Corrección de errores de la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida.

MarginalBOE-A-2020-4833
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyCorrección

Advertidos errores en la publicación de la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 47, de 24 de febrero de 2020, se enuncian con el fin de que puedan ser corregidos:

En la página 16594, en el índice, donde dice: «Anexo III Contadores de agua. Evaluación de la conformidad e instrumentos en servicio», debe decir: «Anexo III Contadores de agua».

En la página 16595, en el preámbulo, segundo párrafo, donde dice: «… diversos instrumentos de medida y adaptar la regulación a lo previsto en el la Ley 32/204, de 22 de diciembre…», debe decir: «… diversos instrumentos de medida y adaptar la regulación a lo previsto en la Ley 32/2014, de 22 de diciembre...».

En la página 16595, en el preámbulo, quinto párrafo, donde dice: «… la clarificación de cuanto estamos…», debe decir: «… la clarificación de cuando estamos…».

En la página 16606, en el anexo I, apéndice I, apartado 1, donde dice: «… siendo e el intervalo…», debe decir: «… siendo e el intervalo…».

En la página 16608, en el anexo I, apéndice I, apartado 8, donde dice: «… Máxi = n × ei…», debe decir: «… Máxi = n × ei…».

En la página 16608, en el anexo I, apéndice I, apartado 8, donde dice: «… Máxi = ni × ei…», debe decir: «… Máxi = ni × ei…».

En la página 16618, en el anexo II, apéndice II, punto 2, Tabla 12, donde dice: «… Instrumentos de pesaje totalizadores discontinuos de funcionamiento automático (cinta de pesada)», debe decir: «… Instrumentos de pesaje totalizadores continuos de funcionamiento automático (cinta de pesada)».

En la página 16620, en el anexo III, apartado 4, punto 2 donde dice: «2. Estos contadores no estarán sujetos a verificación periódica. 3. Se prohíbe la reparación o modificación de estos contadores.», deberá iniciarse un nuevo párrafo a partir de «3. Se prohíbe la reparación o modificación de estos contadores.».

En la página 16620, en el anexo III, apartado 4, donde dice: «3. El periodo de vida útil…», debe decir: «4. El periodo de vida útil…».

En la página 16620, en el anexo III, apartado 4 donde dice: «4. Cuando el propietario del contador…», debe decir: «5. Cuando el propietario del contador…».

En la página 16620, en el anexo III, apartado 4, donde dice: «… operaciones y gestiones relativas a los requisitos sobre la vida útil del presente artículo,…», debe decir: «… operaciones y gestiones relativas a los requisitos sobre la vida útil del presente apartado,…».

En la página 16626, en el anexo III, apéndice III, apartado 2.12, párrafo tercero, donde dice: «… servicio por el periodo de cinco años indicado en el artículo 4.4 de este anexo.», debe decir: «… servicio por el periodo de cinco años indicado en el apartado 4.4 de este anexo.».

En la página 16628, en el anexo III, apéndice III, apartado 4.1.i, párrafo tercero, donde dice: «El contador deberá instalarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante respecto a los tramos rectos de tubería anterior/posterior o bien la existencia de un tranquilizador de flujo…», debe decir: «El contador deberá instalarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante respecto a los tramos rectos de tubería anterior/posterior o bien la existencia de un estabilizador de flujo…».

En la página 16629, en el anexo IV, apartado 3.1 donde dice: «… les será de aplicación lo dispuesto en el artículo 4 de este anexo», debe decir: «… les será de aplicación lo dispuesto en el apartado 4 de este anexo.».

En la página 16629, en el anexo IV, apartado 3.2...

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