignada
la
categorfa
res-
pt"!CtiVa
del Escalafôn
dı:
la
carrera
Judiclal. el
Min~~terio
co-
rrespondiente ha
traıııitado
una
petici6n
de
recursos con el
fin
de obtener
10.5
Que
~on
indis])ensables
para
el abono
de
las
gra-
ılficaciones
deiada.5
de
perelbir
durante
el
ai"io
mil novecientos
sesenta
y
cu:ı.tro
por el cltado personaJ.
Bıı
su vlrtud. y de eon!ormidad con
la
propuesta
eIaborada
por las Cortes Espafiolas,
DISPONGO:
Artlculo
primero.-Se
coııcede
un credito extraordinarl0
de
cuatı'o
millones dosoientas noventa
y
cuatro
mil
~tecientn.s
no-
venta
y
siete
peııetM,
apliewo
al PresupuestQ
en
vlgor
de
la
secci6n diecinueve
de
obllgaciones
de
los DepartamentoS
mini&-
teriales,
«Min:ı.sterio
de
Trab:ı.jo»;
capitUıo
cien, «PersonaJ»;
ıı.r-

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