Convenio entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Portuguesa para la rehabilitación del puente internacional sobre el río Miño, entre Tui y Valença do Minho, hecho en Vila Real de Santo Antonio el 5 de junio de 2017.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Junio de 2017
MarginalBOE-A-2017-7767
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion

CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA PORTUGUESA PARA LA REHABILITACIÓN DEL PUENTE INTERNACIONAL SOBRE EL RIO MIÑO, ENTRE TUI Y VALENÇA DO MINHO

El Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Portuguesa, en adelante identificados como «los Signatarios»,

– Considerando que la iniciativa de construir el puente internacional de Tui surgió como resultado de la Real Orden de Isabel II, de 1 de Agosto de 1864, por la cual se nombraba una comisión para estudiar la conexión de las líneas ferroviarias españolas con las portuguesas. El proyecto correspondió al ingeniero riojano Pelayo Mancebo y la empresa belga Braine-le-Comte fue la adjudicataria de las obras;

– Considerando que el puente entró en servicio en 1885 y que el Convenio para su conservación y explotación fue firmado por los gobiernos de España y Portugal el 8 de Febrero de 1885;

– Considerando que el antiguo puente internacional sobre el rio Miño entre Tui (España) y Valença do Minho (Portugal), con una longitud total de 399 metros, tiene dos tableros, uno para el tráfico de automóviles y el otro para el transporte ferroviario, situado este último en la parte superior de la estructura metálica, mientras que el tráfico rodado circula por el interior del puente;

– Considerando que el puente da continuidad a la línea ferroviaria entre Guillarey y Valença do Minho, y conecta la carretera nacional española N-551 con la estrada nacional portuguesa EN-13;

– Considerando lo establecido en el Convenio Marco entre el Reino de España y la República Portuguesa relativo a la mejora de los accesos entre los dos países, firmado el 30 de noviembre de 1998, (en adelante denominado «Convenio Marco»), en particular en los artículos 2.º, 3.º, y 5.º;

– Considerando que, en la reunión de la Comisión Técnica Mixta Luso-Española, (en adelante denominada «Comisión Técnica»), celebrada en Madrid el 3 de julio de 2002, en relación con el puente sobre el rio Miño, entre Valença do Minho y Tui, se ratificó la distribución de gastos relativos a la inspección y conservación de los distintos signatarios del puente, tal como fue acordado en la 1.ª Reunión del Grupo de Trabajo de Puentes Internacionales entre España y Portugal, celebrada el 22 de Noviembre de 2001, entre el ICERR (actual IP- Infraestruturas de Portugal), RENFE (actual ADIF) y la Dirección General de Carreteras.

– Considerando que el Convenio-Marco tiene en cuenta la distribución general de los gastos de conservación de los puentes fronterizos entre ambos signatarios, mediante la siguiente redacción recogida el Acta de la reunión, celebrada en Lisboa, el 27 de octubre de 2010, de la Comisión Técnica:

• Entre RENFE y Portugal serán divididos, a partes iguales, según Convenio firmado para la conservación de puentes, los costes sobrevenidos de la inspección y conservación de la superestructura, apoyos y todos los elementos anexos al tablero que permiten el paso de los trenes.

• La Dirección General de Carreteras del Gobierno del Estado Español procederá a la inspección y conservación de todos los elementos anexos al tablero que permitan el paso de vehículos (pavimento, señalización, iluminación, etc.).

• El entonces ICERR procederá a la inspección y conservación de la subestructura (excepto apoyos).

– Considerando que la Comisión Técnica acordó la revisión de los conceptos que constituyen la conservación asignando las inspecciones y la conservación ordinaria o mantenimiento al Estado responsable de la gestión del puente y el reparto del coste de las operaciones de rehabilitación...

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