ORDEN TAS/311/2002, de 6 de febrero, por la que se convoca concurso general C/97 para la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Instituto de la Mujer).

MarginalBOE-A-2002-3297
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden
6610 Martes 19 febrero 2002 BOE núm. 43
Lenguaje musical
Tema 1
La música, la danza y el arte dramático en la Ley Orgánica
de Ordenación General del Sistema Educativo (L.O.G.S.E.): Nor-
mas de desarrollo. Organización de los centros en los que se impar-
ten estas enseñanzas: Funciones de sus órganos directivos y cole-
giados; los órganos de coordinación docente.
Tema 2
Valoración de la propia especialidad en el contexto de la ense-
ñanza musical de carácter profesional. Su relación con los obje-
tivos generales establecidos en la nueva ordenación del sistema
educativo. Su relación con otras disciplinas, y criterios sobre su
función en el proyecto del centro.
Tema 3
Valoración de la propia especialidad en el contexto de la ense-
ñanza de la danza y del arte dramático. Su relación con los obje-
tivos generales establecidos en la nueva ordenación del sistema
educativo. Su relación con otras disciplinas, y criterios sobre su
función en el proyecto del centro.
Tema 4
Características del desarrollo evolutivo del niño y del adoles-
cente. Su aplicación en la enseñanza de la música. Principios
psicopedagógicos y didácticos de la enseñanza de la especialidad
por la que se opta en los grados elemental y medio de música
y de danza.
Tema 5
Principios psicopedagógicos y didácticos de la enseñanza de
la especialidad por la que se opta en el contexto de las enseñanzas
de arte dramático.
Tema 6
La programación: Principios psicopedagógicos y didácticos;
vinculación con el proyecto curricular. Estructura de las unidades
didácticas: Concreción y aplicaciones en los grados elemental y
medio de las enseñanzas de música y de danza y en las enseñanzas
superiores de arte dramático.
Tema 7
La evaluación. Función de los criterios de evaluación. Evalua-
ción del alumno y del proceso de enseñanza-aprendizaje. Proce-
dimientos e instrumentos de evaluación. La autoevaluación. La
coevaluación. La calificación. La recuperación.
Tema 8
La acción tutelar en los Conservatorios de Música, en los de
Danza, y las Escuelas Superiores de Arte Dramático. Funciones
y actividades tutelares. El tutor y su relación con el equipo docente
y con los alumnos. El papel de la familia en la educación artística.
Colaboración de profesores y padres de alumnos de los grados
elemental y medio de música y danza.
Tema 9
Bibliografía especializada, relacionada con la didáctica de la
especialidad por la que se opta. Recursos didácticos: Materiales,
medios audiovisuales e informáticos, medios extraescolares. Cri-
terios para su selección y para su utilización en el aula.
Nota: Las referencias que se hagan a la legislación en materia
educativa en determinados temas de este cuestionario incluirán,
junto con la normativa de carácter básico, las disposiciones legis-
lativas que la desarrollan en el ámbito de la Comunidad Autónoma
en que se efectúa el concurso-oposición.
MINISTERIO DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
3297 ORDEN TAS/311/2002, de 6 de febrero, por la que
se convoca concurso general C/97 para la provisión
de puestos de trabajo en el Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales (Instituto de la Mujer).
Vacantes puestos de trabajo en el Instituto de la Mujer, dotados
presupuestariamente y cuya provisión se estima conveniente en
atención a las necesidades del servicio, procede convocar concurso
para la provisión de los mismos, que puedan ser desem-
peñados por funcionarios pertenecientes a Cuerpos o Escalas de
los grupos C y D.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado c) del artículo 20.1
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, introducido por la Ley 13/1996,
de 30 de diciembre, y en aplicación del artículo 4.1 del Real Decre-
to 119/2001, de 9 de febrero, por el que se aprueba la oferta
de empleo público para 2001,
Este Departamento, previa aprobación de la Secretaría de Esta-
do para la Administración Pública a que se refiere el artículo 39
vocar concurso para cubrir los puestos que se relacionan en el
anexo I de esta Orden, con arreglo a las siguientes
Bases
Primera. Requisitos de participación.
1.1 Podrán tomar parte en este concurso los funcionarios de
carrera incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, pertenecientes a Cuerpos y Esca-
las clasificados en el grupo al que hace referencia el anexo I de
esta Orden, comprendidos en el artículo 25 de la citada Ley, con
excepción del personal sanitario, docente, investigador, de
Correos y Telecomunicaciones, de Instituciones Penitenciarias,
Transporte Aéreo y Meteorología.
1.2 Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan
reservados puestos en exclusiva no podrán participar en concursos
para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter indis-
tinto, salvo autorización del Ministerio de Administraciones Públi-
cas, de conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos
los indicados Cuerpos o Escalas. Cuando los puestos convocados
dependan del propio Departamento al que estén adscritos los Cuer-
pos o Escalas con puestos en exclusiva, corresponderá al mismo
conceder la referida autorización.
1.3 Los funcionarios en situación administrativa de servicios
en Comunidades Autónomas sólo podrán participar en el concurso
si a la finalización del plazo de presentación de solicitudes han
transcurrido dos años desde su transferencia o traslado a las mis-
mas y, en todo caso, desde la toma de posesión del destino desde
el que participen, si es de carácter definitivo. Los funcionarios
en excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación
familiar sólo podrán participar si llevan más de dos años en dicha
situación.
1.4 Deberán participar en la misma aquellos funcionarios
incluidos en los apartados 1.1 y 1.2 de esta base que tengan
destino provisional en este Departamento o en sus organismos
autónomos, salvo que se hallen en comisión de servicios, si se
convoca el puesto al que fueron adscritos.
1.5 Los funcionarios con destino definitivo, incluidos los des-
tinados en la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, sólo
podrán participar en el presente concurso si han transcurrido dos
años desde la toma de posesión del último destino definitivo obte-
nido, salvo que participen en el ámbito del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales o en sus organismos autónomos, o hayan sido
removidos o cesados del puesto obtenido por el procedimiento
de concurso o de libre designación o haya sido suprimido su puesto
de trabajo.
A los funcionarios que accedan a otro Cuerpo o Escala por
promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto
de trabajo que desempeñaban se les computará el tiempo de

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