Ley de concesión al Presupuesto en vigor de la Sección 16, «Ministerio de la Gobernación», de un suplemento de crédito de 2.311.500.000 pesetas, con destino a satisfacer los gastos que ocasionó la celebración de las Elecciones Legislativas.

MarginalBOE-A-1978-5338
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

De conformidad con la Ley aprobada por las Cortes vengo en sancionar:

Artículo primero

Se concede un suplemento de crédito de dos mil trescientos once millones quinientas mil pesetas, aplicado al presupuesto en vigor de la Sección dieciséis "Ministerio de la Gobernación", servicio cero uno "Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales", capítulo dos "Compra de bienes corrientes y de servicios", artículo veinticinco "Gastos especiales para funcionamiento de los Servicios", concepto doscientos cincuenta y siete "Para satisfacer toda clase de gustos, incluso de personal, que se presenten en la celebración de la próxima, convocatoria de Elecciones Legislativas".

Articulo segundo El importe a que asciende el mencionado suplemento de crédito se cubrirá con anticipaciones a facilitar al Tesoro por el Banco de España.

Dada en Madrid a veinte de febrero de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Presidente de las Cortes,

ANTONIO HERNANDEZ GIL

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