Orden de 30 de julio de 1984 por la que se regulan las convalidaciones en España de los estudios básicos y medios cursados en países signatarios del Convenio «Andrés Bello».
Marginal | BOE-A-1984-17958 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Educacion y Ciencia |
Rango de Ley | Orden |
Adherida a España el 9 de julio de 1982 al Convenio
En su virtud, previo dictamen del Consejo Nacional de Educación, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Primero.- Se reconocerán los estudios básicos y medios, parciales o totales, cursados según los sistemas educativos de Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, Panamá, Perú y Venezuela, de acuerdo con la tabla de equivalencias aprobada por la Resolución número 3 de la XIII Reunión de los Ministros de Educación del Convenio
Segundo.- Los títulos y certificados de estudios completos de Bachillerato de los países miembros del Convenio
Tercero.- El régimen especial prevenido en la presente Orden no será de aplicación en aquellos casos en que los interesados se acojan a disposiciones eventualmente más favorables acordadas bilateralmente por España con cualquiera de los Estados signatarios del Convenio
Por la Subsecretaría, a propuesta de las Direcciones Generales de Enseñanzas Medias y de Educación Básica, se dictarán las resoluciones e instrucciones oportunas para la ejecución de lo prevenido en el artículo 4.4 de la Resolución 3/1983 de la XII Reunión de los Ministros de Educación del Convenio
A aquellos alumnos que hayan finalizado sus estudios de Bachillerato en algún Estado signatario del Convenio
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