Orden APU/1296/2007, de 4 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por promoción horizontal, en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

MarginalBOE-A-2007-9704
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyOrden

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 6.5.a) Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2007 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, acuerda convocar pruebas selectivas para el acceso a la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos por promoción horizontal.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria de 5 de julio de 2006, y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases de convocatoria

  1. Bases comunes

    Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero (Boletín Oficial del Estado núm. 48, de 25 de febrero de 2005).

  2. Normas generales

    2.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cincuenta plazas en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos por promoción horizontal entre el personal laboral fijo del Área de Gestión y Servicios Comunes del II Convenio Único del Grupo Profesional 1 de la Categoría de Titulado Superior de Gestión de Servicios Comunes, así como el personal laboral de otros convenios de la Administración del Estado en situación equivalente que desarrolle las tareas señaladas en el artículo 6.5.a) del Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2007.

    2.2 Del total de plazas se reservarán cuatro para ser cubiertas por quienes, reuniendo las restantes condiciones de participación en las presentes pruebas selectivas, presenten un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, adicionada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, que modifica a la anterior. Las plazas reservadas en este apartado que queden desiertas se acumularán al turno ordinario al que pertenecen.

    2.3 A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y las bases de esta convocatoria.

    2.4 El procedimiento de selección de los aspirantes se efectuará mediante el sistema de concurso-oposición, al que seguirá un curso selectivo de formación, tal y como se describe en el anexo I de la presente convocatoria.

    2.5 El programa que ha de regir en la fase de oposición de estas pruebas es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

  3. Requisitos de los candidatos

    3.1 Para poder ser admitidos en estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, además de lo establecido en las bases comunes, los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán gozar de los mismos durante el proceso selectivo:

    1. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

    2. Tener la condición de personal laboral fijo, en los términos fijados en el artículo 6.5 del Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, siempre que desempeñe funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las de la Escala que se convoca.

    3. Pertenecer al área de Gestión y Servicios Comunes del II Convenio Único del grupo profesional I de la categoría de Titulado Superior de Gestión de Servicios Comunes, así como el personal laboral de otros convenios de la Administración del Estado en situación equivalente, que desarrolle tareas de gestión de recursos humanos, gestión económica, gestión administrativa y el diseño, análisis, implantación, mantenimiento y soporte de aplicaciones informáticas y el manejo de las mismas, y haber prestado servicios efectivos como personal laboral fijo durante dos años en esa área y grupo.

    4. Estar incluidos a efectos de promoción interna de carácter horizontal en lo previsto en el apartado tercero del artículo 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y en el Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero.

    También podrá tomar parte en estas pruebas el personal laboral fijo que se encontrase, en los supuestos de excedencia o suspensión, en ambos casos, con reserva de puesto o plaza previstos en la normativa vigente.

    3.2 Todos los requisitos enumerados en la base anterior deberán mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

  4. Solicitudes

    4.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790, que será facilitado a través de Internet en la dirección www.map.es o en el portal del ciudadano (www.060.es).

    4.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La solicitud se dirigirá al Director del Instituto Nacional de Administración Pública.

    4.3 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas a través de la dirección de internet www.map.es

      La presentación de solicitudes por esta vía conllevará igualmente el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

      En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, ésta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

    2. Igualmente, podrán presentarse en el Registro del Instituto Nacional de Administración Pública (calle Atocha, n.º 106, 28012 Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado octavo.2 de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado.

  5. Certificación de servicios

    Los aspirantes que superen los ejercicios de la fase de oposición deberán presentar en el Registro del Instituto Nacional de Administración Pública, calle Atocha, 106, 28012 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que se hagan públicas las listas de aprobados de la fase de oposición, una certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerios u organismos donde presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, en la que se acredite el cumplimiento de los requisitos de participación establecidos en las letras b, c y d, de la base 3.1 de esta convocatoria, así como los méritos consignados en la base 7.1 conforme al modelo del anexo V de la convocatoria.

  6. Tribunal

    6.1 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas es el que figura en el anexo III de esta convocatoria. El Tribunal podrá acordar la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, cuando las circunstancias o el carácter de la prueba así lo aconseje.

    6.2 De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Tribunal velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    6.3 El Tribunal adoptará las medidas precisas de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización del ejercicio que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con grado de minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización. A tal efecto se tendrá en cuenta lo establecido en la Orden PRE/2006, de 9 de junio, de adaptación de tiempos y medios.

    6.4 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que el primer ejercicio de la fase de oposición sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

    6.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Administración Pública, calle Atocha, 106, de Madrid, teléfonos 9127392171/155/121 y dirección de correo electrónico pruebasselectivas.etgoa.promocionhorizontal@inap.map.es

  7. Valoración de méritos de la fase de concurso

    7.1 La valoración de los méritos señalados para la fase de concurso se realizará con posterioridad a la fase de oposición y sólo a los aspirantes que hubieran superado dicha fase. La valoración se aprobará por el Director del Instituto Nacional de Administración Pública, a propuesta del Tribunal, y se realizará de la forma siguiente, siendo la puntuación máxima de 45 puntos:

    1. Antigüedad: La antigüedad será valorada teniendo en cuenta los servicios prestados en la condición de personal laboral hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándose un punto por cada año completo de servicios efectivos hasta un máximo de 20 puntos.

    2. Pruebas selectivas superadas para adquirir su condición de personal laboral fijo, hasta un máximo de 20 puntos.

    3. Cursos de formación relacionados con las funciones propias de la Escala a la...

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