Resolución de 24 de septiembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se establecen las convalidaciones de las materias optativas de la Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación.

MarginalBOE-A-2009-16401
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación Física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza, en la disposición adicional segunda dispone que las Administraciones educativas podrán establecer convalidaciones, cuando éstas afecten a las materias optativas de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, teniendo en cuenta las convalidaciones establecidas en este Real Decreto.

La Orden ECI/2220/2007, de 12 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria, y la Orden ESD/1729/2008, de 11 de junio, por la que se regula la ordenación y se establece el currículo del Bachillerato, disponen en los artículos 11.4 y 9.2, respectivamente, que corresponde a la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional establecer las materias optativas, su currículo, los requisitos y procedimientos asociados a su impartición, así como el régimen de convalidaciones que les afecte.

La Resolución de 3 de agosto de 2007, de la Secretaría General de Educación, por la que se organiza la oferta de materias optativas en la Educación Secundaria Obligatoria, en su punto noveno, y la Resolución de 25 de agosto de 2008, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación, por la que se organiza la oferta de materias optativas en el Bachillerato, en su punto quinto, contemplan la convalidación de las materias optativas en estas etapas educativas.

De este modo, según se establece en el Real Decreto anteriormente mencionado, es preciso actualizar las convalidaciones de las materias optativas en estas dos etapas, para adecuarlas a la nueva estructura de las enseñanzas profesionales y a las necesidades del alumnado que simultáneamente realizan estos estudios.

Por todo ello, y en virtud de las facultades que confiere el artículo 11.4 de la Orden ECI/2220/2007, de 12 de julio, y del artículo 9.2 de la Orden ESD/1729/2008, de 11 de junio, esta Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional dispone:

Primero.-La presente resolución será de aplicación en los centros que impartan enseñanzas de Educación secundaria obligatoria y Bachillerato, dentro del ámbito de gestión del Ministerio de Educación.

Segundo.-El alumnado que...

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