Orden MAM/3481/2007, de 19 de noviembre, por la que se conceden las ayudas convocadas por Resolución de 22 de febrero de 2007 de la Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad.

MarginalBOE-A-2007-20632
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Mediante Orden MAM/321/2007, de 1 de febrero se establecieron las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones en la acción estratégica para el uso y la gestión de los recursos naturales y la conservación de los hábitats y ecosistemas, correspondientes al Programa Nacional de Ciencias y Tecnologías Medioambientales, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007.

En su virtud, visto del procedimiento instruido de acuerdo con los apartados undécimo (Comisiones de selección) y duodécimo (Evaluación y selección de las solicitudes) de la citada Orden, y conforme a su apartado decimotercero (Resolución), resuelvo:

Primero.-Conceder las ayudas a los solicitantes que aparecen relacionados en el anexo que se adjunta para los proyectos, por las cuantías totales que se explicitan. Estas cuantías se librarán por anticipado en un solo pago directamente a favor de las entidades beneficiarias o, en su caso, a través de la entidad Representante de la Agrupación.

Segundo.-Los beneficiarios están obligados a cumplir las condiciones y plazos establecidos en la Orden MAM/321/2007, de 1 de febrero.

Tercero.-Denegar las ayudas a los solicitantes que no figuran en dicho anexo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido desestimación presunta del recurso de resolución interpuesto.

Madrid, 19 de noviembre de 2007.-La Ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona Ruiz.

ANEXO

Expediente

Titulo del proyecto

Beneficiario

Importe concedido -

Euros

004/SGTB/2007/8.1

ANÁLISIS Y SEGUIMIENTO DEL EMBALSE DE ITOIZ: ESTABILIDAD DE LADERAS, SISMICIDAD Y CONDICIONES GEOTÉCNICAS.

PROSPECCION Y GEOTECNIA, S.L.

184.108,00

006/SGTB/2007/7.1

APLICACIÓN DE MICROORGANISMOS PARA EVITAR FENÓMENOS DE EROSIÓN EN TALUDES Y LADERAS.

ACCIONA INFRAESTRUCTURAS, S.A.

413.452,00

009/SGTB/2007/2.4

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PARA EL DESARROLLO DE INNOVADORES SOLUCIONES PILOTOS EN EL TRATAMIENTO Y LA GESTIÓN DE SALMUERAS PROCEDENTES DE DESALADORAS.

S.A. DEPURACION Y TRATAMIENTO.

523.816,76

010/SGTB/2007/1.1

GESTIÓN HIDRÁULICA Y TÉCNICAS DE DETECCIÓN REMOTA APLICADA AL CONTROL DE...

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