RESOLUCIÓN DE 22 DE MAYO DE 1997, de la Secretaria de Estado de la Seguridad social, por la que se constituye el Equipo de Valoracion de Incapacidades en la Direccion provincial del Instituto nacional de la Seguridad social de Ceuta.

MarginalBOE-A-1997-12034
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyResolución

El artículo 2.1 del Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio, por el que se desarrolla, en materia de incapacidades laborales del Sistema de Seguridad Social, la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, establece que en cada Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, y con encuadramiento orgánico y funcional en la misma, se constituirá un Equipo de Valoración de Incapacidades. A su vez, la disposición adicional cuarta de dicho Real Decreto dispone que la Secretaría General para la Seguridad Social, mediante resolución publicada en el «Boletín Oficial del Estado», determinará la fecha de la constitución y entrada en funcionamiento de los respectivos Equipos de Valoración de Incapacidades.

En la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Ceuta se dan los presupuestos instrumentales, tanto de orden material como personal, necesarios para la constitución del Equipo de Valoración de Incapacidades.

En su consecuencia, esta Secretaría de Estado, a propuesta del Instituto Nacional de la Seguridad Social, resuelve lo siguiente:

Primero.-Con efectos de 19 de mayo de 1997 queda constituido el Equipo de Valoración de Incapacidades a que se refiere el artículo 2.1 del Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio, por el que se desarrolla, en materia de incapacidades laborales del Sistema de la Seguridad Social, la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en la Dirección Provincial del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR