Resolución de 24 de julio de 1990, de la Dirección General de Recursos Humanos, Suministros e Instalaciones, por la que se modifican las bases comunes que han de regir en régimen descentralizado, por provincias, las pruebas selectivas para la adjudicación de vacantes de diversos grupos de personal no sanitario al Servicio de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, dependientes del INSALUD.

MarginalBOE-A-1990-18747
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyResolución

En el Marco de las negociaciones celebradas por la Mesa Sectorial de sanidad de la Administración del Estado, el pasado 11 de mayo, se suscribió un acuerdo, en el que, entre otras cuestiones, se planteó la necesidad de articular los mecanismos necesarios que permitan el ejercicio del Derecho a la Promocion interna de los trabajadores.

A estos efectos se han mantenido negociaciones con las centrales sindicales que forman parte de la Mesa Sectorial, habiéndose llegado al acuerdo de que, hasta tanto se regula con carácter general, un nuevo Sistema de Seleccion del personal estatutario de las instituciones sanitarias de la Seguridad Social y siempre que no se vulnere lo establecido en los vigentes estatutos de personal, se modificará la normativa vigente en materia de Seleccion, con el fin de facilitar en sucesivas Convocatorias la Promocion interna del personal.

En consecuencia Esta Dirección general en uso de las competencias que le están delegadas por la orden de 8 de febrero de 1990 ( del 12), ha resuelto modificar las bases 1.4, 8.12 y 9.1 de Aplicación a los procesos selectivos que en régimen descentralizado se lleven a Cabo por las distintas direcciones provinciales del insalud, para la cobertura de vacantes de personal no sanitario al Servicio de las instituciones sanitarias dependientes de dicho Instituto, aprobadas Por Resolución de Esta Dirección general de 21 de octubre de 1988 ( 265, de 4 de noviembre) que quedan redactadas de la siguiente forma:

1.4 el procedimiento de Seleccion de carácter libre y descentralizado, constará de las fases de concurso y de oposición, a fin de determinar la aptitud y Meritos de los aspirantes y de fijar el orden de presentación de los mismos para la Seleccion.

1.4.1 la fase del concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del estatuto de personal no sanitario, en la valoración con 0,35 puntos por mes de los servicios prestados en instituciones sanitarias de la Seguridad Social cómo personal fijó de plantilla o contratado.

La Puntuacion obtenida en la fase de concurso se añadira, a fin de determinar la calificación final de cada aspirante, a la obtenida en la fase de oposición, siempre que en está última se haya superado la Puntuacion mínima necesaria para aprobar.

No obstante, y sin perjuicio del carácter eliminatorio de los ejercicios, podrá superar la fase de oposición, un número de aspirantes superior al de...

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