ORDEN SCO/3376/2003, de 26 de noviembre, por la que se resuelve el concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto de Salud Carlos III, convocado por Orden SCO/2426/2003, de 28 de agosto.

MarginalBOE-A-2003-22175
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN SCO/3376/2003, de 26 de noviembre, por la que se resuelve el concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto de Salud Carlos III, convocado por Orden SCO/2426/2003, de 28 de agosto.

Por Orden SCO/2426/2003 de 28 de Agosto ('Boletín Oficial del Estado' de 5 de septiembre), se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto de Salud Carlos III. Una vez realizado el procedimiento establecido en el artículo 20.1, a) y c), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior, cumplidas las bases de la convocatoria del concurso y valorados los méritos alegados por los aspirantes a los puestos convocados,

Este Ministerio acuerda resolver el presente concurso, de conformidad con los siguientes puntos:

Primero.--Hacer públicos los destinos definitivos adjudicados a los funcionarios que han participado en el concurso y que figuran en el anexo a la presente Orden.

Segundo.--Los destinos adjudicados tienen la consideración de voluntarios y son irrenunciables, de acuerdo con lo previsto en la base novena de la convocatoria.

Tercero.--Los destinos adjudicados serán comunicados por el Instituto de Salud Carlos III a las Unidades de Personal de los Departamentos ministeriales a que figuran adscritos los Cuerpos o Escalas o, en el caso de los Cuerpos o Escalas dependientes de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, a la Dirección General de la Función Pública, así como a los Departamentos u organismos de procedencia del concursante seleccionado.

Cuarto.--El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la presente Orden en el 'Boletín Oficial del Estado', así como el cambio de la situación administrativa que, en cada caso, corresponda. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde su publicación.

Quinto.--El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan...

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