Orden APA/2704/2006, de 24 de agosto, por la que se modifica la Orden APA/2677/2005, de 8 de agosto, sobre contabilidad y declaraciones para el control en el sector del aceite de oliva y de las aceitunas de mesa.

Fecha de Entrada en Vigor30 de Agosto de 2006
MarginalBOE-A-2006-15200
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

Mediante la Orden APA/2677/2005, de 8 de agosto, sobre contabilidad y declaraciones para el control en el sector del aceite de oliva y de las aceitunas de mesa, se establecieron las obligaciones que deberían cumplir las entidades que intervienen en la fabricación y el comercio del aceite de oliva y de las aceitunas de mesa, ante la nueva situación creada con motivo de la entrada en vigor del Reglamento (CE) número 865/2004, del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establece la organización común del mercado del aceite de oliva y de las aceitunas de mesa.

La experiencia adquirida con la aplicación de la citada orden durante la campaña 2005/06, aconseja introducir algunas modificaciones en los modelos que fueron aprobados para formular las declaraciones a la Agencia para el Aceite de Oliva. Con ello se pretende simplificar y facilitar las declaraciones, aclarar la interpretación de determinados conceptos y, en fin, completar, en aspectos muy concretos, la información de mercados generada con los datos recogidos en ellas.

Por otra parte, una de las directrices básicas de la nueva Política Agraria Común, que en el sector del aceite de oliva y de las aceitunas de mesa se instrumenta a partir del Reglamento (CE) número 865/2004, del Consejo, de 29 de abril de 2004, es la orientación de las producciones agroalimentarias al mercado, como consecuencia de la desvinculación entre ellas y las ayudas, que ha introducido la reforma. Esta nueva situación aconseja disponer de instrumentos fiables de análisis de los mercados, que contribuyan a su buen funcionamiento y transparencia, como es el caso del Sistema de Información de los Mercados del Aceite de Oliva y de las Aceitunas de Mesa, que la Agencia para el Aceite de Oliva viene gestionando y mejorando progresivamente con el apoyo del sector y compartiendo toda la información procedente de las declaraciones con las comunidades autónomas afectadas, con las que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha suscrito, o está en trámite de hacerlo, los correspondientes convenios de colaboración.

Teniendo en cuenta, además, la importancia económica, social, territorial e, incluso, de salud pública que el aceite de oliva y las aceitunas de mesa tienen en España, resulta conveniente institucionalizar y dar continuidad y permanencia al citado Sistema de Información de los Mercados. Asimismo, se incluye en dicho Sistema una sección específica para las producciones ecológicas y, con el fin de completar y mejorar la información que contiene, se encomienda a la Agencia la obtención y elaboración de la información complementaria necesaria para el cumplimiento de las comunicaciones establecidas en el artículo 6 del Reglamento (CE) número 2153/2005, de la Comisión, de 23 de diciembre, relativo al régimen de ayuda al almacenamiento privado de aceite de oliva.

Finalmente, para facilitar el cumplimiento de las obligaciones y dar continuidad a las series históricas de los datos que integran el Sistema de Información de los Mercados, se mantienen, a estos efectos, los calendarios tradicionales de producción y comercialización de las aceitunas de mesa y del aceite de...

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