ORDEN HAC/805/2004, de 4 de marzo, por la que se regula la estructura y contenido de las cuentas de gestión de tributos cedidos a las Comunidades Autónomas.

MarginalBOE-A-2004-5649
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN HAC/805/2004, de 4 de marzo, por la que se regula la estructura y contenido de las cuentas de gestión de tributos cedidos a las Comunidades Autónomas.

El Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas, en su reunión de 27 de julio de 2001, aprobó una ampliación del principio de corresponsabilidad fiscal, atribuyendo a dichas Comunidades nuevas competencias normativas, además de abrir la posibilidad de cesión de nuevos tributos estatales.

La modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), llevada a cabo por la Ley Orgánica 7/2001, de 27 de diciembre, establece un nuevo régimen de cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía.

La Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía relaciona, en su artículo 17, cuáles son los tributos estatales cuyo rendimiento se cede a las Comunidades Autónomas, estableciendo que dicha cesión se realiza con el alcance y condiciones establecidos en el propio Título II de la citada Ley. Por su parte, en el artículo 52 se establece que de los resultados obtenidos de la gestión, liquidación y recaudación de los tributos cedidos (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Tributos sobre el Juego, Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte e Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos) se rendirá anualmente a la Intervención General de la Administración del Estado una 'Cuenta de gestión de tributos cedidos', adaptada a las disposiciones que sobre la liquidación de los presupuestos contienen la Ley General Presupuestaria y, en su caso, las modificaciones que puedan introducirse en la misma.

La estructura de esta Cuenta, dispone dicha Ley, será determinada por el Ministerio de Hacienda, a propuesta de la Intervención General de la Administración del Estado.

La Orden de 22 de noviembre de 1984 por la que se regula la cuenta de gestión de tributos cedidos, fue modificada por la Orden de 6 de junio de 1988, de adaptación de las cuentas a rendir por tributos cedidos a la modificación en la Agrupación de Presupuestos cerrados; esta modificación se realizó como consecuencia de lo establecido en la Orden de 18 de diciembre de 1987 por la que se refunden en contabilidad pública, las agrupaciones de presupuestos cerrados, ejercicio anterior y presupuestos cerrados de ejercicios previos al anterior, en una sola agrupación de ejercicios cerrados.

Posteriormente, la Orden delMinisterio de Economía y Hacienda, de 6 de mayo de 1994 por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública, desarrolla en la Memoria de las Cuentas anuales la información sobre la ejecución del ingreso público, introduciendo algunas modificaciones que no han sido recogidas en la normativa que regula la 'Cuenta de gestión de tributos cedidos' anteriormente citada.

Además, la modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, porla Ley Orgánica 7/2001, de 27 de diciembre, ha ampliado el catálogo de tributos susceptibles de cesión y así se ha recogido en la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía.

Consecuencia de lo expuesto, parece oportuno modificar el contenido actual de la 'Cuenta de gestión de tributos cedidos' (recogido en la Orden de 6 de juniode 1988), adaptándolo al Plan General de Contabilidad Pública, a la última modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades...

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