Resolución de 19 de septiembre de 1985, de La Dirección general del organismo nacional de loterías y Apuestas del Estado, por la que se aprueban las normas sobre los concursos de pronósticos de la Loteria primitiva.

MarginalBOE-A-1985-20206
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

Normas sobre los concursos de pronósticos de la Loteria primitiva

I. Los concursos

  1. Las presentes normas tienen por objeto establecer las condiciones por las que se rigen los concursos de pronósticos de la Loteria primitiva sin que estás supongan se concierte contrató alguno entre los concursantes ni entre estos y el organismo nacional de loterías y Apuestas del Estado, quedando Limitada la actividad de quiénes participan a pagar el importe correspondiente y entregar o remitir sus pronósticos en la forma establecida por estás normas.

  2. El hecho de participar en un concurso implica, por parte del concursante, el conocimiento de estás normas y la adhesión a las mismas.

  3. 1. El concurso consiste en elegir dentro de una tabla de números correlativos un determinado número de ellos para optar, previó el oportuno sorteo, a los premios que correspondan, en la forma y condiciones que se establecen en las presentes normas.

  4. Cada número elegido se considera un pronóstico.

  5. Cada uno de los conjuntos de séis pronósticos que se formulen en bloques diferentes (para el casó de las Apuestas sencillas) o que puedan formarse de entre combinaciones posibles (para el casó de las Apuestas multiples) se considera una apuesta, sin perjuicio de lo establecido en las normas 9., 3 y 10., 2, b. En las normas 7. A 10. Se determina la forma de pronosticar y las clases de Apuestas.

  6. Se llama bloque a cada uno de los séis conjuntos formados por 49 recuadros numerados correlativamente que figuran en los impresos editados al efecto.

    Ii. Impresos y boletos

  7. Los pronósticos sólo podrán efectuarse utilizando los impresos que edite el organismo a tal efecto, y ajustándose a las condiciones que se establecen en estás normas. Estos impresos serán Puestos a Disposición de los concursantes en los establecimientos autorizados, de forma gratuita.

  8. 1. Los impresos constarán de dos partes denominadas resguardo y boleto. El resguardo constituye documento acreditativo, en principio, de la cantidad abonada según el sello cuya parte lleva adherida y se utilizará para cobrar los premios que fueran asignados al boleto, siempre que se cumplan los demás Requisitos Exigidos en estás normas.

  9. Los pronósticos que figuren en el resguardo tienen cómo única finalidad la de servir de recordatorio al concursante.

  10. El boleto es la parte del impreso unida al resguardo y que consta de dos cuerpos denominados b-1 y b-2. El cuerpo b-1 está destinado a formular los pronósticos y servirá para determinar en el escrutinio el número de aciertos de cada apuesta. El cuerpo b-2 para acreditar, por el sello que lleva adherido, el número de Apuestas jugadas y, por tanto, válidas para el concurso.

  11. El cuerpo b-1 y el resguardo llevarán séis bloques, de 49 casillas cada uno, numeradas del 1 al 49. Los bloques estarán numerados del 1 al 6.

    Iii. Forma de pronosticar y clases de Apuestas

  12. Para elegir los números sobre los que se desea pronosticar, se escribirá sobre los recuadros que figuran impresos en el cuerpo b-1 el signo "x", situandolo en el interior de dicho recuadro y sin rebasar los límites del mismo. Si el signo "x" lo rebasará, se entenderá cómo pronosticado el número correspondiente al recuadro en que se encuentre el punto de intersección y si esto no pudiera determinarse, se considerará nulo el pronóstico.

  13. 1. Los concursantes consignarán los pronósticos en la forma prevista en las normas 9. Y 10. Asimismo, señalaran, en el espacio para ello reservado en el cuerpo b-1 del boleto, el número de Apuestas con que deseán participar en el concurso, el número del sorteo y la fecha del mismo y, si lo consideran conveniente, nombre, apellidos y domicilio.

  14. En todo lo que se refiere al número de Apuestas, sorteo y fecha del mismo se estará a lo que dispone la Norma 40.

  15. Apuestas sencillas.-1. Podrán jugarse 1, 3 y 6 Apuestas. Si se desea jugar una puesta, se señalaran séis números con el signo "x" en el primer bloque; si se deseán jugar tres, se señalaran séis números con el signo "x" en cada uno de los bloques 1, 2 y 3, y si deseán jugar séis Apuestas, se señalaran séis números con el signo "x" en cada uno de los bloques del boleto.

  16. En el supuesto de que, por error del concursante, se marcarán con el signo "x", en una o varias Apuestas, mas de séis números, se considerarán nulos a todos los efectos, los señalados de mas alta numeración en el bloque en que tal circunstancia se produjese, hasta dejar sólo válidos para el sorteo, y por tanto para posibles aciertos, los séis números mas bajos marcados con el signo "x".

  17. Si por el concursante se señalaran con el signo "x" menos de séis números en uno o varios bloques, sólo podrá aspirar a premios de 3., 4. O 5.

    Categoría, si fuesen uno, dos o tres los pronósticos omitidos, respectivamente. En el supuesto de que se hubiesen omitido mas de tres, podrá solicitar la devolución de la cantidad correspondiente al número de bloque en que se de tal circunstancia.

  18. En casó de existir diferencia entre el número de Apuestas que indica el sello aplicado y las que representen los pronósticos formulados en el boleto, se procederá de la forma siguiente:

    1. si la diferencia consiste en haberse aplicado un sello de un número de Apuestas inferior a las pronosticadas por el concursante, sólo tendrán validez los pronósticos formulados en los primeros bloques, siendo nulas a todos los efectos las consignadas en los bloques cuyo número exceda del de las Apuestas indicadas por el sello.

    2. si la diferencia procede de haberse aplicado un sello de un número de Apuestas superior a las pronosticadas por el concursante, esté tendrá Derecho a solicitar la devolución del importe correspondiente a la diferencia existente entre las Apuestas formuladas y las indicadas por el sello adherido.

  19. Apuestas Multiples.-1. Podrán jugarse 7, 28, 84, 210, 462 0 924 Apuestas, utilizando únicamente el conjunto de números que constituyen el bloque número 1, marcando con el signo "x", 7, 8, 9, 10, 11 0 12 casillas, respectivamente.

  20. En casó de existir diferencia entre el número de Apuestas que señale el sello aplicado y las que representen los pronósticos formulados en el boleto, se procederá de la siguiente forma:

    1. si el número de pronósticos formulados fuese superior a las Apuestas determinadas por el sello adherido, se considerarán nulos, a todos lo efectos, los pronósticos que correspondan a los números de valor superior que excedan al número de Apuestas indicado por el sello. Si el sello adherido correspondiera a uno de los autorizados para las Apuestas sencillas, se computarán exclusivamente los séis pronósticos de inferior numeración, es decir, en tal casó, el concursante sólo participa con una apuesta. Consiguientemente, podrá solicitar la devolución del importe correspondiente a la diferencia existente entre la única apuesta válida y las indicada por el sello aplicado.

    2. si el número de pronósticos formulado fuese inferior al correspondiente a las Apuestas determinadas por el sello adherido, serán válidos todos los pronósticos, pudiendo el concursante solicitar la devolución del exceso de Apuestas respecto de las de sello adherido. En ningún casó se podrá interpretar que se juegan Apuestas repetidas. Si el número de pronósticos formulado fuese inferior a séis, se estará a lo dispuesto en la Norma 9, 3, sin perjuicio de la devolución del exceso pagado.

      Iv. Precio de las Apuestas y premios

  21. El precio de cada apuesta queda fijado en 25 pesetas.

  22. Se destinará a los premios el 55 por 100 de la Recaudacion íntegra obtenida. La cuantía que resulte de la Aplicación de dicho porcentaje se distribuirá entre las siguientes categorías, ordenadas de superior a inferior, no pudiéndose percibir mas de un premio por cada apuesta.

    Categoría Primera: El 24 por 100 de dicho total porcentaje, entre los que en una solá apuesta acierten los séis primeros números extraídos, es decir, sin tener en cuenta la séptima bola complementaria.

    Categoría segunda: El 9 por 100 entre los que acierten cinco números en una solá apuesta, de los séis señalados en las séis primeras bolas extraídas y, además, el número de la séptima bola.

    Categoría tercera: El 17 por 100 entre los que acierten cinco números en una solá apuesta de los séis correspondientes a las séis primeras bolas extraídas, excluidos los acertantes de la cetegoria segunda.

    Categoría cuarta: El 20 por 100 entre los que acierten cuatro números en una solá apuesta de los séis correspondientes a las séis primeras bolas extraídas.

    Categoría quinta.- El 30 por 100 entre los que acierten tres números en una solá apuesta de los séis correspondientes a las séis primeras bolas extraídas.

    Si el importe de cada premio de está categoría fuera inferior a 175 pesetas, los acertantes no lo percibirán y el fondo total de está categoría será agregado en su totalidad al destinado a los premios de cuarta categoría.

  23. 1. En el supuesto de que alguna de las categorías 2., 3. O 4. Quedará sin premio por haber sido dejada de acertar por los concursantes, el importe de cada una incrementará el de la categoría inmediata inferior, es decir, el de la 3., 4. O 5., Respectivamente.

  24. En el casó de que la categoría no acertada sea la Primera, el fondo a élla destinado incrementará el importe de la Primera categoría del concurso que designe el organismo nacional de loterías y Apuestas del Estado. Esté fondo será anunciado en el "Boletín Oficial del estado", indicando su importe, el número y la fecha del concurso a que se agregue.

  25. En ningún supuesto, cada uno de los premios de una categoría inferior puede resultar superior al de las precedentes. A tal efecto, si el importe que correspondiera a cada uno de los acertantes de una categoría fuese inferior a los de la categoría siguiente, el importe destinado a premios de las dos categorías se sumará, para repartir por partes...

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