Resolución de 16 de mayo de 2005, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se aprueba la aplicación Conecta-Patrimonio para la presentación telemática de proposiciones a los concursos de adopción de tipo de bienes y servicios de adquisición centralizada, así como de peticiones de suministros y servicios derivados de dichos concursos.

Fecha de Entrada en Vigor31 de Mayo de 2005
MarginalBOE-A-2005-8835
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

Los artículos 183.1 y 199 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, y el artículo 193 del Reglamento General de dicha Ley, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, regulan el procedimiento a través del cual se determinan los tipos de bienes y servicios que, previamente declarados por la correspondiente Orden del Ministro de Economía y Hacienda, tienen la consideración de bienes y servicios de adquisición centralizada, así como el procedimiento para su posterior licitación.

Por otra parte, el artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que las Administraciones Públicas impulsarán el empleo y aplicación de técnicas y medios telemáticos para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias, posibilitándose de igual forma que los ciudadanos, cuando sea compatible con los medios técnicos disponibles, puedan relacionarse con las Administraciones a través de técnicas y medios electrónicos e informáticos, siempre atendiendo a los requisitos y garantías previstos en cada procedimiento. Dicho artículo 45 fue desarrollado por el Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado; el artículo 9 de este texto normativo establece que las aplicaciones que efectúen tratamientos de la información y sirvan a los fines de la Administración General del Estado en el ámbito de sus competencias, deberán ser aprobadas mediante resolución del órgano administrativo que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento de que se trate. En base a esta habilitación, la Dirección General del Patrimonio del Estado dicta la presente Resolución, para aprobar la aplicación CONECTA-PATRIMONIO, que va a permitir, sin modificar los actuales procedimientos, la utilización de forma voluntaria de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la licitación a los concursos de adopción de tipo, en los procesos de actualización de los catálogos y en los procesos de adquisición de bienes y servicios declarados de adquisición centralizada.

En los últimos años, el trámite a través del cual las empresas presentan sus proposiciones a los concursos, así como el seguido por los Organismos Públicos usuarios del Sistema de Adquisición Centralizada para formular sus peticiones se ha traducido en un gran volumen de actuaciones desarrolladas en un periodo de tiempo dilatado. El empleo de las nuevas tecnologías en este ámbito de la actividad administrativa supondrá por lo tanto un considerable ahorro de tiempo y de recursos. Con tal finalidad se ha creado una aplicación que facilita la intercomunicación entre las distintas partes que intervienen en el proceso de la adquisición centralizada. Esta aplicación desarrolla las herramientas informáticas necesarias para llevar a cabo el tratamiento automatizado tanto de las proposiciones presentadas por los licitadores como de las peticiones realizadas por los Organismos usuarios del Sistema de Adquisición Centralizada.

En consecuencia, resulta conveniente aprobar la aplicación informática que permitirá el uso de los medios telemáticos en los procesos de contratación administrativa centralizada, así como establecer la regulación en la que se enmarca el empleo de dichos medios. Dicha regulación tiene su base en la habilitación hecha por el mencionado artículo 9 del Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado, así como en el apartado noveno de la Orden Ministerial EHA/1307/2005, de 29 de abril, por la que se regula el empleo de medios electrónicos en los procedimientos de contratación.

En su virtud, y para el adecuado cumplimiento de las normas citadas, esta Dirección General resuelve lo siguiente:

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