ORDEN INT/1062/2003, de 16 de abril, por la que se convocan pruebas selectivas, por el sistema general de acceso libre, para ingreso en la Escala Superior de Técnicos de Tráfico.

MarginalBOE-A-2003-9079
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyOrden

ORDEN INT/1062/2003, de 16 de abril, por la que se convocan pruebas selectivas, por el sistema general de acceso libre, para ingreso en la Escala Superior de Técnicos de Tráfico.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003, de 21 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2003, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración General del Estado,

Este Ministerio del Interior, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (Boletín Oficial del Estado de 15 de abril de 1997), previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas, por el sistema general de acceso libre, para ingreso en la Escala Superior de Técnicos de Tráfico, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

  1. Normas generales

    1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 11 plazas de la Escala Superior de Técnicos de Tráfico (A5700), por el sistema general de acceso libre.

    Los puestos de trabajo que vayan a ser ofertados como destino y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

    1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición e incluirá la superación de un curso selectivo.

    El procedimiento de selección y el programa que han de regir las pruebas selectivas serán los que se señalan en el Anexo I de esta convocatoria.

    1.3 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con el siguiente calendario:

    El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará antes del mes de julio de 2003. La duración máxima de celebración de la fase de oposición será de seis meses contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.

    1.4 Concluido el proceso selectivo los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, que se publicará en el 'Boletín Oficial del Estado', con indicación del destino adjudicado.

  2. Requisitos de los candidatos

    2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación:

    2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

    2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

    2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, incluyendo, en su caso, el haber superado el proyecto 'Fin de carrera'. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

    2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

    2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

    Los aspirantes de nacionalidad distinta a la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

  3. Solicitudes

    3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la Dirección General de Tráfico, calle Josefa Valcárcel, 28, 28071 de Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el 'Boletín Oficial del Estado' y se dirigirán a la Excma.

    Sra. Subsecretaria del Ministerio del Interior. La no presentación de solicitud en tiempo y forma...

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