SENTENCIA de 14 de febrero de 2000, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija doctrina legal en relación con la parte no consumida de los capitales coste depositados para prestaciones de invalidez en caso de fallecimiento del beneficiario.

MarginalBOE-A-2000-5907
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorTribunal Supremo
Rango de LeySentencia

SENTENCIA de 14 de febrero de 2000, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija doctrina legal en relación con la parte no consumida de los capitales coste depositados para prestaciones de invalidez en caso de fallecimiento del beneficiario.

En el recurso de casación en interés de la Ley número 7798/1998, interpuesto por la Tesorería General de la Seguridad Social, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 14 de febrero de 2000 que contiene el siguiente fallo:

'Que estimando el recurso de casación en interés de la Ley número 7798/1998, interpuesto por la Tesorería General de la Seguridad Social, contra la sentencia dictada, con fecha 27 de abril de 1998, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo --Sección Sexta-- de la Audiencia Nacional, recaída en el recurso contencioso-administrativo número 6/15/1995, declaramos como doctrina legal:

``Que no procede la compensación o devolución de la parte no consumida de los capitales coste depositados para prestaciones de invalidez cuando el beneficiario fallece y, en consecuencia, no procede deducir aquélla del capital coste a constituir...

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