Corrección de errores del Real Decreto 552/2014, de 27 de junio, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y se modifica el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea.
Marginal | BOE-A-2014-12293 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Corrección |
Advertidos errores en el Real Decreto 552/2014, de 27 de junio, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y se modifica el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 159, de 1 de julio de 2014, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 50150, artículo 15.3, apartado a), donde dice: «(...) volar a altitud mínima (...)», debe decir: «(...) volar a altura mínima (...)».
En la página 50150, artículo 15.3, apartado b), donde dice: «b) Indicar las altitudes mínimas (...)», debe decir: «b) Indicar las alturas mínimas (...)».
En la página 50151, título del artículo 16, donde dice: «Altura mínima de vuelo.», debe decir: «Altitud mínima de vuelo.»
En la página 50156, disposición adicional segunda, segunda línea, donde dice: «(…) distintas de las previstas en el Reglamento (UE) (…)», debe decir: «(…) al que no sea aplicable el Reglamento (UE) (…)».
En la página 50159, en el segundo párrafo, tercera línea de la definición de Accidente, donde dice: «(…) período comprendido entre en (…)», debe decir: «(…) período comprendido entre el (…)».
En la página 50159, último párrafo de la letra a) de la Nota incorporada a la definición de Accidente, donde dice: «(…) a los pasajeros u la tripulación, (…)», debe decir: «(…) a los pasajeros o la tripulación, (…)».
En la página 50160, primer párrafo de la definición de Circulación Aérea Operativa/Tránsito Aéreo Operacional, donde dice: «(…) aprobado por Real Decreto 552/2014, de 27 de junio (…)» debe decir: «(…) aprobado por Real Decreto 1489/1994, de 1 de julio, (…)».
En la página 50161, en la tercera línea de la definición de Centros de avisos de ciclones tropicales (TCAC) donde dice: «(…) os centros de control de área, (…)», debe decir: «(…) los centros de control de área, (…)».
En la página 50162, tercer y cuarto párrafo, donde dice: «2. Se adiciona un nuevo apartado 1.3., del siguiente tenor: "1.3. (…)"», debe decir: «2. Se adiciona un nuevo capítulo 3, del siguiente tenor:
"CAPÍTULO 3
1.3 (…)"».
En la página 50162, séptimo y octavo párrafo, donde dice: «3. Se adiciona un nuevo apartado 1.4., con la siguiente redacción: "1.4. (…)"», debe decir: «3. Se adiciona un nuevo capítulo 4, con la siguiente redacción:
"CAPÍTULO 4
1.4 (…)"».
En la página 50163, primer y segundo párrafo, donde dice...
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