Decreto 105/2005, de 3 de junio, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, el denominado El Molinar de Alcoy.

MarginalBOE-A-2005-13328
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autonoma Valenciana
Rango de LeyDecreto

DECRETO 105/2005, de 3 de junio, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, el denominado El Molinar de Alcoy.

El artículo 31.5 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana establece la competencia exclusiva de la Generalitat en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico y científico. Asimismo, el artículo 26.2 de la Ley del Patrimonio Cultural Valenciano dispone que la declaración de un Bien de Interés Cultural se hará mediante Decreto del Consell de la Generalitat, a propuesta del Conseller de Cultura, Educación y Deporte, sin perjuicio de las competencias que el artículo 6 de la Ley del Patrimonio Histórico Español reserva a la administración General del Estado. Por Resolución de 14 de julio de 2004, la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano acordó tener por incoado el expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural del Conjunto Histórico de El Molinar de Alcoy. Dicha Resolución, con sus anexos, fue comunicada al Ayuntamiento de Alcoy y demás interesados, a los que se concedió el trámite de audiencia, sin que se presentaran alegaciones al expediente.

Asimismo, mediante Resolución de 27 de enero de 2005, se procedió a abrir un periodo de información pública por el término de un mes. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley del Patrimonio Cultural Valenciano, obran en el expediente sendos informes favorables de la Universitat de València y del Consell Valencià de Cultura. En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en la normativa referenciada, a propuesta del Conseller de Cultura, Educación y Deporte y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 3 de junio de 2005, Decreto :

Artículo 1

Declarar Bien de Interés Cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, el denominado El Molinar de Alcoy.

Artículo 2

El área afectada por la declaración de Bien de Interés Cultural del Conjunto Histórico de El Molinar de Alcoy queda definida en los anexos que forman parte del presente Decreto. La documentación complementaria obra en el expediente de su razón.

Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera

El Conjunto Histórico de El Molinar de Alcoy, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.1 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, se inscribirá en la Sección Primera del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.

Disposición adicional segunda

En virtud de lo establecido en el artículo 28.2.e) de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, los Bienes de Relevancia Local mencionados en el anexo I del presente Decreto deberán ser inscritos en la Sección Segunda del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.

Disposición final

El presente Decreto se publicará en el Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 3 de junio de 2005.El Presidente, Francisco Camps Ortiz.El Consejero de Cultura, Educación y Deporte, Alejandro Font de Mora Turón.

ANEXO I Artículos 1 a 6

Datos sobre el bien objeto de la declaración

  1. Denominación.

    Principal: El Molinar de Alcoy.

  2. Localización.

    1. Comunidad Autónoma: Comunidad Valenciana.

    2. Provincia:

      Alicante.

    3. Municipio:

      Alcoy.

      El Paraje de El Molinar se localiza a unos dos kilómetros al sur de la ciudad de Alcoy y a una altitud máxima de 570 metros sobre el nivel del mar. Se accede al manantial y a la cabecera del barranco (primeras fábricas) desde la carretera N-340, a la altura de la Venta Saltera. La zona alta media del conjunto fabril tiene comunicación con el casco urbano por una carretera que confluye a las calles Carretera del Molinar, de Sant Vicent y de Sant Nicolau.

  3. Delimitación.

    Límite norte: Sendero que discurre de oeste a este desde el camino de les Solsides, junto a una elevación (cota 611,14 m), hasta el río Molinar, pasado el Molí dels Arbres (actual Portamatic, S. A.); enlaza con el borde superior del paredón calcáreo denominado El Toscaret, situado en la margen derecha (cota 600 m, en las inmediaciones del Pago de l'Hostalet).

    Límite este: Desde El Toscaret, sigue en dirección sur por la cota superior o borde del barranco (terrenos del Pago de l'Hostalet), hasta la edificación Pago de Saragossa y sigue por el camino carretero que permite el acceso a dicha finca desde la carretera N-340.

    Límite sur: Tramo de la carretera N-340, desde la intersección del camino carretero del Pago de Saragossa, en dirección a Alcoy, pasando por el puente denominado de Espinós, hasta el inicio de la carretera de acceso a las galerías de la...

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