Orden de 5 de Junio de 1996 por la Que Se Convocan Pruebas Selectivas para Ingreso en el Cuerpo de Letrados de la Administracion de la Seguridad Social.

MarginalBOE-A-1996-14723
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 159/1996, de 2 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 3), por el que se aprueba la oferta de empleo público para 1996, y con el fin

de atender las necesidades de personal en la Administración de la Seguridad Social,

Esta Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 1.º a) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 5 de septiembre), previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Letrados de la Administración de la Seguridad Social, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

  1. Normas generales

    1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 25 plazas del Cuerpo de Letrados de la Administración de la Seguridad Social, de acuerdo con la siguiente distribución:

    1.1.1 El número de vacantes reservadas al sistema de promoción interna es de 12 plazas.

    1.1.2 El número de vacantes reservadas al sistema general de acceso libre es de 13 plazas.

    1.1.3 Los aspirantes sólo podrán participar por uno de los dos sistemas.

    1.1.4 Del total de plazas del sistema general de acceso libre se reservará una plaza para ser cubierta por persona con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de julio, y el artículo 9.2 del Real Decreto 700/1995, de 28 de abril.

    1.1.5 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción interna se acumularán a las del sistema general de acceso libre.

    1.1.6 Las plazas sin cubrir del cupo de reserva de discapacitados se incorporarán también al sistema general de acceso libre.

    1.2 La adjudicación de las plazas, tras la superación del proceso selectivo, se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por los aspirantes, según la petición de destino a la vista de los puestos de trabajo vacantes que se ofrezcan y teniendo en cuenta lo dispuesto en la base 1.3.

    No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

    1.3 Los aspirantes que accedan por el sistema de promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia sobre los provenientes del sistema de acceso libre para cubrir los puestos de trabajo vacantes, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

    1.4 El procedimiento de selección de los aspirantes constará de una fase de oposición y otra consistente en un período de prácticas.

    1.5 El proceso selectivo estará formado por las fases, ejercicios y valoraciones que se especifican en el anexo I de esta Resolución, desarrollándose con arreglo al siguiente calendario:

    1.5.1 Fase de oposición: Para acceder por promoción interna y por el sistema general de acceso libre, el primer ejercicio comenzará a partir de la segunda quincena del mes de septiembre de 1996, determinándose en la Resolución que se indica en la base 4.1 los lugares y las fechas de su realización.

    La duración máxima de celebración de la fase de oposición será de seis meses a contar desde la fecha de celebración de la fase escrita del primer ejercicio.

    1.5.2 Período de prácticas, que se realizará a continuación de la fase de oposición para aquellos aspirantes que hayan superado la misma.

    1.6 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como anexo II.

    1.7 En el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán las adaptaciones posibles de tiempo y medios de realización, para las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma establecida en la base 3.2.4.

    1.8 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; y las bases de la convocatoria.

  2. Requisitos de los candidatos

    2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    2.1.1 Ser español.

    2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

    2.1.3 Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, o en condiciones de obtenerlo.

    2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de las correspondientes funciones.

    2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

    2.1.6 También podrán participar los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales, que posean nacionalidad Española y la titulación exigida en la convocatoria, en los términos establecidos en el Real Decreto 182/1993, de 20 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 23).

    2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el sistema de promoción interna deberán pertenecer el día de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», como personal de las Administraciones u Organismos señalados en el artículo 1.1 de la Ley 30/1984, a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo B, tener una antigüedad de al menos dos años de servicios efectivos en dicho Cuerpo o Escala el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y reunir los demás requisitos exigidos en esta convocatoria.

    Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las de los Cuerpos o escalas del grupo B, serán computables a efectos de antigüedad para participar por el sistema de promoción interna.

    2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.

  3. Solicitudes

    3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas que, en todo caso, se ajustará al modelo oficial editado por el Ministerio de Administraciones Públicas, será facilitada gratuitamente en los Gobiernos Civiles de cada provincia, en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, y en las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social, de la Tesorería General de la Seguridad Social y del Instituto Social de la Marina, así como en las representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero.

    3.2 En la cumplimentación de la solicitud deberá tenerse en cuenta:

    3.2.1 En el apartado 1, Cuerpo o escala, se hará constar «Cuerpo de Letrados de la Administración de la Seguridad Social», y en el recuadro correspondiente a código figurará «1600».

    3.2.2 En el apartado 3, Forma de acceso, los aspirantes que participen por el sistema de acceso libre señalarán la letra «L». Los que participen por promoción del Estado señalarán la letra «R», y los que participen por promoción de la Seguridad Social señalarán la letra «S».

    3.2.3 En el recuadro de la solicitud destinado a provincia de examen los aspirantes, tanto por el sistema de promoción interna como por el sistema de acceso libre, que concurran a la celebración de estas pruebas, harán constar Madrid.

    3.2.4 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 7 de la misma. Igualmente, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro número 9, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

    Los aspirantes con minusvalía con grado igual o superior al 33 por 100 que opten por el cupo de reserva deberán cumplimentar, en su caso, dichos requisitos y declarar expresamente en la instancia que reúnen tal condición.

    3.2.5 El epígrafe de datos a consignar según las bases de la convocatoria" se dejará en blanco en sus tres apartados.

    3.2.6 Las solicitudes se dirigirán debidamente cumplimentadas al Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

    3.3 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas para todos los aspirantes, sin perjuicio de los gastos de tramitación que, en su caso, determine la entidad bancaria y se ingresarán en la cuenta corriente número 30-51600-C, «Pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Letrados de la Administración de la Seguridad Social», en cualquiera de las oficinas del Grupo Banco Exterior.

    Junto a la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo del pago de los derechos. En el supuesto de que el ingreso se haya realizado en una oficina del Banco Exterior, deberá figurar en la solicitud el sello de esa Entidad, que justifique el referido pago. La falta de una justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

    En ningún caso la mera presentación y pago en el Grupo Banco Exterior supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, del impreso de solicitud con arreglo a lo dispuesto en las bases 3.4 y 3.5.

    3.4 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1) podrá hacerse en el Registro General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, calle Agustín de Bethencourt, número 4, 28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Las solicitudes suscritas por los españoles residentes en el extranjero deberán cursarse, en el plazo expresado en la base 3.5, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes que las remitirán al Ministerio de Asuntos Exteriores (Subdirección General de Personal) para su entrega posterior, por dicho Departamento al Organismo competente. El interesado adjuntará a la solicitud el comprobante...

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