Orden ECI/2469/2005, de 14 de julio, por la que se conceden ayudas económicas individuales para la asistencia a actividades de formación del personal docente en el exterior.

MarginalBOE-A-2005-13088
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

ORDEN ECI/2469/2005, de 14 de julio, por la que se conceden ayudas económicas individuales para la asistencia a actividades de formación del personal docente en el exterior.

Por Orden de 4 de marzo de 2005 (Boletín Oficial del Estado del 23 de marzo), se convocan ayudas económicas individuales para la participación en actividades de formación del personal docente que presta servicios en el curso 2004-2005 en el exterior, indicándose en la misma que la concesión o denegación de las ayudas se determinará semestralmente.

Examinadas las solicitudes relacionadas en los Anexos de esta Orden y en base a los criterios establecidos en la citada Convocatoria de 4 de marzo de 2005,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.Conceder ayudas económicas individuales al personal docente relacionado en el anexo I de la presente Orden, con las cantidades íntegras que en el mismo se detallan.

Segundo.Denegar las solicitudes de ayuda relacionadas en el Anexo II de esta Orden por alguna de las causas que a continuación se indican, correspondiendo los apartados que se citan a la convocatoria de 4 de marzo de 2005, haciéndose público el mencionado Anexo II en los tablones de anuncios del Ministerio de Educación, y Ciencia y en la página de internet http:// wwwn.mec.es/educa/formacion-profesorado/index.html.

  1. Actividad de formación no relacionada con el puesto de trabajo (apartado segundo).

  2. Actividad de formación no finalizada en el curso 2004-2005 (apartado segundo).

  3. No prestar servicios durante el Curso 2004-2005 en Centros de titularidad española, Centros de titularidad mixta, Secciones españolas en Centros docentes de titularidad extranjera, Escuelas europeas, Agrupaciones de lengua y cultura españolas y Equipos de asesores técnicos de las Consejerías de Educación, todos ellos en el exterior y cuya enseñanza corresponda a modalidades o niveles no universitarios.

  4. Solicitud presentada fuera de plazo (apartado quinto).

  5. Actividad no relacionada con las necesidades del Centro de destino (apartado sexto. 1.b y noveno. 2).

    Tercero.1. La percepción de la ayuda se encuentra condicionada a que el beneficiario de la misma justifique debidamente su participación en la actividad de formación una vez finalizada. Para ello deberá remitir la siguiente documentación:

    1. Fotocopia compulsada del documento que justifique la inscripción en el curso o actividad, en el que se especifique el importe del gasto realizado en concepto de matrícula y/o mensualidades.

    2. Fotocopia compulsada del certificado de haber realizado la actividad, expedido por la entidad que desarrolle la actividad, o certificación académica de los estudios realizados, según proceda. En el caso de haber solicitado ayuda en concepto de desplazamiento, deberá constar en el citado certificado el número de días de asistencia.

    3. Declaración del interesado manifestando si es o no beneficiario de otra ayuda o beca procedente de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o extranjeros, con especificación, en su caso, de su cuantía y finalidad.

    4. En los casos en que se haya solicitado ayuda por desplazamiento, deberá remitirse documento en el que se especifique medio de desplazamiento, importe del viaje, así como de los gastos ocasionados por alojamiento y manutención.

  6. En aquellos casos en que dicha documentación no hubiera sido remitida con anterioridad como consecuencia de la comunicación individual efectuada sobre la valoración de la solicitud, la indicada documentación será...

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