Orden JUS/4441/2004, de 17 de diciembre, por la que se convoca concurso de traslados para la cobertura de plazas vacantes en el Ministerio Fiscal.
Marginal | BOE-A-2005-543 |
Sección | II - Autoridades y Personal |
Emisor | Ministerio de Justicia |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN JUS/4441/2004, de 17 de diciembre, por la que se convoca concurso de traslados para la cobertura de plazas vacantes en el Ministerio Fiscal.
A efectos de lo previsto en el artículo 36.3 de la Ley 14/2003, de 26 de mayo, de modificación de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, este Ministerio, a propuesta del Fiscal General del Estado, acuerda convocar concurso de traslados para la cobertura de las plazas que figuran como Anexo I de la presente orden.
El presente concurso se sujetará a las siguientes bases:
Primera.Podrán tomar parte en este concurso todos los fiscales de segunda categoría y abogados fiscales de tercera categoría que llevasen más de dos años desde la fecha de toma de posesión en la plaza a la que hubieran accedido voluntariamente excepto los que se encontrasen en alguna de la siguientes circunstancias:
-
Aquellos en los que no concurran los requisitos establecidos en cada caso.
-
Los trasladados en aplicación de lo dispuesto en el artículo 39.3 de la Ley 50/1981, en redacción dada por la Ley 14/2003, de 26 de mayo, respecto a las Fiscalías donde estaban destinados, mientras subsistan las causas que determinaron su traslado.
-
Los electos para un destino que hubiera sido solicitado por ellos.
-
Los suspensos, mientras sea efectiva la suspensión.
Segunda.Cada solicitante realizará una única solicitud, según el modelo que figura en el Anexo II de esta orden, en la que hará constar por orden de preferencia las plazas a las que desea acceder.
Carecerá de validez aquellas instancias que se formulen de manera condicionada o no aparezcan correctamente cumplimentadas en todos sus extremos.
Tercera.Las solicitudes, dirigidas al Excmo. Sr. Ministro de Justicia, se presentarán en el plazo de diez días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el BOE, en el Registro de la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, 4, 28071
Madrid), en el del Ministerio de Justicia (calle Manzana, 2-28015
Madrid), o ante el Fiscal Jefe del destino actual, en cuyo caso éste deberá comunicar al día siguiente de la finalización del plazo al Fiscal General del Estado el número de solicitudes presentadas, remitiendo de inmediato todas ellas, o informando si no hubiera ninguna.
Cuarta.Dentro de los ocho días siguientes al del vencimiento del plazo para solicitar las plazas vacantes, el Fiscal General del Estado convocará al Consejo Fiscal, para que emita el informe correspondiente en relación con la resolución del concurso, y una vez evacuado, elevará al Ministerio de Justicia la propuesta de los traslados que procedan, a la que acompañará tanto las instancias presentadas como los informes del Consejo Fiscal.
Quinta.Recibida la propuesta, este Ministerio elevará al Consejo de Ministros o resolverá directamente, según proceda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, adjudicando los correspondientes destinos.
Sexta.En aplicación de lo establecido en la regla 4.' de la disposición transitoria primera del Real Decreto 391/1989, de 21 de abril, las plazas incluidas en el apartado I ('Plazas de 2.' categoría para Fiscales o Abogados Fiscales') que hubieran de quedar desiertas por falta de solicitantes, serán adjudicadas, en la Orden de resolución del concurso, al Abogado Fiscal o a los Abogados Fiscales más antiguos en el escalafón que estuvieran destinados en la Fiscalía o, en su caso, en la adscripción permanente a las que dichas plazas pertenezcan.
Séptima.Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, según dispone la Ley...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba