Orden APU/1297/2007, de 4 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

MarginalBOE-A-2007-9705
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2007, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, acuerda convocar pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, a la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria de 5 de julio de 2006 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases de convocatoria

  1. Bases comunes

    Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero (Boletín Oficial del Estado número 48, de 25 de febrero de 2005).

  2. Normas generales

    2.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir setenta y cinco plazas en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, por el sistema de promoción interna desde Cuerpos o Escalas del grupo B incluidos en el anexo VI, de esta convocatoria.

    2.2 Del total de plazas se reservarán cuatro para ser cubiertas por personas que reuniendo las restantes condiciones de participación presenten discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100. Las plazas reservadas que resultaran desiertas se acumularán al turno ordinario de provisión.

    2.3 A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia, y las bases de la convocatoria.

    2.4 La adjudicación de las plazas se efectuará de acuerdo con la calificación final del proceso selectivo, según la petición de destino, a la vista de los puestos de trabajo vacantes que se ofrezcan.

    2.5 El procedimiento de selección de los aspirantes se efectuará mediante el sistema de concurso-oposición, al que seguirá un curso selectivo de formación, tal y como se describe en el anexo I de la presente convocatoria.

    2.6 El programa que ha de regir en la fase de oposición de estas pruebas es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

  3. Requisitos de los candidatos

    Además de los establecidos en las bases comunes, para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha de finalización de presentación de solicitudes y deberán gozar de los mismos durante el proceso selectivo:

    1. Estar en posesión o en condición de obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

    2. Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo B incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la ley 30/1984, de 2 de agosto, y que se encuentren relacionados en el anexo VI de esta convocatoria, o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo B y destinados en la Administración General del Estado.

    3. Estar incluido, a efectos de promoción interna, en el ámbito de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

    4. Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del grupo de titulación inmediatamente inferior al del Cuerpo o Escala al que pretenden acceder.

  4. Solicitudes

    4.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado a través de Internet en la dirección www.map.es o en el portal del ciudadano (www.060.es).

    4.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La solicitud se dirigirá al Director del Instituto Nacional de Administración Pública.

    4.3 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas a través de la dirección de internet www.map.es.

      La presentación de solicitudes por esta vía conllevará igualmente el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

      En aquellos casos en que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, esta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

    2. Igualmente, podrán presentarse en el Registro del Instituto Nacional de Administración Pública (calle Atocha, n.º 106, 28012 Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado octavo.2 de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

  5. Certificación de servicios

    Los aspirantes que superen los ejercicios de la fase de oposición deberán presentar en el Registro del Instituto Nacional de Administración Pública, calle Atocha, 106, 28012 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que se hagan públicas las listas de aprobados de la fase de oposición, una certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerios u organismos donde presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios (según modelo que figura como anexo V a esta convocatoria), en la que, entre otros extremos, se contenga la mención expresa de la antigüedad referida al día de publicación de esta convocatoria, así como del grado personal consolidado en dicha fecha y debidamente formalizado, y del nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que desempeñen en la misma fecha.

    La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.

  6. Tribunal

    6.1 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas es el que figura en el anexo III de esta convocatoria. El Tribunal podrá acordar la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, cuando las circunstancias o el carácter de la prueba así lo aconseje.

    6.2 De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Tribunal velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    6.3 El Tribunal adoptará las medidas precisas de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes, de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.

    6.4. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que el primer ejercicio de la fase de oposición sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

    6.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Administración Pública, calle Atocha, 106, de Madrid. Teléfonos 912739217/155/121 y dirección de correo electrónico pruebas selectivas.etgoa.promocioninterna@inap.map.es.

  7. Valoración de méritos de la fase de concurso

    7.1 La valoración de los méritos señalados, que se aprobará por el Director del Instituto Nacional de Administración Pública a propuesta del Tribunal, se realizará de la forma siguiente:

    1. Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de un punto hasta un máximo de 28 puntos.

    2. Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado a que se refiere la base 5, se otorgará la siguiente puntuación:

      Grados 16 y 17: 11 puntos.

      Grados 18 y 19: 12 puntos.

      Grados 20 y 21: 13 puntos.

      Grados 22 y 23: 14 puntos.

      Grados 24 y 25: 15 puntos.

      Grados 26: 16 puntos.

      En caso de no tener grado consolidado, será computado el del puesto de ingreso en el Cuerpo o Escala de procedencia de acuerdo con el anexo VI de la presente convocatoria.

    3. Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado y en los órganos constitucionales el día de publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

      Nivel 18 e inferiores: 13 puntos.

      Nivel 19: 14 puntos.

      Nivel 20: 15 puntos.

      Nivel 21: 16 puntos.

      Nivel 22: 17 puntos.

      Nivel 23: 18...

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