Convenio de 12 de julio de 1982 de Cooperación Técnica en materia agrícola y pesquera entre el Gobierno español y el Gobierno de la República tunecina, firmado en Madrid.

Fecha de Entrada en Vigor16 de Noviembre de 1982
MarginalBOE-A-1983-9125
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores

Convenio de Cooperación Técnica en materia agrícola y Pesquera entre el Gobierno español y el Gobierno de la República tunecina.

El Gobierno español y el Gobierno de la República tunecina deseosos de extender su cooperación y desarrollar las relaciones en el ámbito de la agricultura y de la pesca, han convenido suscribir el presente Convenio de Cooperación Técnica en materia agrícola y pesquera, en el que se establecen como aéreas y líneas en las que se desarrollará la cooperación entre los dos países las siguientes:

ARTICULO I

Sector forestal y conservación de la naturaleza.

Dentro del amplio marco encuadrado en este importante sector, ambas Partes consideran de mutuo interés la intensificación de las relaciones y coordinación de diversos estudios planes.

1.1 Ambas Partes facilitarán el mutuo intercambio de expertos en temas relativos a la conservación de los suelos, con vistas a realizar en común estudios de proyectos en este área. Estos estudios se referirán igualmente a los temas relativos al conocimiento de los recursos patrimoniales y su mejora.

1.2 Ambas Partes facilitarán en todo momento el mutuo conocimiento de la evolución legislativa en este sector, así como los resultados y evaluación de las diversas normas legislativas, si procede.

1.3 Ambas Partes facilitarán el mutuo reconocimiento de la repoblación forestal, así como el desarrollo de la ordenación del espacio natural y las medidas de lucha contra incendios forestales.

ARTICULO II

Producción animal.

Con el fin de promocionar y obtener una mejora en los rendimientos del ganado, ambas Partes desarrollarán estos aspectos principalmente dentro del marco que a continuación se expone:

2.1 Por parte española se realizará un estudio-piloto sobre las posibilidades de utilización y aprovechamiento de los subproductos del olivar, considerando especialmente lo relacionado con orujos y hojas, con la finalidad de una mejora en su rendimiento como alimento del ganado, que será puesto a disposición de las autoridades tunecinas.

2.2 Ambas Partes se facilitarán toda la información necesaria para el conocimiento mutuo en el desarrollo de una mejor gestión en los aspectos de ordenación y fomento del empleo de piensos compuestos y recursos alimenticios diversos.

2.3 Ambas Partes intensificarán el mutuo conocimiento en el desarrollo de la gestión de reproducción animal...

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