Corrección de errores de la Orden PRE/2315/2015, de 3 de noviembre, por la que se modifica el contenido de los botiquines que deben llevar a bordo los buques según lo establecido por el Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar.

MarginalBOE-A-2016-956
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyCorrección

Advertidos errores en la Orden PRE/2315/2015, de 3 de noviembre, por la que se modifica el contenido de los botiquines que deben llevar a bordo los buques según lo establecido por el Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 265, de 5 de noviembre de 2015, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En el anexo, apartado A), anexo II, Dotación de los botiquines según su categoría, Sección I-botiquín A, página 104545, en la tabla correspondiente al cajón 8: antibióticos y antiinfecciosos, en la fila correspondiente al código ATC J06BB, en la columna principio activo, donde dice: «gammaglobulina antitetánica(d)»,debe decir: «gammaglobulina antitetánica(c)».

En el anexo, apartado A), anexo II, Dotación de los botiquines según su categoría, Sección I-botiquín A, página 104546, en la tabla correspondiente al cajón 11: material de examen médico y control de utilización del botiquín, en la columna correspondiente al tipo de material, en la fila octava, sobres para información médica confidencial, en la columna >20 Tripulantes, donde dice: «15 sobre», debe decir: «15 sobres».

En el anexo, apartado A), anexo II, Dotación de los botiquines según su categoría, Sección I-botiquín a, página 104546, en la tabla correspondiente al cajón 12: instrumental médico y material de inyección y sutura, en la columna tipo de material, en la fila cuarta, donde dice: «suturas no absorbible de 3 ceros (000), con aguja. Paquete individual», debe decir: «sutura no absorbible de 3 ceros (000), con aguja. Paquete individual».

En el anexo, apartado A), anexo II, Dotación de los botiquines según su categoría, Sección III-botiquín c/botes salvavidas, página 104554, en la tabla correspondiente al material médico, en la fila vigésimo primera, donde dice: «collar cervical para inmovilización. Rígido graduable*», debe decir...

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