Convenio de 8 de febrero de 1980 entre España y los Estados Unidos Mejicanos de asistencia mutua administrativa con el fin de prevenir, investigar y reprimir las infracciones aduaneras, firmado en Méjico D. F.

MarginalA19676-19677
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores

Convenio entre España y los Estados Unidos Mejicanos de asistencia mutua administrativa con el fin de prevenir, investigar y reprimir las infracciones aduaneras

El Gobierno de España y el Gobierno de las Estados Unidos Mejicanos, considerando que las infracciones a la legislación aduanera perjudican los intereses económicos, fiscales y comerciales de los dos países;

Convencidos de que la lucha contra estas infracciones resultará más eficaz mediante una cooperación estrecha entre sus Administraciones aduaneras,

Han decidido celebrar el presente

CONVENIO

Que se sujetara a lo dispuesto en los siguientes artículos:

Artículo 1 A los fines del presente Convenio, se entiende por:
  1. , las dependientes del Ministerio de Hacienda de España y de la Secretaría de Estado de Hacienda y Crédito Público de los Estados Unidos Mejicanos, encargados de la aplicación de las disposiciones a que se refiere el inciso b) del presente artículo.

  2. , el conjunto de disposiciones legales y reglamentarias aplicables por las Administraciones aduaneras a la importación, exportación, tránsito o circulación de mercancías.

  3. , toda violación o tentativa de violación de la legislación aduanera.

Art. 2 El objeto del presente Convenio es establecer los términos y condiciones en que las Administraciones aduaneras de ambos...

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