Orden CUL/2295/2007, de 12 de julio, por la que se conceden ayudas para proyectos de conservación, protección y difusión de bienes declarados Patrimonio Mundial, correspondientes al año 2007.

MarginalBOE-A-2007-14529
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

La Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva. De acuerdo con ella, por Resolución de 13 de febrero de 2007, de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, se convocaron ayudas para proyectos de conservación, protección y difusión de bienes declarados Patrimonio Mundial, correspondientes al año 2007.

Vistas por el órgano instructor las solicitudes presentadas por las Corporaciones Locales que han concurrido a la convocatoria, de acuerdo con lo previsto en el apartado séptimo.1 de la resolución citada.

Vistos los proyectos por la Comisión de Valoración designada por Resolución de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, de 28 de marzo de 2007 (BOE de 23 de abril), y reunida dicha Comisión con fecha 30 de mayo de 2007.

Teniendo en cuenta que las solicitudes se han valorado con arreglo a los criterios establecidos en el apartado octavo de la Resolución de 13 de febrero de 2007.

En ejercicio de las competencias atribuidas a esta Dirección General por el apartado séptimo.1 de la Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva, en relación con el apartado primero.2.B de la Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, de delegación de competencias del Ministerio de Cultura, dispongo:

Primero.-Conceder ayudas económicas a los proyectos que se relacionan en el Anexo de la presente resolución en las cuantías y para la finalidad específicamente señaladas en el mismo.

La concesión de la ayuda será notificada individualmente a los solicitantes de los citados proyectos, practicándose dicha notificación conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo.-Denegar el resto de solicitudes, dada la limitación del crédito presupuestario, y a la vista de la propuesta de la Comisión de Valo-ración.

Tercero.-Fijar el 31 de diciembre de 2007 como fecha límite para ejecutar las actividades objeto de las ayudas. No obstante, la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales podrá otorgar, a petición del beneficiario, una ampliación de dicho plazo hasta un máximo de seis meses.

La presente...

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