CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.

MarginalBOE-A-1999-3698
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyCorrección

CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.

Advertidos errores en el texto del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, publicado en el 'Boletín Oficial del Estado' número 22, de 26 de enero de 1999, se procede a efectuar las oportunas modificaciones:

En la página 3442, primera columna, debe incluirse la siguiente norma:

'Disposición adicional tercera. Contrato de seguro en la circulación de vehículos a motor.

Dentro del ámbito de sus competencias las autoridades encargadas de la vigilancia del Tráfico prestarán especial colaboración para el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.'

En la página 3444, primera columna, disposición final tercera, párrafo primero, penúltima línea, donde dice:

'...presente Reglamento.'; debe decir: '...presente Reglamento. La modificación del anexo 9 requerirá, además, la conformidad del Ministro de Fomento'.

En la página 3448, segunda columna, artículo 14, apartado 2, primer párrafo, última línea, donde dice: '...recoge en el anexo I.'; debe decir: '...recoge en el anexo I, previa comprobación de que se encuentran amparados por la autorización de transporte legalmente procedente'.

En la página 3449, primera columna, artículo 15, apartado 5, segundo párrafo, décima línea, donde dice:

'...sobre dispositivos o materias...'; debe decir: '...sobre dispositivos o materiales...'.

En los artículos 16, 7, 8, 9, 12, 13; 17, 7, 8, 9, 10, 12, 13; 22, 2, 4; y 23, 5, donde dice: '...circular de noche por tramos de vías...'; debe decir: '...circular de noche, por tramos de vías...'.

En la página 3462, segunda columna, artículo 51, apartado 4, séptima línea, debe entenderse no publicado el párrafo siguiente: 'de acuerdo con el procedimiento que se determine en el Reglamento de Infracciones, Sanciones y Medidas Cautelares y, en su caso, con lo establecido en la reglamentación que se recoge en el anexo I'.

En la página 3464, anexo I, materias 'emisiones' y 'humos', cuarta columna, donde dice: 'RD 2028/86';

debe decir: 'D 3025/74, RD 2028/86'.

En la página 3469, anexo I, apartado 2. IV, Reglamentación, OM 26-7-94, donde dice: '...personas...';

debe decir: '...personal...'.

En la página 3492, anexo X, apartado 2, línea de luz antiniebla delantera, tercera columna, donde dice:

'BLANCO a AMARILLO SELECTIVO'...

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