Ley 31/1977 sobre concesión al Presupuesto en vigor de la Sección 17, «Ministerio de Obras Públicas», de varios suplementos de crédito, por un importe total de 350.000.000 de pesetas, para la aplicación del Convenio Colectivo Sindical del personal laboral.

MarginalBOE-A-1977-10730
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

La aplicación al personal laboral del Ministerio de Obras Públicas de diferentes disposiciones de carácter laboral, principalmente el Convenio Colectivo Sindical, de ámbito nacional, ha producido una insuficiencia de los recursos presupuestarios para satisfacer todas las obligaciones de esta índole en el transcurso del ejercicio económico.

Para hacer frente a dicha insuficiencia se ha tramitado un expediente siguiendo al efecto los trámites establecidos por el artículo sesenta y cuatro de le vigente Ley General Presupuestaria, a cuyo efecto se han emitido los dictámenes preceptivos, favorablemente, par la Dirección General de Presupuestos y de conformidad por el Consejo de Estado.

En su virtud, y de conformidad con la Ley aprobada por las Cortes Españolas, vengo en sancionar:

Artículo primero Se conceden, con recursos facilitados por el Banco de España en concepto de anticipo con cargo a la cuenta del Tesoro, los siguientes suplementos de crédito, por un importe total de trescientos cincuenta millones de pesetas, al Presupuesto en vigor de la Sección diecisiete, "Ministerio de Obras Públicas", y con la distribución que se indica:

(VER IMAGEN PÁGINA 10730)

Artículo segundo El importe a que ascienden los mencionados suplementos de crédito se cubrirá en la forma determinada por el artículo sesenta y cuatro de la vigente Ley General Presupuestaria.

Dada en Madrid a veintisiete de abril de mil setenta y siete.

JUAN CARLOS

El Presidente de las Cortes Españolas,

TORCUATO FERNANDEZ-MIRANDA Y HEVIA

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