Resolución de 24 de octubre de 2012, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

MarginalBOE-A-2012-13561
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConsejo de Seguridad Nuclear
Rango de LeyResolución

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Público y en el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y el artículo 36.e) del Estatuto del Consejo de Seguridad Nuclear, aprobado por Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre,

Se acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo de personal funcionario del Consejo de Seguridad Nuclear, conforme al anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo ofertado podrá ser solicitado por los funcionarios/as que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.

Segunda.

Los/as interesados/as dirigirán su solicitud a la Secretaria General del Consejo de Seguridad Nuclear, en el modelo de instancia publicado como anexo II de la presente Resolución.

Tercera.

Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General del Consejo de Seguridad Nuclear, calle Pedro Justo Dorado Dellmans, número 11, 28040 Madrid, o en los Organismos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta.

Los/as aspirantes acompañarán a la solicitud su curriculum vitae, en el que deberán figurar títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno, y harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando y el nivel del mismo.

Quinta.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, ante esta Presidencia, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín...

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