ORDEN INT/3480/2004, de 1 de octubre, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los Grupos A, B, C y D, vacantes en el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico.

MarginalBOE-A-2004-18420
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden
35626 Jueves 28 octubre 2004 BOE núm. 260
NIF Apellidos y nombre Fase de oposición Fase de concurso Total
05196464M HERNÁNDEZ CASTRO-GIRONA, JOSÉ LUIS ...................... 66,10 11,75 77,85
01494333T ANIDO FERNÁNDEZ, RICARDO .................................. 57,52 17,50 75,02
10877130Q IGLESIAS FOMBONA, MARTA MARÍA ............................ 65,70 7,00 72,70
24204298H DE LAS ALAS-PUMARIÑO LINDE, ALEJANDRO .................. 58,04 12,75 70,79
17727784M CASAS ALIAGA, M.
a
MERCEDES ................................. 64,59 0,00 64,59
04548079J RUBIO SÁNCHEZ-MORATE, ANA MARÍA ......................... 64,02 0,00 64,02
Relación de aprobados en la fase de oposición por turno libre, en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior
de Gestión Catastral, convocadas por Orden HAC/3466/2003, de 13 de noviembre (BOE de 12 de diciembre)
Turno libre
NIF Apellidos y nombre Puntuación total
51448178F ESTEBAN VÁZQUEZ, ISABEL ................................................................... 74,85
01929240T MARTÍNEZ BLASCO, NOELIA ................................................................... 71,12
12398260H CABRERIZO CLAVERO, CARLOS MARÍA ........................................................ 67,81
47026652R FERNÁNDEZ ALARCÓN, SARA ................................................................. 61,03
02532951F PEDRERO DE ARISTIZÁBAL, CARMEN .......................................................... 59,86
MINISTERIO DEL INTERIOR
18420 ORDEN INT/3480/2004, de 1 de octubre, por la que
se convoca concurso específico para la provisión de
puestos de trabajo adscritos a los Grupos A, B, C y D,
vacantes en el Organismo Autónomo Jefatura Central
de Tráfico.
Vacantes puestos de trabajo en el Organismo Autónomo Jefa-
tura Central de Tráfico (Ministerio del Interior), dotados presu-
puestariamente y cuya provisión se estima ineludible en atención
a las necesidades del servicio, este Ministerio, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada
por el artículo 1 de la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en el artícu-
lo 40.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (B.O. del
Estado de 10 de abril), previa aprobación de la Secretaría General
para la Administración Pública, prevista en el artículo 39 del men-
cionado Real Decreto 364/1995, ha dispuesto convocar concurso
especifico, para cubrir los puestos vacantes que se relacionan en
los Anexos I/A de esta Orden, así como sus posibles resultas rela-
cionadas en el Anexo I/B, con arreglo a las siguientes bases:
I. Participantes
1. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado c) del artícu-
lo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, introducido por la
Ley 13/1996, de 30 de diciembre, y a tenor del análisis de la
distribución de efectivos en la Administración General del Estado,
podrán participar en el presente concurso:
Todos los funcionarios de carrera en cualquier situación admi-
nistrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la sus-
pensión, con las siguientes limitaciones: Los funcionarios que
estén destinados o que se encuentren en situaciones administra-
tivas con derecho a reserva de puesto de trabajo distintas de la
de servicio activo en las provincias de Alicante, Almería, Barce-
lona, Las Palmas, Servicios Periféricos de Madrid, Guipúzcoa,
Navarra, Toledo, Valencia, Illes Balears, Tenerife, Murcia, Cór-
doba, Sevilla, Huelva, Cádiz, Málaga, Granada y las Ciudades de
Ceuta y Melilla, sólo podrán participar en el concurso solicitando
los puestos que se convoquen, en su caso, en cualquiera de ellas.
Dada la especificidad de sus funciones, las limitaciones ante-
riores no se aplicarán para concursar a los siguientes puestos:
Subjefe Provincial.
Jefe Servicio Formación Vial.
Jefe Servicio Formación y Seguridad Vial.
Jefe Sección Seguridad Vial.
ATS/DUE Prevención y Salud Laboral.
Instructor Formación.
Examinador-Coordinador.
Examinador.
Mecánico de Vuelo.
Cajero Habilitado.
Coordinador Provincial de Educación Vial.
Investigador Seguridad Vial.
Operador Apoyo Técnico.
Con carácter excepcional podrán participar en este concurso
aquellos funcionarios de Instituciones Penitenciarias y de Correos
y Telecomunicaciones que en el momento de la publicación de
la convocatoria estén adscritos o prestando servicios con destino
definitivo en el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico,
en puesto de naturaleza similar a los convocados y que estén
ubicados dentro del área de actividad funcional en la que presten
sus servicios.
Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan reser-
vados puestos en exclusiva no podrán participar en este concurso,
salvo autorización del Ministerio de Administraciones Públicas de
conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos los
indicados Cuerpos o Escalas.
Cuando los Cuerpos o Escalas con puestos en exclusiva estén
adscritos a este Departamento, corresponderá al mismo conceder
la referida autorización.
2. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés par-
ticular del artículo 29.3, c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
así como aquellos que se encuentren en la situación de excedencia
voluntaria por agrupación familiar, sólo podrán participar cuando
lleven al menos dos años en dicha situación el día de la terminación
del plazo de presentación de instancias.
3. Los funcionarios en situación administrativa de servicios
en Comunidades Autónomas, sólo podrán participar en el concurso
si a la finalización del plazo de presentación de solicitudes han
transcurrido dos años desde su transferencia o traslado a las mis-
mas, siempre que haya transcurrido este mismo plazo desde la
toma de posesión de su último destino definitivo.
4. Los funcionarios con destino definitivo sólo podrán par-
ticipar si, en la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, han transcurrido dos años desde la toma de pose-
sión en el puesto definitivo, salvo que:
BOE núm. 260 Jueves 28 octubre 2004 35627
4.1 Se trate de funcionarios destinados en el ámbito de la
Subsecretaría del Ministerio del Interior.
4.2 Hayan sido removidos de su anterior destino obtenido
mediante concurso o cesados en un puesto obtenido por libre
designación.
4.3 Procedan de un puesto de trabajo suprimido, excepto en
los casos de adscripción a un puesto por el procedimiento de
reasignación de efectivos.
4.4 A estos efectos, a los funcionarios que, habiendo accedido
al Cuerpo o Escala desde el que concursan por promoción interna
o integración, permanezcan en el puesto de trabajo que desem-
peñaban en el Cuerpo o Escala desde el que se produjo el acceso,
se les computará el tiempo de servicio prestado en dicho puesto.
5. Aquellos que se encuentren en la situación de excedencia
por cuidado de familiares o en servicios especiales, sólo podrán
participar si en la fecha de finalización del plazo de presentación
de instancias hubieran transcurrido dos años desde la toma de
posesión del último destino obtenido, salvo que tengan reservado
destino en el ámbito de la Subsecretaría del Ministerio del Interior.
6. Están obligados a participar en este concurso:
6.1 Los funcionarios que estén en situación de excedencia
forzosa a quienes se notifique el presente concurso.
6.2 Los funcionarios en servicio activo con destino provisional
en este Departamento, salvo los que se hallen en comisión de
servicios, solicitando todas las vacantes a las que puedan acceder
por reunir los requisitos establecidos en esta convocatoria, excepto
los funcionarios que hayan reingresado al servicio activo mediante
adscripción provisional, que sólo tendrán la obligación de par-
ticipar solicitando el puesto que ocupan provisionalmente.
Los funcionarios a que se refiere el párrafo anterior y que no
participen, podrán ser destinados a las vacantes que resulten en
la misma localidad después de atender las solicitudes de los con-
cursantes.
6.3 Los funcionarios en situación de expectativa de destino
a quienes se notifique el presente concurso, solicitando los puestos
adecuados a su Cuerpo o Escala, situados en la provincia donde
estaban destinados.
7. Los funcionarios con alguna discapacidad podrán instar
en la propia solicitud de vacantes la adaptación del puesto o pues-
tos de trabajo solicitados, siempre que no suponga una modi-
ficación exorbitante en el contexto de la organización. La Comisión
de Valoración podrá recabar del interesado, en entrevista personal,
la información que estime necesaria en orden a la adaptación
deducida, así como el dictamen de los órganos técnicos de la
Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y, en su caso, de
la Comunidad Autónoma correspondiente, respecto de la proce-
dencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño
de las tareas y funciones del puesto concreto.
8. De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.Cuatro.5
de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para 1991, la movilidad de los funcionarios que desem-
peñen puestos de trabajo de la Agencia Estatal de la Adminis-
tración Tributaria y que pertenezcan a especialidades o escalas
adscritas a ella, para la cobertura de puestos de trabajo en otras
Administraciones Públicas, estará sometida a la condición de la
previa autorización de aquélla, que podrá denegarla en atención
a las necesidades del servicio.
9. A tenor del Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comi-
sión Interministerial de Retribuciones de fecha 30 de enero
de 2004, la referencia al sector sanitario que recoge la definición
de la clave «EX11» no afecta al personal estatutario de los grupos
de la función administrativa, regulado en el artículo 12.3 del dero-
gado Estatuto del Personal no Sanitario de las Instituciones Sani-
tarias de la Seguridad Social, que ocupe puestos de trabajo en
la Administración General del Estado a la fecha de la aprobación
de la resolución de la CECIR anteriormente citada.
II. Méritos
La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos
de trabajo vacantes, relacionados en los Anexos I/A y I/B, se
efectuará con un máximo de 100 puntos, y constará de dos fases:
A) Primera Fase: Los méritos se valorarán en ella con un máxi-
mo de 60 puntos y con arreglo al siguiente baremo:
1. Grado personal: se valorará hasta un máximo de 15 puntos
el grado personal que tuviera reconocido el interesado en relación
con el nivel del complemento de destino del puesto de trabajo
solicitado, de la siguiente forma:
a) Por tener consolidado un grado personal superior en más
de dos niveles al del puesto que se solicita: 15 puntos.
b) Por tener consolidado un grado personal superior en uno
o dos niveles al del puesto que se solicita: 12 puntos.
c) Por tener consolidado un grado personal de igual nivel al
del puesto que se solicita: 10 puntos.
d) Por tener consolidado un grado personal inferior en uno
o dos niveles al del puesto que se solicita: 8 puntos.
e) Por tener consolidado un grado personal inferior en más
de dos niveles al del puesto que se solicita: 6 puntos.
El funcionario que participe en el presente concurso, bien sea
desde el mismo Departamento o desde otros ajenos al convocante,
y que tenga un grado personal consolidado o que pueda ser con-
solidado durante el período de presentación de instancias, deberá
recabar del órgano o unidad a que se refiere la base V que dicha
circunstancia quede expresamente reflejada en el Anexo IV (Cer-
tificado de méritos).
Se valorará el grado reconocido en la Administración de las
Comunidades Autónomas, cuando se halle dentro del intervalo
de niveles establecido en el artículo 71 del Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y promoción pro-
fesional de los funcionarios civiles de la Administración General
del Estado para el grupo de titulación al que pertenezca el fun-
cionario.
Se valorará el grado máximo correspondiente al intervalo de
niveles asignado al grupo de titulación del funcionario de la Admi-
nistración del Estado cuando el grado reconocido en la Comunidad
Autónoma exceda del máximo establecido para el grupo de titu-
lación a que pertenezca el citado funcionario en la Administración
del Estado, de acuerdo con el citado Reglamento.
2. El trabajo desarrollado se valorará, hasta un máximo de 20
puntos, con arreglo a lo siguiente:
a) Por haber desempeñado un puesto de trabajo igual o infe-
rior en un nivel al que se solicita:
Hasta seis meses: 10 puntos.
De más de seis meses a un año: 15 puntos.
De más de un año a dieciocho meses: 17 puntos.
De más de dieciocho meses: 20 puntos.
b) Por haber desempeñado un puesto de trabajo inferior en
dos niveles al que se solicita:
Hasta seis meses: 8 puntos.
De más de seis meses a un año: 10 puntos.
De más de un año a dieciocho meses: 12 puntos.
De más de dieciocho meses: 15 puntos.
c) Por haber desempeñado un puesto de trabajo inferior en
más de dos niveles al que se solicita:
Hasta seis meses: 6 puntos.
De más de seis meses a un año: 8 puntos.
De más de un año a dieciocho meses: 10 puntos.
De más de dieciocho meses: 12 puntos.
d) Por haber desempeñado un puesto de trabajo superior al
nivel que se solicita:
Hasta seis meses: 4 puntos.
De más de seis meses a un año: 6 puntos.
De más de un año a dieciocho meses: 8 puntos.
De más de dieciocho meses: 10 puntos.
Los plazos mencionados en los apartados anteriores se com-
putarán desde la fecha de toma de posesión en un puesto de
idéntico nivel a aquel que se está desempeñando en el momento
de concursar, siempre y cuando no se haya producido una toma
de posesión en puesto de diferente nivel que interrumpa el cómputo
de dichos plazos.
A los funcionarios que ocupen un puesto en comisión de ser-
vicios en la fecha de finalización del plazo de presentación de
instancias se les valorará el nivel de este puesto, siempre y cuando
la duración de la citada comisión haya sido superior a seis meses.

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