ORDEN APA/960/2003, de 8 de abril, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, a la Escala de Analistas de Laboratorio del IRA.

MarginalBOE-A-2003-8366
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

ORDEN APA/960/2003, de 8 de abril, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, a la Escala de Analistas de Laboratorio del IRA.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003, de 21 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2003, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Analistas de Laboratorio del IRA con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

  1. Normas generales

    1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas de la Escala de Analistas de Laboratorio del IRA, 'Código 5040', por el sistema de promoción interna.

    Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

    1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

    1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

    1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con el siguiente calendario:

    El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes del 1 de agosto. La duración máxima de la fase de oposición será de 3 meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.

    1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera en el Cuerpo/Escala objeto de la convocatoria mediante resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, que se publicará en el 'Boletín Oficial del Estado', con indicación del destino adjudicado.

  2. Requisitos de los candidatos

    2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación:

    2.1.1 Edad: No haber alcanzado la edad de jubilación.

    2.1.2 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al grupo D. Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación deberán estar además destinados en la Administración General del Estado.

    2.1.3 Antigüedad: Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios prestados en Cuerpos o Escalas del grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al grupo D.

    Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, serán computables a efectos de la antigüedad referida en el apartado anterior.

    2.1.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

    Aquellos funcionarios del Grupo D que carezcan de la titulación requerida, podrán participar en estas pruebas selectivas siempre que tengan una antigüedad de diez años en los Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

    También podrán participar aquellos funcionarios que, careciendo de la titulación exigida, no alcancen los diez años mencionados siempre que acrediten al menos 5 años y hayan superado el curso específico a que se refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

    2.1.5 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

    2.1.6 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

  3. Solicitudes

    3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el 'Boletín Oficial del Estado' y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm.

    La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

    3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.

    3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

  4. Admisión de aspirantes

    4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Ministro, dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y...

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