Real Decreto 2019/1986, de 22 de agosto, por el que se convierten en Centros públicos ordinarios los centros integrantes del Complejo Educativo de la ciudad de los Periodistas de Madrid.

MarginalBOE-A-1986-25878
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyReal Decreto
Martes
30
septiembre
1986
Divius
convertibles
Cambios
BOE
núm.
234
DISPONGO
Artículo
l.
oEl Colegio público de Educación General Básica
yPreescolar «Cardenal Herrera Oria», creado
por
Decreto
365/1973, de 22
de
febrero yel Instituto de Bachillerato del
mismo
nombre creado
por
Decreto 2222/1973, de
17
de agosto, situados
en-la calle Fermín Caballero.
número
66, y
en
la avenida Cardenal
Herrera Oria, sin número, respectivamente, de Madrid, dejan de
ser Centros pilotos, pasando adesarrollar sus actividades como
Centros públicos de régimen ordinario a
partir
de la entrada
en
vigor del gresente Real Decreto.
Art.
2.
Los Centros citados quedarán acogidos,
en
cuanto a
nombramientos, órganos de gobierno yprovisión de plazas al
régimen general
vi~ente
para
los Centros públicos ordinarios,
cesando su adscripCión al instituto de Ciencias de
la
Educación de
la Universidad
Autónoma
de Madrid.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.-Los Profesores de Educación General Básica destina·
dos
en
comisión de servicios
en
el Colegio público «Cardenal
Herrera Oria» podrán
optar
por
mantenerse en la misma hasta la
conclusión de la comisión respectiva oincorporarse asus Centros
de destino
al
finalizar el presente curso académico.
Segunda.-Los Profesores destinados
en
comisión de servicio
en
el Instituto de Bachillerato «Cardenal Herrera Oria» se
mantendrán
en
dicha situación hasta la finalización
de
la comisión respectiva.
DISPOSICION
DEROGATORIA
Queda
derogado el Decreto 1091/1974, de 4de abril «
Oficial del Estado» del 24).
DISPOSICION
FINAL
Se
autoriza al Ministerio de Educací6n yCiencia
para
que diete
cuantas normas sean precisas
para
la aplicación de lo dispuesto
eo-
el presente Real Decreto que entrará
en
vigor el
día
siguiente de su
publicación
en
el «Boletín Oficial del Estado».
Así
10
dispongo
por
el presente Real Decreto dado
en
Palma de
Mallorca a
22
de agosto de 1986.
JUAN
CARLOS R.
MINISTERIO
DE
EDUCACION
y
CIENCIA
El
Ministro de Educación yCiencia,
JOSE MARIA MARAV
ALl
HERRERO
Urbanismo,
por
conducto de la Alcaldía, através de esta Confede-.
ración, en un plazo de diez días, contados apartir del siguiente
al
de la notificación.
Zaragoza,
11
de septiembre de 1986.-EI Presidente, Eugenio
Nadal Reimat.-15.558-E (70513).
25878
REAL
DECRETO
201911986, de 22 de agosto. por el
que se convienen en Centros públicos ordinarios los
centros integrantes del Complejo EducaLivo de la
ciudad de los Periodistas
de
Madrid.
El Decreto 1091/1974, de 4de abril
(dloletín
Oficial del
Estado» del 24) declaró Centro Experimental Piloto, blijo la
inmediata dependencia del Instituto de Ciencias de
la
Educación de
la Universidad Autónoma
de
Madrid, el complejo educativo de la
ciudad de los Periodistas de Madrid, compuesto
por
un
Colegio
público de Educación General Básica yPreescolar y
por
un
Instituto de Bachillerato.
Las razones que motivaron la mencionada declaración de
Centro piloto experimental han quedado superadas
en
el
momento
presente,. especialmente las relauvas ala necesidad de experimen·
tar, preViamente asu implantación
con
carácter general, los niveles
educativos establecidos
en
la
Ley
14/1970, de 4de agosto, Genetal
de Educación yFinanciamiento de la Reforma Educativa.
Por
ello,.se considera oportuno convertir los Centros integrantes
del ComplejO Educativo de
la
ciudad de los Periodistas de Madrid
en Centros públicos ordinarios, de acuerdo con la petición formu·
lada
por
el Rectorado y
por
el Instituto de Ciencias de la Educación
de la Universidad
Autónoma
de Madrid,
En su virtud, apropuesta del Ministro de Educación yCiencia,
según lo dispuesto
en
el artículo
5.
0del Decreto 2343/1975, de 23
de agosto, modificado
por
Real Decreto 2326/1983, de
13
de julio
preVl8 deliberación del Consejo de Ministros
en
su reunión del
día
22 de agosto de 1986,
Mercado de Divisas
BANCO
DE
ESPAÑA
RESOLUCION
de
11
de septiembre de 1986 de la
Confederación
Hi~rogrdfica
del
E~ro,
por la 'que se
decfara
la
necesldad
de
ocupación de
los
bienes
afectado.s por la obra: «Riegos
dfl
Alto Aragón, gran
reparación del canal de La Viulada ysu camino de
se.rvicio.
entre el origen yel kilómetro 16,668. Expe-
d,ente número
l.
Término municipal de Alcalá de
Gurrea
(Huesca)>>.
MINISTERIO
DE
OBRAS
PUBLICAS
Y
URBANISMO
Cambios oficiales del día 29
de
septiembre de 1986
Examinado el expediente de referencia;
una
vez practicada la
información pública prevista
por
los artículos
18
ysiguientes de
la
vigente Ley de Expropiación Forzosa, de
16
de diciembre de 1954;
Vistos los documentos que presenta el Perito de
la
Administra·
ción en el expediente,
en
los que se
ha
tenido
en
cuenta el resultado
de la referida información pública, con inclusión de terrenos
afectados de expropiación complementaria penenecientes al
mismo propietario afectado, arazón de lo cual resulta
la
siguiente
relación, con expresión de titular, referencia catastral, situación,
superficie yclase:
Antonio Rivas. 16/31. Paulazo. 0,5060. Regadío nivelado.
Antonio Rivas. 16/30. Paulazo. 0,0840. Regadio nivelado.
Habida cuenta del informe favorable de la Abogacía del Estado
emitido con fecha 4de septiembre de 1986, Y a propuesta de
Secc!ón
~
Actuación
Ad.m.ini~trativa
de esta Confederación, esta
Presidencla,
en
uso de las atnbuciones que le confiere la vigente
legislación,
ha
resuelto, con esta fecha:
Declarar la necesidad de la ocupación de los bienes aque se
refiere el indicado expediente rde los cuales son propietarios los
sujetos yEntidades que se relacionan
en
losanuncios publicados
en
el
diario «Diario del Alto AragóD», de Huesca;
en
el «Boletín
Oficial del Estado» número 265, del mes de noviembre, y
en
el
(Oficial de
la
Provincia de Huesca»
número
225, del mes
de octubre, ambos del
año
1985.
Lo que
se
hace público
para
conocimiento de )os interesados, a
quienes
se
entregará,
por
mediación de la Alcaldía, una cédula·
inventario con la exacta descripción del bien que
se
expropia,
advirtiendo que contra la presente resolución podrá recurrirse
en
alzada ante el excelentísimo señor Ministro de Obras Públicas y
Comprador Vendedor
1dólar USA
...
133,673 134,007
Idólar canadiense 96,338 96,579
1franco francés
...
20,118 20,168
1libta esterlina 191,941 192,421
Ilibra irlandesa 180,458 180,910
Ifranco suizo .81,250 81,454
lOO
francos belgas 317,731 318,527
¡marco alemán 65,901 66,066
100 liras italianas .9,533 9,557
1florín holandés 58,309 58,455
1corona sueca
...
19,321 19,369
1cOrona danesa 17,453 17,497
1corona noruega 18,137 18,183
1marco finlandés 27,226 27.294
100
chelines austriacos 937,396 939,743
100
escudos portugueses 90,718 90,945
100
yeos Japoneses 86,879 87,097
1dólar australiano 84,080 84,291
100
dracmas griegas 99,017 99,265
25877
33446
25876

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