Corrección de errores de la Ley 1/2017, de 9 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2017.
Marginal | BOE-A-2017-3026 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Corrección |
Detectados errores en la Ley 1/2017, de 9 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2017, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 53, de 3 de marzo de 2017, debe procederse a la corrección en los siguientes términos:
En la página 15083, donde dice:
«Consorcios adscritos a la administración pública regional | Euros |
---|---|
Consorcio Campos Universitario de Lorca | 402.500 |
Consorcio Gestión de Residuos Sólidos Región de Murcia | 9.545.245 |
Consorcio Marina de Cope | 500 |
Consorcio de las Vías Verdes de la Región de Murcia | 136.000 |
Consorcio Depósito Franco de Cartagena | 167.765 |
Total | 1.025.201,00» |
«Consorcios adscritos a la administración pública regional | Euros |
---|---|
Consorcio Campos Universitario de Lorca | 402.500 |
Consorcio Gestión de Residuos Sólidos Región de Murcia | 9.545.245 |
Consorcio Marina de Cope | 500 |
Consorcio de las Vías Verdes de la Región de Murcia | 136.000 |
Consorcio Depósito Franco de Cartagena | 167.765 |
Total | 10.252.010» |
Donde dice:
Cuatro. Se modifica el párrafo c) del artículo 29.2, que queda redactado en los siguientes términos:
c) Los presupuestos administrativos, de explotación, y de capital, de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades mercantiles regionales, fundaciones del sector público autonómico y consorcios adscritos a la Administración pública regional, que se determinan en el artículo 57.4 y en las disposiciones adicionales segunda y tercera
.
Debe decir:
Cuatro. Se modifica el párrafo c) del artículo 29.2, que queda redactado en los siguientes términos:
c) Los presupuestos administrativos, de explotación, y de capital, de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades mercantiles regionales, fundaciones del sector público autonómico y consorcios adscritos a la Administración pública regional, que se determinan en el artículo 57.1 y en las disposiciones adicionales segunda y tercera
.
– En la disposición adicional trigésima novena, referente a «Condonación de deudas de usuarios de la prestación farmacéutica ambulatoria»; de acuerdo con la solicitud de la...
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