Resolución de 20 de diciembre de 2010, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se conceden ayudas para la realización de las diversas modalidades que conforman el Programa de Cooperación Interuniversitaria e Investigación Científica.

MarginalBOE-A-2011-1400
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
Rango de LeyResolución

Por Resolución de 23 de junio de 2010, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 2 de julio, se aprueba la convocatoria de ayudas para la realización de las diversas modalidades que conforman el Programa de Cooperación Interuniversitaria e Investigación Científica para el 2010.

Estas ayudas a la cooperación científica e investigación se articulan en tres áreas geográficas: España y los países iberoamericanos (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica, Colombia, Cuba, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, El Salvador, Uruguay, Venezuela), con África Subsahariana (Angola, Etiopía, Malí, Níger, Mozambique, Senegal y Cabo Verde) y con el Mediterráneo (Argelia, Egipto, Jordania, Marruecos y Túnez).

Una vez finalizado el procedimiento de evaluación y selección, según lo previsto en el texto de la convocatoria, las Comisiones de Evaluación para Iberoamérica y África Subsahariana y los distintos Comités Mixtos, en el caso del Mediterráneo, han formulado, en función de los criterios enumerados en la base octava de la citada convocatoria, la correspondiente propuesta de concesión de las ayudas.

Vista dicha propuesta, esta Presidencia, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 74.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, acuerda:

  1. Conceder las ayudas para la realización de proyectos conjuntos de investigación, proyectos conjuntos de formación, acciones preparatorias y acciones integradas para el fortalecimiento científico e institucional en el marco del Programa de Cooperación Interuniversitaria e Investigación Científica (PCI), a las Universidades u Organismos Públicos de Investigación (OPI’s) incluidos en la relación que se adjunta como anexo I.

    La mencionada relación comienza en la Universidad de Alcalá con el Proyecto Conjunto de Investigación A/031241/10 «Intervenciones didácticas en física básica universitaria basadas en la investigación educativa y en el uso de tics: su implementación y evaluación en distintos sistemas educativos» y finaliza en el Institut de Recerca i Tecnologia agroalimentaries (IRTA) con la acción preparatoria C/031728/10 «Elaboración de un proyecto I + D para la mejora de la rentabilidad de las explotaciones caprinas en el norte de Marruecos a través de la puesta a punto y la difusión de nuevas técnicas en materia de nutrición, reproducción y valorización de la leche».

  2. Aprobar el pago de la ayuda económica asignada para cada uno de los proyectos adjudicados de acuerdo con lo establecido en la base undécima de la convocatoria, dicha ayuda se librará a las Universidades o Centros de Investigación, a través del Vicerrectorado u oficina equivalente de Relaciones Internacionales del centro español tanto del capítulo 4, como del capítulo 7.

    Con cargo a las ayudas concedidas podrán imputarse los siguientes gastos de los miembros de los equipos académico-científicos conjuntos y visitantes, imputables a la:

    Aplicación presupuestaria 486.07 (Capítulo 4) gastos corrientes:

    Iberoamérica:

    1. Gastos de desplazamiento:

      a.1) De centro de origen a centro de destino:

      Irán destinados a sufragar los gastos de desplazamiento, ida y vuelta, del centro de origen a centro de destino para miembros del equipo.

      a.2) Gastos de desplazamiento interno para miembros del equipo:

      Tanto en el país de origen como en el país de destino, estos deberán estar motivados por el proyecto e irán acompañados de un cronograma explicativo del viaje.

    2. Seguro médico, no farmacéutico, de los miembros del equipo visitante.

    3. Gastos derivados de la publicación y difusión de trabajos e informes.

    4. Gastos de acceso a bases de datos y derivados de la preparación de reuniones, seminarios, talleres, etc., necesarios para el cumplimiento final del objeto de la ayuda.

    5. Gastos de material fungible.

    6. Gastos de alojamiento y manutención:

      f.1) En tránsito de los miembros del equipo: de país de origen a país destino y viceversa.

      f.2) En destino: Gastos derivados de este concepto durante la estancia de los...

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